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21 de noviembre, 2007

Ley de Humanización de Cárceles

En dos años el 82% de los beneficiados por esta norma se reinsertó plenamente a la sociedad
El informe del Ministerio del Interior, que evalúa los dos años de vigencia de la Ley de Humanización de Cárceles, subraya que el índice de reincidencia de los favorecidos por esa normativa, es del 18 %. Además, se duplicó la cantidad de reclusos con actividades laborales y académicas, con 3.102 personas privadas de su libertad que estudian o trabajan, gracias al instituto de redención de penas.

Asimismo, el Informe consigna que la transformación del Sistema Penitenciario continuará, después de los resultados de la Comisión que estudia la situación del actual sistema carcelario, que será elevado al Consejo Nacional de Política Penitenciaria, encargado de la evaluación y seguimiento de los logros obtenidos, cuyo objetivo es la unificación administrativa de todos los establecimientos carcelarios en una misma jurisdicción, fuera de la órbita policial.

El Informe, agrega que el Ministerio del Interior, solucionó casi la totalidad de las recomendaciones realizadas por el Comisionado Parlamentario para el Sistema Carcelario. Se indica que sin la Ley de Humanización de Cárceles, la cantidad de personas privadas de libertad superaría las 8 mil personas, según datos emanados del Observatorio de Violencia y Criminalidad.

Al amparo de la Ley de Humanización de las Cárceles, se liberaron 827 personas, reincidiendo tan solo el 18 %, unas 151 personas. Estos números se alejan del índice de reincidencia del resto del Sistema Penitenciario, que ronda el 55 %. Actualmente, 1126 reclusos trabajan y 1976 estudian.

Las experiencias laborales destacadas durante este proceso, incluyen una cooperativa de trabajo y producción, dedicada a la elaboración de panificados, permitiendo generar empleo a 20 reclusos, como también la creación de cooperativas de producción de artesanías, experiencia que se lleva adelante en la cárcel de mujeres. Esta norma permite acentuar la participación de 68 reclusas que perciben ingresos por sus actividades laborales.

El Sistema Penitenciario tiene 7.213 reclusos, con una capacidad locativa de 5100 plazas, situación considerada crítica en el ámbito internacional. Se indica en el informe, los avances realizados en materia edilicia, con el reciclaje del Penal de Libertad con la rehabilitación de 800 plazas, la construcción de 240 nuevas plazas de seguridad mínima en el COMCAR, además de las 40 plazas de máxima seguridad construidas en este centro de reclusió.

 

Apuntes acerca de la política carcelaria

A dos años de la aprobación de la ley 17.897 de humanización y modernización del sistema carcelario

La preocupación del actual gobierno por el estado en que se encuentra el sistema carcelario y los ciudadanos privados de libertad fue planteada por el presidente de la República, Tabaré Vázquez, en su discurso de asunción del mando el 1º de marzo de 2005, cuando declaró el estado de emergencia humanitaria en todos los establecimientos carcelarios del país.

"La grave situación existente en las cárceles y la falta de atención a las víctimas del delito, nos determina declarar, a partir del día de hoy, el estado de emergencia humanitaria en todo el país", sostuvo el presidente Vázquez, en la explanada del Palacio Legislativo.

La voluntad política del gobierno en mejorar la situación carcelaria tuvo su marco jurídico a partir del 14 de setiembre de 2005 cuando el parlamento aprobó la ley 17.897 conocida como "Ley de humanización y modernización del sistema carcelario" y se concretó en el diseño de un plan en tres fases para la transformación del sistema carcelario y en la ejecución de acciones que favorecieron la modernización y humanización del sistema carcelario.

Las acciones y estrategias desarrolladas desde entonces para implementar el proceso de modernización y humanización ha recibido una positiva evaluación del organismo de control de nuestro sistema penitenciario, el Comisionado Parlamentario. Según sus informes el Ministerio del Interior ha dado cumplimiento a casi la totalidad de recomendaciones y observaciones formuladas.

Características actuales del sistema penitenciario

Uruguay es un país con bajos índices delictivos y de violencia, lo que se demuestra por su baja tasa de 6 homicidios cada 100.000 habitantes.

Hasta el año 1971 nuestro sistema penitenciario dependía del Ministerio de Educación y Cultura, habiendo sido trasladada la competencia a partir de esa fecha al Ministerio del Interior, por razones políticas previas a la dictadura militar.

Actualmente todos los establecimientos de reclusión dependen del Ministerio del Interior.

Siete establecimientos que reúnen más de la mitad de la población reclusa están ubicados en la zona metropolitana, dependen de la Dirección Nacional de Cárceles.

Diecinueve centros penales ubicados en el interior del país dependen de las Jefaturas Departamentales de Policía y el Centro Nacional de Rehabilitación que depende directamente de la Secretaría del Ministerio del Interior.

Al 30 de agosto de 2007 nuestra población reclusa ascendía a 7202 personas, ubicando a Uruguay entre los países con mayor tasa de prisionización de la región (217 cada 100.000 habitantes) según las estadísticas de ILANUD y el Centro Internacional de Estudios Penitenciarios de la Universidad de Londres.

Actualmente son 7.231 los ciudadanos privados de libertad.

La capacidad locativa del sistema se compone de 5100 plazas, por lo que la tasa de densidad penitenciaria es de 142 (por cada 100 plazas, esto es; presos/plazas, x 100), calificándose la misma como crítica según los parámetros internacionalmente.

El porcentaje de personas procesadas sin condena asciende al 63%, habiéndose registrado una leve mejoría de este guarismo en los últimos años, pero siendo el mismo aún inaceptable, y consecuencia del obsoleto procedimiento penal de nuestro país.

Del total de personas privadas de libertad 453 son mujeres (6%), de las cuales 293 se alojan en el establecimiento de reclusión femenino de Montevideo y 160 en anexos de establecimientos masculinos en el interior del país.

Los sustentos de la ley

Con la aprobación de la ley 17.897 de "humanización y modernización del sistema carcelario", se buscó superar la política criminal de la última década que se orientó a implementar reformas legislativas de corte punitivo pero omitió desarrollar una estrategia institucional que controlara la densidad carcelaria y minimizara las consecuencias del encierro. Esa situación provocó el colapso del sistema penitenciario.

La norma procuró establecer un equilibrio entre el principio de mantenimiento de las garantías, el cumplimiento de una pena en condiciones dignas y una articulación de las necesidades de tutela de los ciudadanos en todos los niveles de la escala social.

La ley 17.897 persigue el paradigma de la nueva política criminal de Estado emplazada a decantar los efectos estigmatizantes de la pena, y reorientando las intervenciones institucionales, hacia la protección de los Derechos Humanos, mejorando las chances de rehabilitación de las personas que han delinquido y por ende impactando positivamente en la seguridad de todos y todas los uruguayos.

Para lograr esos objetivos, la ley estableció un conjunto de medidas, orientadas a mejorar las condiciones humanitarias, el sistema de libertades y la jerarquización de determinadas instituciones, dando el puntapié inicial a un cambio de concepción en la política criminal del Estado uruguayo, haciendo partícipes en su elaboración a todos los operadores del sistema penal y penitenciario.

Fases para la transformación

Al mismo tiempo, se definió un plan en tres grandes fases para la reforma del sistema penitenciario nacional:

  1. 1era. fase: Humanización y dignificación de las condiciones de reclusión y de las condiciones laborales de los funcionarios/as, en particular lo que refiere al alojamiento, alimentación y atención médica.
     

  2. 2da. fase: Unificación del sistema carcelario procurando ubicar a todos los establecimiento bajo la misma jurisdicción (DNC) y puesta en funcionamiento de una única política penitenciaria a nivel nacional.

El Ministerio del Interior se encuentra elaborando un plan de acción para el gradual pasaje de los establecimientos penitenciarios que actualmente dependen de las Jefaturas de Policía a la órbita de la DNC. Este plan será presentado a un organismo de reciente creación el CONSEJO NACIONAL DE POLITICA PENITENCIARIA (MI, DNC, Centro Nacional de Rehabilitación (CNR), PNEL, COMISIONADO PARLAMENTARIO PARA EL SISTEMA CARCELARO, ONGs dedicadas a la promoción de los DDHH), para su evaluación y seguimiento.

Así mismo se han producido avances significativos en la unificación de la política penitenciaria (reglamento disciplinario, manual informativo de derechos, aplicación de la redención de la pena, revisión en curso de los planes y programas de la Escuela Penitenciaria, etc.)

  1. 3era. fase: Puesta en funcionamiento de un servicio penitenciario nacional fuera de la órbita policial, considerando al proyecto del ex diputado Daniel Díaz Maynard como el buque insignia en la materia.

Para efectivizar esta tercera fase se trabajará en estrecha coordinación con el programa de Reforma del Estado de la Presidencia de la República.

Avances concretados a dos años

de la aprobación de la ley de 17.897

  • Por medio de la Ley 17.897 se liberaron 827 personas, de las cuales reincidieron 151, lo que implica un índice de reincidencia del 18 %. La tasa media de reincidencia actual se sitúa en un 55 %.

  • Se fortaleció el Patronato Nacional de Encarcelados y Liberados (PNEL) y a los Patronatos departamentales, tanto como recursos materiales como humanos. Los patronatos departamentales funcionan en los 19 departamentos. La ley habilitó a reforzar el PNEL con hasta 20 pases en comisión de fuera del Ministerio del Interior.

  • El instituto de redención de pena por trabajo y estudio creado por el artículo 13 de la ley fue reglamentado por el decreto 225 del 13 julio de 2006.

  • La redención de la pena se encuentra en funcionamiento en todos los establecimientos penitenciarios del país, y 3.102 personas privadas de libertad se encuentran redimiendo pena por trabajo o por estudio.

    En 2004, eran 1.538 los reclusos que trabajaban o estudiaban.

    Por la aplicación retroactiva de la redención varias personas ya han obtenido su libertad.

    2004

    2005

    2006

    2007

    Reclusos que estudian

    435

    552

    1122

    1126

    Reclusos que trabajan

    1103

    1271

    1612

    1976

    Total

    1538

    1823

    2734

    3102

    Actualmente hay docentes en los 26 establecimientos de reclusión del país.

    Algunas experiencias en las que trabajan los reclusos

  • · Panadería de la Tablada (cooperativa de trabajo y producción, que da ocupación e ingresos a veinte reclusos)

  • · Emprendimiento de producción de alimento para mascotas en COMCAR.

  • · Emprendimiento de producción de elementos de caucho en COMCAR.

  • · Cooperativa "Alternativa femenina" de producción de artesanías en la cárcel de mujeres.

  • · Talleres de capacitación a cargo de SERPAJ en la cárcel de mujeres, donde se están formando 9 reclusas en el diseño y confección de vestimenta industrial.

  • · Por medio de convenios hay reclusas que trabajan en el Estado (dos lo hacen en el Correo, otras dos se incorporarían a la brevedad y está a estudio la realización de pasantías como cocineras en INAU reclusas que han sido capacitadas).

  • · Hay 68 reclusas están percibiendo ingresos por trabajo.

  • · 30 de ellas trabajan en la cárcel prestando servicios para afuera en 3 emprendimientos, 3 prestan tareas en un lavadero primavera y otras 3 con salidas autorizadas para trabajar.

    • La ley estableció en el artículo 14 la obligatoriedad de contratar un 5 % de liberados de la Bolsa de trabajo del PNEL en todas las licitaciones de obras y servicios públicos. Para optimizar la aplicación de esta norma, se reglamentó su aplicación a través del decreto 226 de fecha 14 de julio de 2006.

      Treinta personas liberadas han sido beneficiadas por esta norma.
       

    • Las Comisiones para la reforma del Código Penal y del Proceso Penal creadas por los artículos 21 y 22 de la ley, se encuentran en funcionamiento y presididas en representación del Poder Ejecutivo por los Profesores Milton Cairoli y Dardo Preza respectivamente.

    • Durante los primeros meses de funcionamiento sesionaron en el Ministerio del Interior, y en la actualidad lo hacen en una sala del Senado. Para fin de año se espera contar con anteproyectos en cada una de las comisiones a ser presentados ante la Asamblea General.

    • En relación a la prisión domiciliaria para mayores de 70 años, personas enfermas y mujeres embarazadas, día a día aumenta el número de personas beneficiadas y el Ministerio del Interior elaboró un decreto reglamentario al respecto.

    • La ley también creó el Centro de Atención a las Víctimas de la violencia y el delito que tiene por objetivo atender y proteger a quienes han padecido violencia y delitos.

    Otras acciones realizadas sobre el sistema penitenciario

    Además de los procesos que se desarrollaron a partir de la aprobación de la ley 17.897, la política carcelaria que desarrolla el Ministerio del Interior se concretó en otras acciones tendientes a la modernización y humanización del sistema carcelario.

    Entre el 14 y el 31 de agosto de 2007, fueron trasladados 154 reclusos a cárceles del interior, medida con la que se procuró atenuar la superpoblación de los complejos carcelarios dependientes.

    Se construyeron 240 nuevas plazas carcelarias de mínima seguridad en el predio del COMCAR.

    Se proyectó el reciclaje del edificio principal del penal de Libertad, rehabilitando casi 800 nuevas plazas que se entregarán en los primeros días de noviembre.

    También se proyectó una unidad de alta seguridad para 40 personas, que se edificará dentro del predio del penal de Libertad, que se espera concretar en los próximos años de gobierno.

    Buscando mejorar las condiciones de trabajo de los funcionarios que se desempeñan en el sistema carcelario se inauguró una nueva policlínica para ellos que será inaugurada esta semana.

    Consideraciones finales

    Los técnicos a cargo de la ejecución de la política carcelaria del Ministerio del Interior y el Comisionado Parlamentario para el sistema carcelario –entidad que funciona como mecanismo de control- han evaluado positivamente lo realizado en los últimos tiempos.

    Según los informes del Comisionado Parlamentario, el Ministerio del Interior ha dado cumplimiento a casi la totalidad de recomendaciones y observaciones formuladas. Recientemente, el Comisionado Parlamentario ha comentado públicamente su visión positiva de centros de reclusión del interior del país, concretamente la cárcel de Salto.

    Técnicos del Ministerio del Interior, estimaron que de no haberse aprobado la ley 17.897 que permitiera las libertades que habilitó la norma y el impacto de otras disposiciones (arresto domiciliario, la derogación o modificación de algunos tipos penal, etc.) al momento la cantidad de personas privadas de libertad tendría valores próximos a los 8000, (según datos del Observatorio Nacional sobre Violencia y Criminalidad del Uruguay).

    Consideran que el sistema penal requiere aún cambios estructurales profundos, pero estiman que difícilmente podrá prosperar alguna iniciativa sin variar el pensamiento jurídico dominante, sin reconstruir el proceso de selección de personas y conductas y sin reivindicar a la persona privadas de libertad como sujeto de derecho.

    Para los técnicos, es cada vez más necesario transitar por mayores espacios de libertad, procurando la contención de conductas ilícitas a través de mecanismos institucionales alternativos, y solo recurriendo a la instancia dura de control social - la cárcel- para casos extremos donde se afecten bienes jurídicos de incuestionable relevancia y valor social.

    Para los actores responsables de la política penitenciaria, abordar la crisis del sistema penitenciario implica la búsqueda de una solución consensuada entre los diversos operadores políticos, jurídicos y sociales. Se trata de encontrar una política criminal de Estado que trascienda la administración del gobierno de turno, la apuesta apunta a promover políticas integrales frente al delito y no continuar reaccionando solamente por medio de los sistemas de justicia penal.

    En esa dirección, el Estado procura decantar el "discurso reductor del encierro" y reservar la institución carcelaria para aquellos casos en que no exista posibilidad de cumplir penas alternativas o se lesionen o pongan en peligro los bienes jurídicos fundamentales que institucionalmente deben protegerse.

    Los técnicos son concientes de que aun queda mucho por hacer, por mejorar y por dignificar en las condiciones de reclusión, pero tienen la convicción de que se han dado pasos fundamentales en procura de hacer realidad el respeto y cumplimiento de los derechos humanos de los hombres y mujeres privados de libertad en el Uruguay, y que la ley de humanización del sistema carcelario, constituyó solamente una herramienta para comenzar a trabajar y el disparador de un proceso de humanización y dignificación del nuestro sistema penitenciario que puede y debe mantenerse y profundizarse.