04/10/05


SEMINARIO SOBRE DERECHOS HUMANOS
Este miércoles 5, a las 14:30 hs., en la Antesala del Senado del Palacio Legislativo, el Parlamento organiza el Seminario "Instituciones Nacionales de Derechos Humanos. Un desafío estatal para la promoción y protección de los derechos humanos", con la participación de altas autoridades nacionales.

"Instituciones Nacionales de Derechos Humanos, Un desafío estatal para la promoción y protección de los derechos humanos" es el tema de un Seminario de dos días, que contará con la presencia de Defensores del Pueblo de América Latina y expertos nacionales e internacionales.

Se levará a cabo en la Antesala del Senado, organizado por el Parlamento, el Programa de las Naciones Unidas para el Desarrollo, la Oficina del Alto Comisionado de las Naciones Unidas para los Derechos Humanos y la Unión Inter Parlamentaria, con el auspicio de la Embajada Británica en Uruguay.

La apertura tendrá lugar el miércoles 5 de octubre a la hora 14:30, y harán uso de la palabra:

  • Rodolfo Nin Novoa, Vicepresidente de la República y Presidente de la Asamblea General

  • Nora Castro, Presidenta de la Cámara de Representantes

  • Belela Herrera, Subsecretaria del Ministerio de Relaciones Exteriores

  • Juan Faroppa, Subsecretario del Ministerio del Interior

  • Felipe Michelini, Subsecretario del Ministerio de Educación y Cultura

  • Roberto Garretón, Representante Regional de la Oficina del Alto Comisionado de las Naciones Unidas para los Derechos Humanos

  • Pablo Mandeville, Coordinador Residente del Sistema de las Naciones Unidas y Representante Residente del PNUD en Uruguay

  • Los temas a debatir durante la jornada del miércoles serán:

  • Las instituciones nacionales de derechos humanos y los principios para su establecimiento y funcionamiento.

  • El rol regional e internacional de las instituciones nacionales: la Red de instituciones nacionales de las Américas.

  • Experiencias latinoamericanas: Compartiendo logros y desafíos.

  • Los poderes de protección de los derechos humanos de las instituciones nacionales.

  • El rol de consejero legislativo de las instituciones nacionales.

  • Los poderes de promoción de los derechos humanos de las instituciones nacionales.

  • Al cierre de la esta primera jornada está previsto un debate que comenzará las 17:15 hrs.

    El jueves 6 de octubre la actividad inicia a las 14:00 hrs., y se debatirá sobre:

  • Uruguay y la apuesta por una Institución Nacional de Derechos Humanos. Un debate necesario.

  • Uruguay y la apuesta por una Institución Nacional de Derechos Humanos. La Mirada Legislativa.

  • El Seminario cerrará con un debate y comentarios a cargo de los expertos Roberto Garretón y Orest Nowosad a partir de las 17:45 hrs.

    A continuación se detalla:

    1. PERFIL PROFESIONAL DE GARRETON Y NOWOSAD

    2. INVITACION Y PROGRAMA DEL SEMINARIO

    3. RESEÑA SOBRE INSTITUCIONES NACIONALES DE DDHH

    Roberto Garretón

    Roberto Garretón es el Representante Regional para América Latina y el Caribe de la Oficina del Alto Comisionado de las Naciones Unidas para los Derechos Humanos.

    Abogado, de nacionalidad chileno, ha ocupado importantes representaciones en varios organismos de derechos humanos tanto en Naciones Unidas como en el Sistema Interamericano.

    Entre 1973 y 1990 trabajó en el Comité de Cooperación por la Paz en Chile y en la Vicaría de la Solidaridad de ese país.

    Fue embajador Asesor de Derechos Humanos de Chile ante los Organismos Internacionales entre 1990 y 1994.

    Igualmente se desempeñó como miembro del Grupo de Trabajo de Naciones Unidas sobre Detenciones Arbitrarias. Otra labor llevada a cabo por el experto fue la de Relator Especial de Naciones Unidas sobre los Derechos Humanos en la República Democrática del Congo (ex-Zaire).

    Orest J. W. Nowosad

    Orest Nowosad, de nacionalidad canadiense, es Jefe de la Unidad de Instituciones Nacionales de la Oficina del Alto Comisionado de las Naciones Unidas para los Derechos Humanos, un grupo de expertos enfocado exclusivamente en las instituciones nacionales de los derechos humanos. Ha trabajado en el área de las instituciones nacionales de los derechos humanos dentro de la OACDH en los últimos ocho años.

    Ha dictado numerosas conferencias y talleres internacionales, regionales y nacionales sobre temas relacionados a las instituciones nacionales de derechos humanos, muchas de las cuales han sido publicadas. Ha asesorado sobre legislación relativa a instituciones nacionales en innumerables países.

    Junto a Naciones Unidas participó de los esfuerzos de reconstrucción de la paz en Camboya durante los primeros años de la década del 90. Trabajó con la Agencia Canadiense para el Desarrollo, la Organización Internacional para la Migración, el Ministerio de Rentas canadiense y como socio de International Development Management Advisory Group.

    Programa

    Miércoles 5 de octubre

    14:30 a 15:15 horas Apertura

    Vicepresidente de la República y Presidente de la Asamblea General, Sr. Rodolfo Nin Novoa

    Presidenta de la Cámara de Representantes, Dip. Nora Castro

    Subsecretaria del Ministerio de Relaciones Exteriores, Prof. Belela Herrera

    Subsecretario del Ministerio del Interior, Dr. Juan Faroppa

    Subsecretario del Ministerio de Educación y Cultura, Dr. Felipe Michelini

    Representante Regional de la Oficina del Alto Comisionado de las Naciones Unidas para los Derechos Humanos, Sr. Roberto Garretón

    Coordinador Residente del Sistema de las Naciones Unidas y Representante Residente del PNUD en Uruguay, Sr. Pablo Mandeville

    15:15 a 15:45 horas Las Instituciones Nacionales de Derechos Humanos y los principios para su establecimiento y funcionamiento

    Jefe de la Unidad de Instituciones Nacionales de la Oficina del Alto Comisionado de las Naciones Unidas para los Derechos Humanos, Sr. Orest Nowosad

    15:45 a 16:00 horas Debate

    16:00 a 16:15 horas Café

    16:15 a 16:30 horas El rol regional e internacional de las Instituciones Nacionales: la Red de Instituciones Nacionales de las Américas

    Presidente de la Comisión de Derechos Humanos de México y Secretario General de la Red de Instituciones Nacionales de las Américas, Sr. José Luis Soberanes

    16:30 a 17:15 horas Experiencias latinoamericanas. Compartiendo logros y desafíos

    Los poderes de protección de los derechos humanos de las Instituciones Nacionales

    Defensor del Pueblo de Bolivia, Sr. Waldo Albarracín Sánchez

    El rol de consejero legislativo de las Instituciones Nacionales

    Defensor del Pueblo de Argentina, Sr. Eduardo Mondino

    Los poderes de promoción de los derechos humanos de las Instituciones Nacionales

    Defensor del Pueblo de Paraguay, Sr. Manuel Maria Páez Monges

    17:15 a 17:45 horas Debate

    Jueves 6 de octubre

    14:00 a 15:15 horas Uruguay y la apuesta por una Institución Nacional de Derechos Humanos. Un debate necesario

    Área de Coordinación de Derechos Humanos del Ministerio de Educación y Cultura, Dra. María Elena Martínez

    Ministerio de Relaciones Exteriores, Asesor Dr. Oscar López Goldaracena

    Suprema Corte de Justicia, Dr. Julio C. Chalar

    Representante de la Sociedad Civil, Dr. Javier Miranda

    Comisionado Parlamentario para el Sistema Penitenciario,

    Dr. Alvaro Garcé García y Santos

    15:15 a 15:30 horas Comentarios: Dr. Alberto Pérez Pérez, Director del Instituto de Derechos Humanos y del Instituto de Derechos Constitucional de la Facultad de Derecho, Universidad de la República

    15:30 a 15:45 horas Café

    15:45 a 16:30 horas Uruguay y la apuesta por una Institución Nacional de Derechos Humanos. La mirada legislativa

    Senadores/as integrantes de la Comisión de Constitución y Legislación

    Senador Sr. Alberto Breccia, Encuentro Progresista-Frente Amplio-Nueva Mayoría

    Senador Sr. Francisco Gallinal, Partido Nacional

    Sr. Alberto Scavarelli en representación del Senador Sr. Julio Maria Sanguinetti, Partido Colorado

    16:30 a 16:45 horas Café

    16.45 a 17:45 horas Uruguay y la apuesta a una Institución Nacional de Derechos Humanos. La mirada legislativa. Continuación

    Diputados/as integrantes de la Comisión de Derechos Humanos

    Diputada Sra. Daniela Payssé, Encuentro Progresista-Frente Amplio-Nueva Mayoría

    Diputada Sra.. Beatriz Argimón, Partido Nacional

    Diputado Sr. Gustavo Espinosa, Partido Colorado

    Diputado Sr. Iván Posada, Partido Independiente

    17:45 a 18:15 horas Debate y Comentarios de cierre

    Sr. Roberto Garretón

    Sr. Orest Nowosad

    Esta actividad cuenta con el auspicio de la Embajada Británcia en Uruguay.

    ANEXO

    ¿QUE ES UNA "INSTITUCIÓN NACIONAL DE DERECHOS HUMANOS"?

    Fuente: http://www.ohchr.org/spanish/about/publications/docs/fs19_sp.htm

    (sitio web de la Oficina del Alto Comisionado de las Naciones Unidas para los Derechos Humanos).

    ... se trata de organismos cuyas funciones se definen estrictamente con referencia a la promoción y protección de los derechos humanos. Sin bien cada institución tiene sus propias características, es posible indicar algunas semejanzas (..). Todas las instituciones que se describen aquí son de carácter administrativo; no se trata, pues, de organismos judiciales ni legislativos. Por regla general, éstos tienen competencia para proporcionar asesoramiento en materia de derechos humanos en los ámbitos nacional y/o internacional. Esta función es desempeñada ya sea de manera general, mediante dictámenes y recomendaciones, o bien examinando denuncias que presentan individuos o grupos y pronunciándose al respecto. En algunos países, la Constitución prevé el establecimiento de una institución nacional de derechos humanos. En la mayoría de los casos, esas instituciones se establecen mediante leyes o decretos. Si bien muchas de ellas están adscritas, de una u otra manera, a la rama ejecutiva de los gobiernos, su grado efectivo de independencia dependerá de diversos factores, como su composición y funcionamiento.

    La mayoría de las instituciones nacionales existentes pueden agruparse en dos amplias categorías: "comisiones de derechos humanos" y "ombudsman" o defensores del pueblo. Otra variedad, menos difundida pero de no menor importancia, son las instituciones "especializadas", establecidas para proteger los derechos de determinados grupos vulnerables, como las minorías étnicas y lingüísticas, las poblaciones indígenas, los niños, los refugiados o las mujeres.

    A continuación se examinan en detalle estas tres categorías de instituciones nacionales.

    1. Comisiones de Derechos Humanos

    En muchos países se han establecido comisiones especiales para garantizar la aplicación efectiva de las leyes y reglamentaciones relativas a la protección de los derechos humanos. La mayoría de las comisiones actúan con independencia de otros órganos gubernamentales, si bien se les puede solicitar que informen periódicamente al Parlamento.

    En consonancia con su carácter independiente, las comisiones suelen estar integradas por una variedad de miembros con diversos tipos de calificaciones pero siempre por personas que poseen un interés, un conocimiento o una experiencia particulares en la esfera de los derechos humanos. Cada país puede establecer diferentes requisitos o restricciones para seleccionar a los miembros de esas comisiones; por ejemplo, puede fijarse un número máximo de representantes o candidatos pertenecientes a las diferentes categorías profesionales, partidos políticos o localidades.

    La función primordial de las comisiones de derechos humanos consisten en proteger a los nacionales contra la discriminación y velar por el respeto de los derechos civiles y otros derechos humanos. Las funciones y competencias concretas de cada comisión se definen en la ley o decreto que dispone su establecimiento. (...)

    Una de las funciones que suelen encomendarse a las comisiones de derechos humanos es recibir e investigar denuncias de individuos (y ocasionalmente de grupos) relativas a violaciones de derechos humanos que infringen la legislación nacional. A fin de desempeñar correctamente su tarea, la Comisión suele estar facultada para obtener pruebas sobre el caso objeto de investigación. (...)

    No es habitual que entre las facultades de las comisiones de derechos humanos figure la de imponer decisiones legalmente obligatorias a las partes en una denuncia. Sin embargo, esto no significa que puedan desconocerse sus decisiones o recomendaciones relativas a la aplicación de determinadas medidas correctivas. En algunos casos, un tribunal especial verá las cuestiones pendientes en una denuncia sobre la que la Comisión no haya podido pronunciarse y dictará el fallo correspondiente. Si no se ha establecido un tribunal especial, la Comisión podrá trasladar las denuncias pendientes a tribunales normales, que adoptarán una decisión definitiva y obligatoria.

    Otra función importante de las comisiones de derechos humanos consiste en examinar periódicamente la política de derechos humanos de los gobiernos para determinar si existen defectos en la observancia de esos derechos y proponer medios adecuados para subsanarlos. Las comisiones de derechos humanos también pueden vigilar el cumplimiento por los Estados de sus propias leyes y de los instrumentos internacionales en materia de derechos humanos y, si fuera necesario, recomendar los cambios pertinentes. (...)

    Para garantizar el respeto de los derechos humanos no basta con promulgar leyes y adoptar medidas administrativas. Por esta razón, entre las funciones de las comisiones suele incluirse la de fomentar la conciencia comunitaria de los derechos humanos. Las actividades de promoción y educación en materia de derechos humanos pueden consistir en informar al público sobre las funciones y finalidades de las comisiones, estimular el debate sobre diversas cuestiones importantes que se plantean en esa esfera, disponer de servicios de asistencia letrada y organizar seminarios y reuniones así como preparar y difundir publicaciones sobre derechos humanos.

    2. El ombudsman o defensor del pueblo

    Actualmente, en muchos países se han establecido oficinas del ombudsman o defensor del pueblo. Por lo general, el ombudsman (que puede ser una persona o un grupo de personas) es designado por el Parlamento con arreglo a una disposición constitucional o mediante una ley especial. La función esencial de esta institución consiste en proteger los derechos de las personas que se consideran víctima de actos injustos por parte de la administración pública. Por consiguiente, el ombudsman actuará en muchos casos como un mediador imparcial entre la persona perjudicada y el gobierno.

    Si bien la institución del ombudsman o defensor del pueblo no es exactamente igual en cada país, todas aplican procedimientos similares en el desempeño de sus funciones. El ombudsman recibe denuncias de ciudadanos y las investiga siempre que no excedan de su mandato. Cuando lleva a cabo una investigación, el ombudsman tiene acceso, por lo general, a documentos de todas las autoridades públicas pertinentes. Posteriormente, emite una declaración en la que formula recomendaciones sobre la base de esa investigación. La declaración se comunica a la persona que ha presentado la denuncia así como a la oficina o autoridad objeto de ésta. Por lo general, si no se adoptan medidas para aplicar la recomendación, el ombudsman puede presentar un informe sobre el caso al Parlamento. Este informe puede adjuntarse a un informe anual presentado al Parlamento, que puede contener información sobre problemas que se han identificado así como propuestas relativas a cambios legislativos y administrativos.

    Si bien cualquier ciudadano que estime que sus derechos han sido violados puede presentar una denuncia al ombudsman o defensor del pueblo, muchos países han establecido como requisito que primero se agoten todos los otros recursos legales disponibles. En algunos casos también se han fijado plazos máximos para presentar denuncias y, si bien la competencia del ombudsman suele abarcar todas las acciones de la administración pública, en algunos casos no está facultado para examinar denuncias que afecten a presidentes, ministros o miembros del poder judicial.

    El acceso al ombudsman también varía según los países. En muchos casos, las personas pueden presentar denuncias directamente en la oficina del ombudsman. En otros las reclamaciones deben presentarse por conducto de un intermediario, por ejemplo un miembro del Parlamento. Por lo general, las denuncias tienen carácter confidencial y para resolver la identidad del denunciante es necesario su consentimiento.

    El ombudsman o defensor del pueblo no siempre se limita a actuar cuando se ha presentado una denuncia sino que puede estar facultado para efectuar una investigación por iniciativa propia. En muchos casos este tipo de investigaciones se refieren a cuestiones que según el ombudsman son objeto de preocupación general o bien afectan a derechos colectivos y, por consiguiente, es improbable que sean objeto de una denuncia individual.

    En muchos aspectos, las competencias del ombudsman son bastante similares a las de las comisiones de derechos humanos. En ambos casos pueden recibirse e investigarse denuncias individuales. En principio, ninguna de esas instituciones está facultada para adoptar decisiones vinculantes. Sin embargo, existen algunas diferencias en sus funciones, lo que explica que algunos países hayan establecido, y mantenido simultáneamente, ambos tipos de instituciones.

    En la mayoría de los casos, la función esencial del ombudsman o defensor del pueblo consiste en garantizar la imparcialidad y legalidad de la administración pública. Las comisiones de derechos humanos se ocupan más concretamente de la discriminación y a este respecto suelen examinar acciones tanto de entidades y personas privadas como de gobiernos. Por lo general, la actividad del ombudsman se concentra en las denuncias individuales. Sin embargo, este tipo de instituciones tienden a desarrollar actividades más diversas a fin de proteger y promover los derechos humanos.

    3. Instituciones especializadas

    Si bien los grupos vulnerables y minoritarios difieren según los países, el problema común que más afecta a todos ellos es el de la discriminación. Los miembros de la comunidad que, según la mayoría de los gobiernos, necesitan recibir asistencia de instituciones de derechos humanos especializadas que protejan sus intereses son personas pertenecientes a minorías étnicas, lingüísticas y religiosas, poblaciones indígenas, extranjeros, trabajadores migratorios, inmigrantes, refugiados, niños, mujeres, pobres y discapacitados.

    En general, este tipo de instituciones especializadas se establecen para velar por la aplicación de políticas gubernamentales y sociales elaboradas con miras a proteger a esos grupos en particular. En la mayoría de los casos sus funciones son similares a las que desempeñan instituciones menos específicas como las comisiones de derechos humanos y los ombudsman, a las que ya se ha hecho referencia. Las instituciones especializadas suelen estar facultadas para investigar casos concretos y prácticas de discriminación contra individuos que pertenecen a determinado grupo o contra el grupo en su conjunto. Si bien estos organismos especializados tienen, por lo general, competencia para investigar denuncias presentadas por un miembro del grupo contra otra persona o contra un órgano gubernamental, al igual que otras instituciones nacionales de derechos humanos por lo general no la tienen para adoptar decisiones obligatorias o iniciar acciones legales.

    Además de prestar asistencia material y asesoramiento a los individuos y los grupos, este tipo de organismos suelen encargarse de vigilar la observancia efectiva de las disposiciones constitucionales y legislativas vigentes que se aplican a los distintos grupos. Así pues, en muchas ocasiones actúan como consultores y asesores de las ramas legislativas y ejecutivas de los gobiernos.

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