24/06/05


REBAJAS EN TASAS POR APLICACIÓN DEL ARANCEL CONSULAR
La Cancillería informa que en el marco de la nueva política de revinculación con los ciudadanos uruguayos en el exterior, ha resuelto aprobar una rebaja en las tasas que se perciben, en pesos consulares, por la aplicación del Arancel Consular, en aquellas intervenciones relacionadas con documentación de estado civil y de viaje de las personas.

El Ministerio de Relaciones Exteriores informa que en el marco de la nueva política de revinculación con los ciudadanos uruguayos en el exterior, ha resuelto aprobar (Decreto del Poder Ejecutivo de fecha 13/06/2005) una rebaja en las tasas que se perciben, en pesos consulares, por la aplicación del Arancel Consular, en aquellas intervenciones relacionadas con documentación de estado civil y de viaje de las personas.

Por lo expuesto, el nuevo valor de las tasas consulares, a partir del 1º de junio de 2005 y por un plazo de tres meses, será el siguiente :

Actos relativos a la Documentación de viaje de las Personas.

a) Por expedir un pasaporte: cinco pesos consulares.

b) Por renovar un pasaporte o título de identidad y viaje: dos pesos consulares.

Actos Administrativos de Cancillería.

a) Por legalización de un certificado de una partida de Estado Civil, defunción o certificado de embalsamamiento.
Por cada documento: un peso consular.

b) Por obtención y legalización de un certificado o partida de Estado Civil.
Por cada documento: dos pesos consulares.

© 2005 PRESIDENCIA - República Oriental del Uruguay | Derechos Reservados