27/04/06


ADUANA: RESIDENTES EN LA FRONTERA PODRÁN INGRESAR SEMANALMENTE 5 KILOS POR PERSONA
La Dirección Nacional de Aduanas estableció un máximo de cinco kilos por persona y por semana, para el ingreso de mercaderías por parte de residentes en la frontera.

Esta medida fue adoptada por la Aduana para compatibilizar el ejercicio de contralor fiscal de su competencia, con las necesidades de los pobladores de escasos recursos de las zonas de frontera.

En el marco de la legislación vigente para el tráfico fronterizo, se establecieron la naturaleza y cantidades de mercaderías para consumo que se admitirán en ese tráfico por razón de urgencia.

A partir de ahora se autoriza el ingreso a territorio nacional por los distintos puntos fronterizos y exclusivamente para los pobladores de la zona, de hasta cinco kilos de bienes comestibles sólidos por persona y por semana, con excepción de todos aquellos cuyo ingreso se encuentre impedido por las disposiciones sanitarias vigentes u otras normas prohibitivas.

Las Aduanas de ingreso llevarán, mediante el asiento informático, el registro de cada una de esas autorizaciones, con especificación del nombre y documento de identidad de la persona que haga uso de ese régimen.

Esta resolución es independiente de las franquicias establecidas por la normativa vigente para turistas.

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