ELECCIONES EN EL BPS: INFORMACIÓN DE INTERÉS
Se brindan todos los detalles sobre la elección
prevista para el domingo 26 de marzo en el Banco de Previsión Social,
mediante la que se eligen los representantes de Activos, Pasivos y
Empresas Contribuyentes en el Directorio del mismo.
¿Qué se elige?
De acuerdo a lo establecido en la disposición
transitoria y especial letra M de la Constitución de la República, se
elige un representante en el Directorio del Banco de Previsión Social
por cada uno de los siguientes órdenes: Activos, Pasivos y Empresas
Contribuyentes.
¿Cuándo se vota y en qué horario?
El domingo 26 de marzo, de 08:00 a 19:30 horas.
¿Con qué documento se vota?
Los afiliados inscriptos en el Registro Cívico
Nacional deben presentar obligatoriamente la Credencial Cívica para
poder votar.
Los extranjeros que no se encuentran inscriptos en el
Registro Cívico Nacional, deben presentar obligatoriamente la Cédula de
Identidad para poder votar.
Quien no presente el documento correspondiente,
aunque figure en el padrón, no vota.
Obligatoriedad de votar
Es obligatorio el voto únicamente para aquellos
afiliados que figuren en los padrones. Quienes no figuren, no deben
pagar multa.
¿Quiénes están eximidos de votar?
Los afiliados que al día 26 de marzo de 2006 ya
tengan o cumplan 75 años de edad. Estos afiliados figuran en el padrón
correspondiente, generando de esta manera su derecho al voto, pero si no
votan, no deben justificar la no emisión del mismo.
Esta exención no rige en el caso de mandatarios de
empresas contribuyentes pluripersonales.
Plazo para justificar la no emisión del voto
Del 27 de marzo al 26 de mayo de 2006.
¿Dónde se justifica?
En la Oficina Electoral del departamento en el cual
reside el afiliado o en el que tiene vigente su credencial cívica.
Causales de justificación
Por enfermedad.
Por encontrarse fuera del país el día de la
elección (*).
Por fuerza mayor.
(*) El plazo para justificar es de dos meses a partir
del regreso al país.
Multas
Los afiliados activos y los afiliados pasivos que no
cumplan con la obligación de votar y no justifiquen la no emisión de su
voto, deberán pagar una multa de $250 (doscientos cincuenta pesos),
quedando exceptuados los que tengan 75 años de edad.
Los afiliados en el orden empresarial deberán pagar
las siguientes multas: empresas con hasta 10 trabajadores $1.500; entre
11 y 20 trabajadores $3.000; entre 21 y 50 trabajadores $6.250; entre 51
y 100 trabajadores $12.500 y con más de 100 trabajadores $25.000,
quedando exceptuados aquellos titulares de empresas unipersonales que
tengan 75 años de edad.
Aclaración importante: El afiliado debe emitir
necesariamente su voto en el circuito en el que figura en el padrón. Si
un afiliado tiene por ejemplo las calidades de activo y pasivo, deberá
votar dos veces en los circuitos correspondientes.
Consultas: En forma gratuita por las siguientes
líneas telefónicas de lunes a viernes de 08:30 a 17:30 hs.:
0800 8293, 0800 8294 y 0800 8314 (Activos).
0800 8295, 0800 8296 y 0800 8315 (Pasivos).
0800 8297, 0800 8298 y 0800 8316 (Empresas
Contribuyentes).
La página web de la Corte Electoral ya tiene
publicado el Plan Circuital de todo el país: www.corteelectoral.gub.uy |