Sortean cargos de peones eventuales para obras
públicas
Los próximos días lunes 8, martes 9
y miércoles 10 de octubre el Ministerio de Transporte y
Obras Públicas realizará el sorteo de las personas que
integrarán la nómina de mano de obra eventual a la que
recurrirá de acuerdo a sus necesidades.
Los resultados se
conocerán a partir del 24 de octubre del corriente. El
lunes 8, a las 10 horas, se realizarán los sorteos en
los departamentos de Flores, San José, Lavalleja, y
Montevideo y a las 17 horas en los departamentos de
Florida, Colonia y Maldonado.
El martes 9, a las
9 horas, se procederá a sortear los puestos de trabajo
en el departamento de Paysandú; a las 10 horas en
Soriano, Cerro Largo y Durazno; y a las 17 horas en Río
Negro, Treinta y Tres, Tacuarembó y Salto.
El miércoles 10, a
las 10 horas, se harán los sorteos en los departamentos
de Artigas y Rocha; a las 14 en Canelones y a las 16 en
Rivera.
En Montevideo, el
resultado del sorteo aparecerá en la página web del
MTOP www.mtop.gub.uy y en el hall del edificio EDIR,
Rincón 575 P.B, a partir del 24 de octubre.
En Soriano y Cerro
Largo el resultado estará disponible en dependencias de
la Regional de la Dirección Nacional de Vialidad en las
ciudades capital de Mercedes y Melo. En los
departamentos restantes, estarán en las respectivas
Juntas Departamentales o donde determinen las
Comisiones de Trabajo correspondientes.
La retribución
mensual será de $ 7.050 nominales, más beneficios
sociales o en régimen de jornalero cuando corresponda.
El sorteo contempla un máximo de 500 aspirantes a ser
tenidos en cuenta en Montevideo, así como un 10% del
total de inscriptos en cada departamento del interior.
Los ciudadanos
ingresarán como personal eventual y prestarán funciones
vinculadas a proyectos u obras concretas; cesarán una
vez finalizados los trabajos para los que fueron
convocados o vencido el plazo de la contratación, la
cual fue establecida en un año, con opción de prórroga
por un segundo año.
En oportunidad de
proceder al ingreso, se convocará de acuerdo con lo
dispuesto en el Artículo 9º de la Ley Nº 10459 de 14 de
diciembre de 1943 (90% con familia a cargo y 10% sin
familia a cargo) conforme con las nóminas sorteadas. |