11/05/06


BPS ENTREGA VIVIENDAS A JUBILADOS Y PENSIONISTAS EN JUAN LACAZE
Este viernes 12, a las 16:00 horas, en el marco del Programa de Vivienda para Jubilados y Pensionistas, el Banco de Previsión Social hará entrega de 30 viviendas en Juan Lacaze, en las calles 47 y 43.

Con adjudicaciones de viviendas en Pando y Juan Lacaze, el Programa lleva entregadas 5.417 viviendas de las cuales 2.313 están en Montevideo y 3.104 en el interior del país. Son 188 los complejos que hoy se encuentran habitados por beneficiarios del programa en todo nuestro territorio, 49 en la capital y 139 en el interior.

CONDICIONES PARA INSCRIBIRSE COMO ASPIRANTE A UNA VIVIENDA:

El valor de la U.R. se reajusta mensualmente, y se toma en cuenta la cantidad en pesos que corresponda al 1° de cada mes.

(Tope 12 U.R.)

En las localidades donde la disponibilidad de viviendas sea mayor que la nómina de aspirantes inscriptos, se podrá elevar el tope referido por la Ley, en una o más franjas, hasta un máximo de 24 U.R. (Unidades Reajustables).

INSCRIPCIONES

Para inscribirse el interesado debe residir en el Uruguay en forma permanente, ser autoválido (que pueda valerse por sí mismo en las actividades cotidianas) y no ser beneficiario de otro programa habitacional estatal o privado.

En caso de que el aspirante no sea autoválido sólo podrá acceder a una vivienda si convive con: cónyuge, concubina o concubino, hijas solteras, viudas o divorciadas, en forma excluyente.

LA INSCRIPCIÓN DEBE REALIZARSE EN:

- Montevideo: Sector Vivienda de la Gerencia de Prestaciones Sociales: 18 de Julio Nº l.720 y todas las Sucursales de Montevideo.

- Interior: En todas las dependencias de Prestaciones Económicas del BPS .

DOCUMENTO QUE DEBE PRESENTAR

- Cédula de Identidad.

CRITERIOS DE SELECCIÓN

El procedimiento de adjudicación se efectúa sobre la base de cálculo de puntajes que privilegian la mayor edad y los menores ingresos del aspirante, sumado al resultado del estudio socio-económico efectuado por el Departamento Técnico de Prestaciones Sociales del B.P.S., de acuerdo con las disposiciones reglamentarias vigentes.

Al momento de efectuar el estudio socio-económico, se tomarán en cuenta -entre otros aspectos- la totalidad de los ingresos del beneficiario y de las personas habilitadas para poder cohabitar con él (incluyéndose todos los montos de pasividad y otros ingresos por cualquier concepto).

Los jubilados por imposibilidad física total y permanente para toda tarea y aquellos pasivos que puedan probar una discapacidad total, tienen prioridad de acuerdo a la disponibilidad habitacional existente en la localidad correspondiente.

Cumplidas las actuaciones pertinentes, la Gerencia de Prestaciones Sociales eleva a la Dirección Técnica de Prestaciones, la nómina final de aspirantes seleccionados, a efectos del pronunciamiento definitivo de adjudicación.

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