20/04/07


NUEVO SISTEMA TRIBUTARIO EN EL BPS
El BPS ha trabajado en forma conjunta con la DGI -bajo la coordinación del Ministerio de Economía y Finanzas- en la implementación de la recaudación de IRPF y también en otros aspectos del nuevo sistema tributario (NST) con dicho Ministerio (contribuciones especiales de seguridad social: exoneraciones, monotributo, unificación de tasas de aportes jubilatorios patronales, etc.).

Durante los meses de febrero y marzo, se dio un proceso de discusión y redefinición del rol oportunamente asignado, sobre el cual se había avanzado en la implementación.

El día viernes 23 de marzo se firmó un acuerdo Interinstitucional entre la DGI y el BPS, con la presencia de las máximas autoridades del MEF, en el que quedó documentado el rol definitivo que desempeñará BPS, especialmente a través de ATyR.

En ese sentido, consideramos importante resumir ahora los aspectos fundamentales de impacto en el BPS:

I) Impuesto a las Rentas de las Personas Físicas (IRPF)

La introducción de este Impuesto es uno de los objetivos del NST y se le ha asignado a su implantación, particular trascendencia.

En el BPS el impacto se ve reflejado en tres roles diferentes.

Rol de agente recaudador de anticipos

Dicho rol consiste en:

Recolección y procesamiento de información de nóminas con montos imponibles para IRPF. Esta información será recabada junto con la proporcionada a efectos de la recaudación de las contribuciones especiales de seguridad social. BPS distribuirá un nuevo software que permitirá incorporar nuevos conceptos (gravados sólo para IRPF).

Recolección y procesamiento de información de deducciones. Las empresas deberán suministrarle al BPS la información correspondiente a las deducciones que le hayan declarado sus trabajadores. BPS distribuirá el software específico necesario para presentar la información requerida.

Cálculo del IRPF. Se efectuará el cálculo correspondiente al anticipo del impuesto persona por persona, determinándose el monto a pagar por cada empresa.

Multi-ingreso. En los casos de personas con múltiples fuentes de ingreso, ATyR recibirá, a partir del mes de cargo octubre/2007, la información correspondiente que permita procesar la opción de no aplicación del mínimo no imponible, realizada por los trabajadores activos ante su empleador. 

Emisión de factura. Se emitirá una factura independiente para IRPF. Esto significa que ante la presentación de la nómina se emitirán dos facturas una por las obligaciones de seguridad social y otra por IRPF. Se podrán emitir facturas por IRPF por cualquier mes de cargo, exista o no secuencia de pagos.

Pago. Las empresas podrán efectuar el pago de la factura por IRPF en la red de cobranzas del BPS. También podrán hacerlo en la red de cobranzas de DGI, pero para ello deberán llenar el formulario de pago que la DGI determine. La información de los pagos realizada en la red de DGI, no será remitida a BPS.

Certificados. No se controlará IRPF para la emisión de los certificados expedidos por BPS.

Gestión de Cobro. No se realizarán gestiones de cobro por el IRPF, por parte de BPS. Responsabilidad: DGI.

Fiscalización. BPS no fiscalizará el anticipo del impuesto. Responsabilidad: DGI

Transferencia de Información. Se deberá transferir información de la recaudación diaria realizada a nivel de empresa, así como información mensual por empresa y trabajador, de BPS a DGI.

b) Rol de agente de retención en las prestaciones brindadas por el Organismo

BPS como prestador de jubilaciones y pensiones, deberá actuar como agente de retención de los anticipos de IRPF correspondientes a los beneficiarios de las prestaciones gravadas por el impuesto.

c)      Rol de agente de retención como empleador

También deberá actuar como agente de retención de los anticipos respecto de las remuneraciones pagadas a sus funcionarios, y posteriormente informar y pagar las obligaciones correspondientes a través de ATyR.

II) Contribuciones especiales de seguridad social

Monotributo

La ley introduce importantes modificaciones en el alcance del monotributo, permitiendo determinado tipo de integraciones pluripersonales,  la existencia de establecimientos instalados, los emprendimientos productivos,  la posibilidad de compatibilidad de actividad en jubilados de industria y comercio de menores recursos,  siempre dentro de una serie de condiciones que delimitan esta opción para emprendimientos de reducidas dimensiones económicas y locativas.

b) Eliminación de exoneraciones

Se ha dispuesto una masiva eliminación de exoneraciones, con excepción de las que específicamente establece la norma. Algunas de ellas, de aplicación  gradual.

Ello significa un importante trabajo de análisis, tanto técnico como de gestión, a efectos de poder canalizar adecuadamente este impacto respecto de las empresas afectadas por esta eliminación.

c) Unificación de tasas de aportes patronales jubilatorios

La norma también dispone la unificación de tasas de aportes patronales jubilatorios, con la excepción de ciertos organismo públicos, lo que también alcanza la adecuación de las tasas de aporte unificado a la construcción así como la contribución patronal rural.

III) Comunicación, información, capacitación

La estrategia comunicacional ya se ha lanzado el pasado lunes 9 y está liderada por el MEyF., realizándose coordinadamente por los tres organismos: el Ministerio de Economía y Finanzas, DGI y BPS.

Ello también significa un proceso con fuerte contenido técnico a efectos de la definición de la campaña informativa, hasta la formación de funcionarios y becarios para la atención al público vía presencial o telemática, masiva y  especializada, entre otras múltiples actividades en todo el país y en todos los sectores involucrados, que se irá desarrollando en el corto plazo.

Conclusión

Dado el escaso tiempo remanente para la entrada en vigencia del NST es necesario, una vez más, que los funcionarios del BPS redoblen los esfuerzos para cumplir en tiempo y forma con la trascendente tarea que se nos ha encomendado. La misma es una excepción a nivel internacional y un reconocimiento a nuestro instituto de seguridad social, ya que se ha considerado necesaria nuestra participación para la obtención de los mejores resultados para la gente: por nuestra capacidad de gestión, humana, tecnológica y por nuestra capacidad de relacionamiento social.

En particular, sabemos que va a impactar en el normal funcionamiento de ATyR, pero también de sucursales y agencias, en Prestaciones, etc.. Será otro desafío, entonces, minimizar dichos impactos en beneficio de todos nuestros usuarios.

Confiamos plenamente en que el equipo humano profesional, eficiente y comprometido con el que contamos en BPS, va a llevar adelante coordinadamente, con nuestra responsabilidad como organización en lo que corresponde y con el liderazgo de dicho Ministerio, la implantación del Nuevo Sistema Tributario, y esto también nos ha sido trasmitido por el propio Ministro de Economía y Finanzas, así como por las nuevas autoridades de la Dirección General Impositiva.

© 2006 PRESIDENCIA - República Oriental del Uruguay | Derechos Reservados