PAGO DE CONVENIOS VENCIDOS DEL IMPUESTO DE PRIMARIA
Los convenios de pago realizados al amparo del Plan
de Facilidades del Impuesto de Enseñanza Primaria (Ley 17.845) que
caducaron el día 31 de diciembre de 2005, se activarán a partir del 1º
de febrero de 2006.
La cuota del convenio que debió abonarse el 30/12/05,
podrá pagarse en las mismas condiciones a partir del 01/02/06 y hasta el
28/02/06 inclusive. Este plazo será improrrogable.
Las siguientes cuotas se pagarán en forma consecutiva
mensual de acuerdo a la Ley.
El pago podrá realizarse en la Oficina Central y toda
la red de cobranza descentralizada.
Es importante resaltar que lo anterior se aplica solo
a los convenios de pago que caducaron el 31/12/05.
Los restantes convenios, es decir todos aquellos que
pagaron la cuota correspondiente al mes de diciembre en tiempo,
continúan pagando de forma normal (próximo vencimiento de cuota
31/01/06). |