ACREDITACIONES PARA COBERTURA DEL CARNAVAL DE RÍO
2007
Se encuentra disponible en la página Web de RIOTUR
-Empresa de Turismo del Municipio de Río de Janeiro (http://www.riodejaneiro-turismo.com.br/www.riodejaneiro-turismo.com.br)-
información sobre las acreditaciones de prensa para la cobertura del
Carnaval Río 2007.
A continuación, se presenta traducción de los
requisitos más relevantes para la acreditación, cuyo plazo se cerrará el
próximo 22 de enero de 2007.
"Art. 10º- La solicitud de acreditación de
profesionales de prensa extranjera obedecerá el siguiente procedimiento,
bajo la coordinación del Directorio de Marketing de RIOTUR, de acuerdo
con las determinaciones de la Comisión de Acreditaciones de
Profesionales de Comunicación y Afines.
I. Para los profesionales residentes en el país, será
necesario:
a) Solicitud dirigida al Directorio de Marketing de
RIOTUR, por intermedio del e-mail mailto:credint.riotur@pcrj.rj.gov.br
credint.riotur@pcrj.rj.gov.br, hasta el día 29 de diciembre de 2006.
b) Luego de efectuada la solicitud, enviar hasta el 5
de enero de 2007, relación nominal, con las respectivas necesidades
operacionales; 2 (dos) fotos, tamaño 5x7, recientes e iguales, con
nombre y apellido escritos al dorso y el CPF; además de la fotocopia
actualizada de carné de periodista emitida por el Ministerio de
Relaciones Exteriores y el número de contribuyente de la empresa,
equivalente al CNPJ brasileño.
II. Para los profesionales de la prensa extranjera no
residentes en el país, enviados especialmente para la cobertura del
Carnaval de 2007, será necesario:
a) Solicitud dirigida al Directorio de Marketing de
RIOTUR, por medio del e-mail credint.riotur@pcrj.rj.gov.br, hasta el día
22 de enero de 2007.
b) Después de concedida la solicitud, enviar hasta el
2 de febrero de 2007, relación nominal, con las respectivas necesidades
operacionales, 2 (dos) fotos tamaño 5x7, recientes e iguales, con nombre
y apellido y la identificación de la empresa de comunicación al dorso,
fotocopia legible de las páginas del pasaporte donde constan la
cualificación personal y el sello de entrada en el país, cuando exigido,
además de la visa para el ejercicio de actividades profesionales en su
estadía en el país, fotocopia legible del documento de periodista con
validez internacional y el número de contribuyente de la empresa,
equivalente al CNPJ brasileño (o RUC uruguayo).
III. Tratándose de profesionales brasileños que
ejerzan la función de corresponsal o empleado de empresa de comunicación
extranjera, será exigida la presentación de los mismos documentos y
habilitación relativos a la prensa nacional, en los términos de la
Legislación en vigor.
IV. RIOTUR se reserva el derecho de promover los
levantamientos de datos que juzgue necesario, inclusive ante las
autoridades diplomáticas y consulados,
para la constatación de aptitud profesional de
cualquier solicitante.
V. RIOTUR no considerará solicitudes de acreditación
individual de corresponsales extranjeros, debiendo cada solicitante
comprobar el ejercicio de actividad periodística para alguna empresa, a
través de solicitud formal de la empresa a la cual estén vinculados.
VI. Para el ciudadano brasileño que detente el
derecho a doble nacionalidad, por fuerza de la Legislación
internacional, prevalecerá la nacionalidad brasileña para el juzgamiento
del pedido de acreditación.
Párrafo primero – En todos los pedidos deberá constar
el material publicado del último Carnaval para el cual obtuvo la
acreditación.
Párrafo segundo – RIOTUR podrá negar los pedidos a
empresas de comunicación que tengan, en cualquier tiempo, publicado
material ofensivo a la fiesta y/o a la Ciudad de Río de Janeiro,
respetándose, evidentemente, el derecho a la libertad de prensa.
Párrafo tercero – No se aceptará ninguna
documentación enviada por fax.
Art. 11º En lo que se refiere a las publicaciones
alternativas que tengan periodicidad o tiraje regular, o, aún, que estén
solicitando acreditación por primera vez, los pedidos serán analizados
por la Comisión de Acreditación de Profesionales de Comunicación y
Afines, llevando en consideración el tiraje de la publicación, el
alcance del vehículo y la cobertura efectuada durante todo el año del
evento, reservándose a la Comisión el derecho de no acreditar cualquier
publicación que, a su criterio, no esté vinculado a la divulgación del
evento o no esté de acuerdo con los padrones habitualmente adoptados y
considerados aptos.
Párrafo primero – El Gobierno de la ciudad de Río de
Janeiro tendrá disponible en su sitio web informaciones y fotos, en
tiempo real de los desfiles carnavalescos, que podrán ser utilizadas por
los medios de comunicación, garantizando los respectivos créditos,
facilitando el acceso de los vehículos al material informativo y
contribuyendo para la racionalización de la acreditación de los
profesionales.
Párrafo segundo – No serán aceptados los pedidos de
acreditación de programas independientes de radio o TV.
Párrafo tercero – La Comisión de Acreditación de
Profesionales de Comunicación y Afines informará a las empresas
interesadas los pedidos que sean denegados.
Art. 12º Todas las empresas de Comunicación
acreditadas deberán enviar, posteriormente, a RIOTUR y a LIESA el
material original publicado sobre el Carnaval 2007 a ser cubierto por
las mismas.
Art. 13º El no cumplimiento de cualquier norma de
este Reglamento implicará en la anulación de la credencial, si ésta fue
emitida, o en la cancelación del pedido de la misma.
Art 14º. En la hipótesis de que alguna solicitud de
acreditación sea negada, podrá presentarse recurso dirigido a RIOTUR, en
el plazo de 3 (tres) días útiles, a partir de la notificación por parte
de ASCOM, debiendo la decisión final ser pronunciada en el mismo plazo,
por la Comisión de Acreditación de Profesionales de Comunicación y
afines, conforme la hipótesis.
Art. 15º Los casos omisos serán evaluados por la
Comisión de Acreditación y enviados para superior decisión de la
Presidente de RIOTUR y Presidente de la LIESA.
Art. 16º El presente Decreto entra en vigor en la
fecha de su publicación, derogadas las disposiciones en contrario. Río
de Janeiro, 23 de noviembre de 2006.
Los documentos solicitados en el inciso II, punto "b"
deberán ser enviados a la siguiente dirección:
RIOTUR - Empresa de Turismo do Municipio do Río de
Janeiro - Assessoria de Marketing
Rua da Assembléia, 10 - 9º andar - Centro
Cep 20011-901 - Rio de Janeiro - RJ Brasil
Tel.: (005521) 2217.7575 |