SE APRUEBA EL REGLAMENTO DE LA LEY DE ENVASES
El Poder Ejecutivo aprobó el decreto reglamentario
de la ley de Uso de Envases No Retornables, generalmente denominada Ley
de Envases.
Los 21 artículos que lo conforman están contenidos en el Decreto
260/007, publicado en el día de hoy en el Diario Oficial.
El articulado completo puede ser consultado en
www.mvotma.gub.uy
La Ley de Uso de Envases No Retornables (Nº 17.849) fue aprobada en
noviembre de 2004 como instrumento para "promover la reutilización, el
reciclado y demás formas de valorización de los residuos de envases, con
la finalidad de evitar su inclusión como parte de los residuos sólidos
comunes o domiciliarios".
A fines del año 2005, el Ministerio inició un proceso participativo
para elaborar la propuesta de reglamentación de la Ley instaurando un
Grupo de Trabajo integrado por dueños de marca, importadores, empresas
recicladoras, ONG’s, clasificadores y representantes del gobierno
nacional y local.
En el transcurso del 2006 se trabajó arduamente en el análisis de las
formas de implementación de los sistemas de valorización de envases,
considerando los aspectos ambientales, sociales y económicos.
Con la aprobación del Reglamento, la Ley de Envases ingresa en una
nueva y definitiva etapa.
Los diferentes artículos contenidos en él refieren a su ámbito de
aplicación, a las obligaciones y responsabilidades del MVOTMA, de los
propietarios de marca y de los importadores de productos envasados.
Con respecto a los planes de gestión, reglamenta su aprobación,
pautas, contenidos, integración y límite de operación.
También define la inscripción de los envasadores para terceros, de
los fabricantes e importadores de envases, los plazos de aplicación,
datos de inscripción y registro; detalla las obligaciones,
responsabilidades y exoneraciones de los comerciantes, intermediarios y
grandes superficies, así como de las empresas recicladoras.
Los artículos finales refieren a información y contralor, al rol de
los gobiernos departamentales, se detalla la conformación de la Comisión
de Seguimiento, y se informa sobre los incumplimientos, las sanciones y
multas previstas. |