AGROCOMBUSTIBLES: REGULARÁN PRODUCCIÓN Y
COMERCIALIZACIÓN
Con la finalidad de establecer un marco legal y los
controles respectivos, el Ministerio de Industria trabaja en la creación
de una Ley que regule la producción, comercialización y utilización de
los agrocombustibles elaborados a partir de materias primas nacionales,
para introducirlos a la matriz energética de los combustibles líquidos.
Por agrocombustibles se entiende a los combustibles
líquidos de origen agropecuario, comprendiendo entre otros al alcohol
etílico carburante o etanol –derivado por ejemplo de la caña de azúcar-
y el biodiesel –derivado de granos y/o sebo animal-.
El Director Nacional de Energía, Gerardo Triunfo,
informó que actualmente el país no cuenta con una normativa de rango
legal que establezca criterios para la producción y comercialización,
por lo cual los controles no son específicos a la producción de
agrocombustibles. Por ello, a partir de esta Ley se cubriría el vacío
legal existente en el país.
Hoy en día el marco legal vigente en el país incluye
la Ley Nº 17.567 del 20 de octubre de 2002, que declara de Interés
Nacional la producción de combustibles alternativos, renovables y
sustitutivos de los derivados del petróleo elaborados con materia
nacional de origen vegetal o animal.
Asimismo, el 21 de diciembre de 2005 se aprobó la
norma UNIT 1100 por la cual se definen los estándares de calidad de
biodiesel.
En tal sentido, en el caso del biodiesel, tanto la
capacidad instalada de la industria aceitera nacional como la producción
de sebo de los frigoríficos situados en el país, podrían abastecer la
demanda generada a partir de la vigencia de la Ley propuesta.
Con respecto al etanol, en el marco del proyecto
sucro-alcoholero que está siendo ejecutado por ANCAP, se estima que el
crecimiento del área sembrada de caña de azúcar permitiría cumplir los
objetivos planteados en la Ley.
En cuanto a este tema, Triunfo también manifestó que
los resultados de los ensayos de nuevas variedades de sorgo, realizados
por el INIA, la Facultad de Agronomía y productores privados, mostraron
altos rendimientos de biomasa, lo que asegura el gran potencial que
tiene el país para el desarrollo del alcohol en el resto del territorio
nacional.
En cuanto a la producción, se exigen requisitos
mínimos de estándares de calidad y seguridad ya que implica el manejo de
sustancias peligrosas y altamente inflamables, así como la generación de
deshechos tóxicos y algunos subproductos -glicerina- que requieren
tratamientos específicos, para lo cual se exigirán las autorizaciones
ambientales que correspondan.
Específicamente, la futura Ley establecerá un marco
para la producción libre de los agrocombustibles; se definirá la
producción en pequeña y gran escala, promoviendo el desarrollo de
proyectos de pequeña escala de un modo ambientalmente seguro.
En materia de comercialización, se establece que la
misma se realizará a través de ANCAP –mezcla con gas oil- y/o con
destino a autoconsumo o venta a terceros, bajo determinados
requerimientos contractuales –definiendo destino, calidad y cantidad-;
se incorporará de forma obligatoria –tanto en porcentaje como en plazo-
alcohol y biodiesel de origen nacional a los combustibles líquidos, con
esta medida se crea un mercado estable que incentiva el desarrollo de
las respectivas cadenas industriales; se definirán estándares
obligatorios recogiendo en el caso del biodiesel la norma UNIT 1100;
asimismo, se exigirán autorizaciones mínimas requeridas para desarrollar
las actividades –habilitaciones municipales, de Bomberos, DINAMA y MIEM-.
Finalmente, con respecto a las empresas dedicadas a
la producción de agrocombustibles, Triunfo señaló que en base a los
relevamientos realizados de los emprendimientos
existentes, dichas empresas estarían en condiciones de continuar con su
producción, en tanto obtengan las autorizaciones correspondientes y
verifiquen los niveles de calidad de producción requeridos, para lo cual
se establecerá un período de transición. |