BOTNIA Y SECTORES SOCIALES FIRMAN ACUERDO LABORAL
El Ministerio de Trabajo, y distintos sectores
públicos y privados de nuestro país, firmaron hoy un Convenio con la
Empresa BOTNIA con la finalidad de regular la creación y formación de
perfiles laborales para los nuevos puestos de trabajo a gestionarse
próximamente.
El Ministerio de Trabajo y Seguridad Social
representado por Eduardo Bonomi, la Junta Nacional de Empleo
representada por la Doctora María Sara Payseé, en su calidad de
Directora de la Dirección Nacional de Empleo y Presidente de la Junta
Nacional de Empleo y los señores integrantes de este órgano, Doctor Juan
Mailhos e Ingeniero Fernando Carpentiere en representación del sector
empresarial y los señores Jorge Mesa y José Balbo, en representación del
Sector Sindical PIT-CNT, la Empresa Botnia representada por el Ingeniero
José Obes y la Contadora Estela Machín, el Ministro de Industria,
Energía y Minería Jorge Lepra, el Gobierno Departamental de Río
Negro-Intendencia Municipal de Río Negro, representada por Omar Lafluf,
la Universidad de la República, Facultad de Ingeniería-Instituto de
Ensayo de Materiales representada por el Rector Ingeniero Rafael Guarga
y por el Decano Ingeniero Ismael Piedra-Cueva, la Administración
Nacional de Educación Pública – Consejo de Educación Técnico
Profesional, la Administración Nacional de Combustibles Alcohol y
Pórtland (ANCAP), la Administración Nacional de Usinas y Transmisiones
Eléctricas (UTE), el Sindicato Único de la Construcción y Afines
(SUNCA), representado por Pedro Por Ley, La Unión Nacional de
Trabajadores Metalúrgicos y Ramas Afines (UNTMRA), representado por Hugo
Domínguez y Marcelo Abdala, la Cámara Metalúrgica, la Cámara de la
Construcción, acordaron un Convenio que tiene por objeto la elaboración
de un plan de formación profesional, apoyo a la creación de puestos de
empleo a partir de la construcción de la planta de celulosa para la
empresa BOTNIA que contenga selección, registro (base de datos),
capacitación, actividades formativas continuas, formación de formadores,
evaluación, seguimiento, certificaciones habilitantes, cronograma de
ejecución y demás componentes y actividades que se estime conveniente de
acuerdo a los Protocolos que se suscribirán oportunamente.
El Plan prevée la inserción laboral de mano de obra
nacional, con los criterios de selección que se establezcan, en acuerdo
con los contratistas de BOTNIA de acuerdo a los requerimientos de estos
respecto a los trabajos a realizar y teniendo en cuenta la especialidad
de las tareas de los puestos de empleo demandados. Asimismo, buscará
consolidar mano de obra uruguaya calificada a fin de ser incorporada a
una cadena de emprendimientos productivos,sobre todo los que se
desarrollarán con ANCAP y UTE.
Este proyecto es de interés ministerial y nacional,
la Intendencia Municipal de Río Negro tiene la obligación de
proporcionar parte de los locales y el alojamiento necesario para la
realización de los cursos, además de proporcionar recursos humanos
necesarios para la convocatoria, reclutamiento y supervisión de cursos.
El Instituto de ensayo de Materiales de la Facultad de Ingeniería de la
UDELAR, elaborará un Plan Ejecutivo respecto a la capacitación y
certificación de los soldadores especializados, respetando las normas y
certificaciones internacionales aplicables a los puestos de trabajo
demandados por los contratistas de BOTNIA, además de participar en la
Comisión de Seguimiento e integrar el tribunal de Certificación. ANCAP
se compromete a la capacitación de los formadores en soldadura,
comprometiendo infraestructura y materiales necesarios.
Los sectores sindical y empresarial deberán facilitar
sus respectivas bases de datos, relacionadas a personal calificado que
necesite capacitación para ingresar a los distintos puestos de trabajo,
y perfiles ocupacionales demandados en coordinación con el registro de
la empresa BOTNIA. Esta Base de Datos se mantendrá actualizada y su
información será de carácter público.
Las obligaciones de la Empresa BOTNIA son "a)
suministrar la base de datos que elaborara respecto a la mano de obra
local y regional ofertada, categorías y perfiles ocupacionales. b)
realizar los mayores esfuerzos con los contratistas para insertar
laboralmente, en primera instancia a la mayor cantidad de personas
habilitantes del departamento de Río Negro y sus adyacencias, y en
segundo orden a los habitantes del Uruguay en general, todo ello
teniendo en consideración las aptitudes y calificaciones requeridas para
los trabajos a realizar, c) asimismo, se obliga a realizar los máximos
esfuerzos a fin de incorporar mujeres al emprendimiento, incluso en
actividades no tradicionales en la medida que ello sea compatible con
los requerimientos de las tareas a realizar; d) colaborar en los costos
de la capacitación requerida; e) proporcionar información referente a
los contratos firmados con las empresas adjudicatarias", según lo
explicitado en el Convenio.
La Junta Nacional de Empleo financiará la
capacitación a través del Fondo de Reconversión Laboral, implementará
acciones a través del Comité Local de Río Negro, a fin de facilitar la
detección de puestos de trabajo indirectos, apoyando nuevas iniciativas.
Todas las partes involucradas constituirán una
Comisión de Seguimiento y Evaluación, la que tendrá como cometido
controlar el desarrollo de los procesos y de los Tribunales de
Certificación, que se crearán a los efectos de acreditar las aptitudes
de las trabajadores conforme a lo especificado por las normas técnicas
consideradas por los contratistas.
Este convenio tiene vigencia de un año a partir de su
firma, y es renovable automáticamente por iguales períodos consecutivos,
al mismo podrán adherirse terceros interesados, previa comunicación a la
Dirección Nacional de Empleo.
En el acto por la firma de este Convenio, hicieron
uso de la palabra el Ministro de Trabajo y Seguridad Social Eduardo
Bonomi, la Directora de la Dirección Nacional de Empleo y Presidenta de
la Junta Nacional de Empleo María Sara Payseé y representante de BOTNIA,
Ronald Beare.
PALABRAS DEL MINISTRO DE TRABAJO Y SEGURIDAD SOCIAL,
EDUARDO BONOMI, DURANTE LA FIRMA DEL CONVENIO LABORAL ENTRE LA EMPRESA
BOTNIA S.A. Y DIFERENTES ORGANIZACIONES CON LA FINALIDAD DE CAPACITAR A
SU PERSONAL
MINISTRO BONOMI: Buenas tardes. Yo tengo que confesar
de todos los convenios que hemos firmado, este es por lejos en que la
contraparte es tan numerosa, es la primera vez que me pasa algo así. Y
me parece muy bueno porque da idea de la importancia de lo que estamos
firmando, y el esfuerzo colectivo que significa y la importancia que
tiene para el país.
Yo no lo puedo agotar en solamente la formación de
soldadores para BOTNIA S.A., creo que va mucho más lejos. Creo que
significa elevar la posibilidad de la calidad de la mano de obra para el
país y que esto pueda significar el reciclar después el trabajo en otros
emprendimientos, y esa es la importancia que le doy, más allá del tema
puntual, que también tiene su importancia.
Solamente leer quienes forman parte de la
contraparte, ya deja claro esto que estoy diciendo. Por lo tanto, yo lo
voy a dejar ahí, agradezco la presencia acá y vuelvo la palabra a la
doctora Payseé.
PALABRAS DE DIRECTORA DE LA DIRECCIÓN NACIONAL DE
EMPLEO Y PRESIDENTA DE LA JUNTA NACIONAL DE EMPLEO DOCTORA MARÍA SARA
PAYSSÉ:
Gracias. Voy a dar lectura muy somera, no es
exactamente lo que dice el Convenio, pero fundamentalmente a los
participantes y los objetivos del Convenio que se está suscribiendo en
el día de hoy.
Los participantes son por una parte el Ministerio de
Trabajo y Seguridad Social y la Junta Nacional de Empleo, y por otra
parte la empresa BOTNIA; el Ministerio de Industria Energía y Minería;
la Intendencia Departamental de Río Negro y el Gobierno Departamental,
es decir la Junta Departamental también de Río Negro; la Universidad de
la República a través de la Facultad de Ingeniería y su Instituto de
Despacho Materiales; el Consejo de Educación Técnico Profesional, la
Administración Nacional de Combustibles, Alcohol y Pórtland –ANCAP- la
Administración Nacional de Usinas y Transmisiones Eléctricas –UTE-, el
Sindicato Único de la Construcción y afines –SUNCA-, la Unión Nacional
de Trabajadores del Metal y Ramas afines (UNTMRA) y la Cámara
Metalúrgica y la Cámara de la Construcción. Este convenio se suscribe
puesto que es de particular interés para todos, la maximización de la
utilización de la mano de obra nacional en la construcción de la planta
de celulosa en el departamento de Río Negro y ello impone la elaboración
de un plan y programa específico de formación profesional y apoyo a la
creación de empleo de carácter multisectorial e interinstitucional.
Los comparecientes han celebrado y constituido grupos
de trabajo a efectos de concensuar y definir las actividades a
desarrollar para la elaboración del referido plan. En tanto, las
obligaciones asumidas por los organismos públicos comparecientes se
encuentran dentro del ámbito de sus competencias conforme al
ordenamiento jurídico vigente y en cuanto a los privados los mismos
tienen un legítimo interés en el objeto del presente convenio.
El objeto del convenio es acordar la
elaboración de un plan de formación profesional de apoyo a la creación de
puestos de empleo a partir de la construcción de la planta de Celulosa,
para la empresa BOTNIA, que contenga selección, registro, capacitación,
actividades formativos continuas, formación de formadores, evaluación,
seguimientos, certificaciones habilitantes, cronograma de ejecución y
componentes, y actividades varias que se estimen convenientes para
lograr el objeto del convenio.
El plan preverá la inserción laboral de mano obra
nacional, con los criterios de selección que se establezcan en acuerdos
con los contratistas de BOTNIA y según los requerimientos de estos
respecto a los trabajos a realizar, teniendo en cuenta la especialidad
de las tareas de los puestos de empleo demandados. Asimismo se busca
consolidar mano de obra uruguaya calificada, para ser incorporada a una
cadena de emprendimientos productivos sobre todo los que se
desarrollarán posteriormente, tanto con ANCAP, como por UTE.
En cuanto a las obligaciones que asumen las partes,
en este Acuerdo, el Ministerio de Trabajo y Seguridad Social se obliga a
impulsar el reconocimiento de la importancia laboral de este proyecto a
fin de ser declarado de interés ministerial y a coordinar la
participación de las restantes instituciones públicas involucradas en el
emprendimiento.
El Ministerio de Industria y Energía y Minería
acompañan y se compromete a acompañar el proceso, en consonancia con los
cometidos generales del Ministerio y las funciones especificas asignadas
en relación a la instalación del emprendimiento de la empresa BOTNIA.
El gobierno departamental de Río Negro y la
Intendencia Municipal de Río Negro se comprometen a proporcionar parte
de los locales y del alojamiento necesario para la realización de los
cursos y también proporcionar recursos humanos necesarios para la
convocatoria de reclutamiento y supervisión de los cursos.
La Universidad de la República, Facultad de
Ingeniería, a través de su Instituto de Ensayo de Materiales elaborará
un plan ejecutivo respecto a las capacitación y certificación de los
soldadores especializados, respetando las normas y certificaciones
internacionales aplicables a la categoría profesional, puestos de
trabajo demandados por los contratistas de BOTNIA, y también en
participar en la comisión de seguimiento e integrar el Tribunal de
Certificación.
Las obligaciones de ANCAP, en la medida que no
condicione sus actividades esenciales serán las de participar en la
capacitación de los formadores en soldadura, complementando a estos
efectos la infraestructura y materiales necesarios de acuerdo con ANEP,
CETP, participar en la comisión de seguimiento e integrar la comisión de
seguimiento y evaluación y el Tribunal de Certificación que se crearán
de conformidad a los dispuesto en este Convenio.
La ANEP a través de su Consejo Técnico Profesional,
se obliga a ejecutar las actividades de capacitación que se establezcan
como prioridades para la inserción laboral de acuerdo con ANCAP y la
Universidad de la República.
La DINAE y la JUNAE y otras instituciones que se
consideran convenientes de acuerdo a los perfiles. Asimismo participará
de las actividades de certificación.
Tanto el sector sindical como el empresarial se
obligan a facilitar a requerimiento de la DINAE, por información
respecto al personal calificado que les exige capacitación para ingresar
a los diferentes puestos de trabajo como homogeneizándolas en una única
base de datos y registros respecto a la categorías ocupacionales
requeridas por el emprendimiento y toda otra información que posean en
relación a los puestos de trabajo y perfiles ocupacionales demandados,
en coordinación con el registro de la Empresa BOTNIA.
Esta base de datos se mantendrá actualizada siendo su
información publica y estará a disposición de los actores y de terceros
siendo funcional al objeto de este convenio.
También colaborará en la identificación, diseño,
seguimiento y evaluación de la capacitación de las capacitaciones a
realizar.
Las obligaciones de la empresa BOTNIA, refieren al
suministro de bases de datos respecto a la mano de obra local y
regional, ofertas de categorías y perfiles ocupacionales.
Realizar los mayores esfuerzos con los contratistas
para insertar laboralmente, en primera instancia a la mayor cantidad de
personas habitantes del departamento de Río Negro y sus adyacencias y en
segundo orden a los habitantes del Uruguay en general, todo ello
teniendo en consideración las actitudes y calificaciones requeridas para
los trabajos a realizar.
Asimismo se obliga a realizar los máximos esfuerzos
haciendo incorporar mujeres al emprendimiento e incluso en actividades
no tradicionales en la medida que ello sea compatible con los
requerimientos de las tareas a realizar.
También se obliga a colaborar en los costos de la
capacitación requerida y proporcionar la información referentes a las
empresas adjudicatarias contratadas por BOTNIA y sus respectivos sub-contratistas.
La Junta Nacional de Empleo por su parte se obliga a
financiar la capacitación a cargo del Fondo de Reconversión Laboral de
acuerdo a las pautas fijadas por su marco jurídico, implementar acciones
a través del Comité Local de Empleo de Río Negro para facilitar la
detección de puestos de trabajo indirectos, apoyando emprendimientos y
emprendedores y participar en el diseño, seguimiento y evaluación del
plan de Plan de trabajo y la coordinación y articulación de las
actividades del Proyecto.
Asimismo los comparecientes se obligan a suministrar
a la Dirección de Empleo y a la Junta Nacional de Empleo información que
se les solicite a los efectos de optimizar el cumplimiento de este
Convenio, y las partes se obligan en su totalidad a constituir una
Comisión de Seguimiento y Evaluación la que tendrá como cometidos
controlar el desarrollo de los procesos y los Tribunales de
Certificación que se crearán a fin de acreditar la aptitudes de los
trabajadores conforme a las especificaciones que surjan de las normas
técnicas consideradas por los contratistas, acordándose que la
composición y funcionamiento se describirán en los Protocolos que se
elaboraran, los que firmados por las partes serán luego parte integrante
de este Convenio.
La vigencia del Convenio será en principio de un año
a partir de su suscripción y será renovable automáticamente por períodos
iguales y consecutivos, pudiendo adherirse al mismo terceros
interesados, bastando para ello la comunicación a la Dirección Nacional
de Empleo.
Esto es en términos generales el contenido del
convenio que se suscribe en el día de la fecha y de alguna manera lo que
queremos es señalar la relevancia y el carácter emblemático que tiene
este emprendimiento y que esperamos que sea el primero de una serie de
actividades y coordinaciones que se realicen fundamentalmente para
priorizar la capacitación de los y las trabajadoras uruguayas y su
inserción laboral en las mejores condiciones.
BOTNIA: Quería destacar la oportunidad que significa
esto, son oportunidades para traer más tecnología y poder maximizar el
proyecto como experiencia para el país. |