CLAUSURAS POR NO CUMPLIR CON CÓDIGO TRIBUTARIO
Debido a 52 inspecciones que se realizaron cerca de
fin de año, la DGI clausuró chacras que se dedican a eventos
empresariales "hay muchos lugares donde se realizan fiestas importantes,
que implican un alto costo para la gente, pero que se comprobó que no
realizan la documentación de la operación", manifestó Zaidensztat.
El Director de la Dirección General Impositiva (DGI),
Eduardo Zaidensztat, subrayó que "estamos hablando de fiestas, y de
empresarios que alquilan sus salones, que son chacras, salones
importantes, en distintos lugares de Montevideo, como es Carrasco, la
zona de los lagos, la salida hacia el Este por Canelones y también hacia
el Oeste, sobre Ruta 1, Camino La Redención, y algunos locales también
importantes en la zona del Prado".
Inspecciones realizadas por la DGI determinaron que
aproximadamente 20 empresas de fiestas, y de catering no estaban
documentando sus operaciones con factura como indica el Código
Tributario.
Una de las herramientas que le da a la Dirección
General Impositiva, el Código Tributario "es aquel que no factura sus
operaciones como marca el Código, proceder con el debido proceso pasando
por el Poder Judicial a la clausura de los establecimientos, en este
caso la idea es no perjudicar a aquel que va a realizar una fiesta.
Aquel que tiene un casamiento, una fiesta importante, que tiene motivo
de festejo, y por tanto, que anunciamos con casi tres meses de
anticipación que estos lugares no van a poder realizar sus fiestas el
día 11,12 y 13 de mayo.
DECLARACIONES A LA PRENSA DEL DIRECTOR GENERAL DE
IMPOSITIVA, EDUARDO ZAIDENSZTAT.
PERIODISTA: La clausura de chacras que se dedican a
eventos empresariales ¿en qué ha consistido este operativo, y de cuántos
establecimientos estamos hablando?
ZAIDENSZTAT: Esto deriva de 52 inspecciones conjuntas
que se habían realizado cerca de fin del año pasado, en el cual,
lamentablemente se comprobó el trabajo previo que se había realizado,
que es algo que todos los uruguayos sabemos; que hay muchos lugares
donde se realizan fiestas; pero fiestas importantes, de aquel que la
puede realizar, implican un alto costo para le gente, y en esa mega
fiesta que se realiza lamentablemente se comprobó que no se realiza la
documentación de la operación.
Estamos hablando de fiestas, en este caso de
empresarios que alquilan sus salones, que son chacras, salones
importantes, en distintos lugares de Montevideo, como es Carrasco, la
zona de los lagos, la salida hacia el Este por Canelones y también hacia
el Oeste, sobre Ruta 1, Camino La Redención, y algunos locales también
importantes en la zona del Prado. Por lo cual, se determinó que
aproximadamente 20 empresas de fiestas, más y también empresas que
realizan los catering, las comidas no estaban documentando sus
operaciones en la factura como marca el Código Tributario, o muchas
veces se le cobra también a aquel que va a realizar la fiesta el
impuesto y no se le da la factura.
Es por tanto, que una de las herramientas que nos da
el Código Tributario, es aquel que no factura sus operaciones como marca
el Código, proceder con el debido proceso pasando por el Poder Judicial
a la clausura de los establecimientos, en este caso la idea es no
perjudicar a aquel que va a realizar un fiesta. Aquel que tiene un
casamiento, una fiesta importante, que tiene motivo de festejo, y por
tanto, que anunciamos con casi tres meses de anticipación que estos
lugares no van a poder realizar sus fiestas el día 11,12 y 13 de mayo.
PERIODISTA: ¿Por qué esos días?
ZAIDENSZTAT: La idea es darle casi tres meses a aquel
que va a realizar la fiesta, que no cometió ninguna sanción, sino que
tome las providencias del caso; o para cambiar la fecha del evento o
para buscar otro lugar donde realizarlo. Es por eso que nos pareció
prudente para no perjudicar en definitiva aquel que tiene motivo de
festejo avisar con tanta anticipación. Y esos días son simplemente lo
que entendimos prudente, es un jueves; un viernes y un sábado.
PERIODISTA: Entonces ¿van a clausurar definitivamente
esos 20 locales?
ZAIDENSZTAT: No tenemos la facultad por el Código
Tributario, lo que sí podemos decir, que esta es una de las herramientas
que tenemos, obviamente, atrás de esto lo que hay muchas veces es el no
pago del impuesto, más bien –diríamos- siempre no hay el pago del
impuesto cuando no se documenta, y por tanto, se están tomando dentro
del debido proceso y la garantía que tiene que tener todo empresario,
las medidas para volver a cobrar el impuesto que no se recaudó, más la
multa, más las sanciones correspondientes. |