GOBIERNO NO HIZO LUGAR A IMPUGNACIONES DE MILITARES
El Poder Ejecutivo no hizo lugar a dos recursos
interpuestos por un grupo de oficiales contra los actos administrativos
que excluyeron de la Ley de Caducidad los casos de María Claudia Irureta
de Gelman, Zelmar Michelini y Héctor Gutiérrez Ruiz.
El Presidente de la República,
Tabaré Vázquez, firmó dos resoluciones por las cuales no se hace lugar a
sendos recursos de revocación interpuestos por los coroneles Ivho Acuña
y otros, así como por el general Aurelio Abilleira y otros, contra el
acto del Poder Ejecutivo que declaró excluido de la Ley de Caducidad de
la Pretensión Punitiva del Estado el caso de María Claudia García
Irureta Goyena de Gelman.
Los recurrentes habían hecho lo
propio, también, contra la resolución que sustrajo a los efectos de la
Ley de Caducidad los asesinatos de los ex legisladores Zelmar Michelini
y Héctor Gutiérrez Ruiz.
Los oficiales aducen que ambas
decisiones del gobierno -tomadas el 23 de junio de 2005- son ilegítimas
por cuanto “desconocen derechos adquiridos” en el marco de la citada
ley. Además sostienen que en el primer caso existe ya cosa juzgada; en
el segundo invocan la inexistencia de un acto expreso que decrete la
exclusión.
La Presidencia de la República ha
entendido -entre otras fundamentaciones jurídicas- que dichos “derechos
adquiridos” no son tales en virtud de que “no nacen derechos de un acto
ilegítimo”, que en el caso de Michelini y Gutiérrez Ruiz no existe acto
administrativo “ni expreso ni tácito”, que “es competencia del Poder
Judicial” determinar si existe o no cosa juzgada y que, en el caso de la
señora de Gelman, el caso fue sustraído a la Ley de Caducidad, además,
porque no se configuraron los requisitos exigidos por su artículo 1º y
porque no existió el móvil político.
Este conjunto de circunstancias determina que, en
definitiva, el gobierno deje firme su dictamen de que los casos
referidos no están protegidos por la Ley de Caducidad, por lo que no se
acogen los recursos de los militares mencionados.
A continuación les brindamos el texto
de las respectivas Resoluciones.
22/12/02 - NO SE DA A LUGAR AL RECURSO DE REVOCACIÓN INTERPUESTO POR EL
GRAL. AURELIO ABILLEIRA
22/12/05 - NO SE DA A LUGAR AL RECURSO DE REVOCACIÓN INTERPUESTO POR EL
CNEL. IVHO R. ACUNA
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