Ley de Humanización de Cárceles
En dos años el 82% de los
beneficiados por esta norma se reinsertó plenamente a
la sociedad
El informe del Ministerio del
Interior, que evalúa los dos años de vigencia de la Ley
de Humanización de Cárceles, subraya que el índice de
reincidencia de los favorecidos por esa normativa, es
del 18 %. Además, se duplicó la cantidad de reclusos
con actividades laborales y académicas, con 3.102
personas privadas de su libertad que estudian o
trabajan, gracias al instituto de redención de penas.
Asimismo, el Informe consigna que la
transformación del Sistema Penitenciario continuará,
después de los resultados de la Comisión que estudia la
situación del actual sistema carcelario, que será
elevado al Consejo Nacional de Política Penitenciaria,
encargado de la evaluación y seguimiento de los logros
obtenidos, cuyo objetivo es la unificación
administrativa de todos los establecimientos
carcelarios en una misma jurisdicción, fuera de la
órbita policial.
El Informe, agrega que el Ministerio
del Interior, solucionó casi la totalidad de las
recomendaciones realizadas por el Comisionado
Parlamentario para el Sistema Carcelario. Se indica que
sin la Ley de Humanización de Cárceles, la cantidad de
personas privadas de libertad superaría las 8 mil
personas, según datos emanados del Observatorio de
Violencia y Criminalidad.
Al amparo de la Ley de Humanización
de las Cárceles, se liberaron 827 personas,
reincidiendo tan solo el 18 %, unas 151 personas. Estos
números se alejan del índice de reincidencia del resto
del Sistema Penitenciario, que ronda el 55 %.
Actualmente, 1126 reclusos trabajan y 1976 estudian.
Las experiencias laborales
destacadas durante este proceso, incluyen una
cooperativa de trabajo y producción, dedicada a la
elaboración de panificados, permitiendo generar empleo
a 20 reclusos, como también la creación de cooperativas
de producción de artesanías, experiencia que se lleva
adelante en la cárcel de mujeres. Esta norma permite
acentuar la participación de 68 reclusas que perciben
ingresos por sus actividades laborales.
El Sistema Penitenciario tiene 7.213
reclusos, con una capacidad locativa de 5100 plazas,
situación considerada crítica en el ámbito
internacional. Se indica en el informe, los avances
realizados en materia edilicia, con el reciclaje del
Penal de Libertad con la rehabilitación de 800 plazas,
la construcción de 240 nuevas plazas de seguridad
mínima en el COMCAR, además de las 40 plazas de máxima
seguridad construidas en este centro de reclusió.
Apuntes acerca de la política
carcelaria
A dos años de la aprobación de la
ley 17.897 de humanización y modernización del sistema
carcelario
La preocupación del actual gobierno
por el estado en que se encuentra el sistema carcelario
y los ciudadanos privados de libertad fue planteada por
el presidente de la República, Tabaré Vázquez, en su
discurso de asunción del mando el 1º de marzo de 2005,
cuando declaró el estado de emergencia humanitaria en
todos los establecimientos carcelarios del país.
"La grave situación existente en las
cárceles y la falta de atención a las víctimas del
delito, nos determina declarar, a partir del día de
hoy, el estado de emergencia humanitaria en todo el
país", sostuvo el presidente Vázquez, en la
explanada del Palacio Legislativo.
La voluntad política del gobierno en
mejorar la situación carcelaria tuvo su marco jurídico
a partir del 14 de setiembre de 2005 cuando el
parlamento aprobó la ley 17.897 conocida como "Ley de
humanización y modernización del sistema carcelario" y
se concretó en el diseño de un plan en tres fases para
la transformación del sistema carcelario y en la
ejecución de acciones que favorecieron la modernización
y humanización del sistema carcelario.
Las acciones y estrategias
desarrolladas desde entonces para implementar el
proceso de modernización y humanización ha recibido una
positiva evaluación del organismo de control de nuestro
sistema penitenciario, el Comisionado Parlamentario.
Según sus informes el Ministerio del Interior ha dado
cumplimiento a casi la totalidad de recomendaciones y
observaciones formuladas.
Características actuales del sistema
penitenciario
Uruguay es un país con bajos índices
delictivos y de violencia, lo que se demuestra por su
baja tasa de 6 homicidios cada 100.000 habitantes.
Hasta el año 1971 nuestro sistema
penitenciario dependía del Ministerio de Educación y
Cultura, habiendo sido trasladada la competencia a
partir de esa fecha al Ministerio del Interior, por
razones políticas previas a la dictadura militar.
Actualmente todos los
establecimientos de reclusión dependen del Ministerio
del Interior.
Siete establecimientos que reúnen
más de la mitad de la población reclusa están ubicados
en la zona metropolitana, dependen de la Dirección
Nacional de Cárceles.
Diecinueve centros penales ubicados
en el interior del país dependen de las Jefaturas
Departamentales de Policía y el Centro Nacional de
Rehabilitación que depende directamente de la
Secretaría del Ministerio del Interior.
Al 30 de agosto de 2007 nuestra
población reclusa ascendía a 7202 personas, ubicando a
Uruguay entre los países con mayor tasa de
prisionización de la región (217 cada 100.000
habitantes) según las estadísticas de ILANUD y el
Centro Internacional de Estudios Penitenciarios de la
Universidad de Londres.
Actualmente son 7.231 los ciudadanos
privados de libertad.
La capacidad locativa del sistema se
compone de 5100 plazas, por lo que la tasa de densidad
penitenciaria es de 142 (por cada 100 plazas, esto es;
presos/plazas, x 100), calificándose la misma como
crítica según los parámetros internacionalmente.
El porcentaje de personas procesadas
sin condena asciende al 63%, habiéndose registrado una
leve mejoría de este guarismo en los últimos años, pero
siendo el mismo aún inaceptable, y consecuencia del
obsoleto procedimiento penal de nuestro país.
Del total de personas privadas de
libertad 453 son mujeres (6%), de las cuales 293 se
alojan en el establecimiento de reclusión femenino de
Montevideo y 160 en anexos de establecimientos
masculinos en el interior del país.
Los sustentos de la ley
Con la aprobación de la ley 17.897
de "humanización y modernización del sistema
carcelario", se buscó superar la política criminal de
la última década que se orientó a implementar reformas
legislativas de corte punitivo pero omitió desarrollar
una estrategia institucional que controlara la densidad
carcelaria y minimizara las consecuencias del encierro.
Esa situación provocó el colapso del sistema
penitenciario.
La norma procuró establecer un
equilibrio entre el principio de mantenimiento de las
garantías, el cumplimiento de una pena en condiciones
dignas y una articulación de las necesidades de tutela
de los ciudadanos en todos los niveles de la escala
social.
La ley 17.897 persigue el paradigma
de la nueva política criminal de Estado emplazada a
decantar los efectos estigmatizantes de la pena, y
reorientando las intervenciones institucionales, hacia
la protección de los Derechos Humanos, mejorando las
chances de rehabilitación de las personas que han
delinquido y por ende impactando positivamente en la
seguridad de todos y todas los uruguayos.
Para lograr esos objetivos, la ley
estableció un conjunto de medidas, orientadas a mejorar
las condiciones humanitarias, el sistema de libertades
y la jerarquización de determinadas instituciones,
dando el puntapié inicial a un cambio de concepción en
la política criminal del Estado uruguayo, haciendo
partícipes en su elaboración a todos los operadores del
sistema penal y penitenciario.
Fases para la transformación
Al mismo tiempo, se definió un plan
en tres grandes fases para la reforma del sistema
penitenciario nacional:
-
1era. fase: Humanización y
dignificación de las condiciones de reclusión y de
las condiciones laborales de los funcionarios/as,
en particular lo que refiere al alojamiento,
alimentación y atención médica.
-
2da. fase: Unificación del
sistema carcelario procurando ubicar a todos los
establecimiento bajo la misma jurisdicción (DNC) y
puesta en funcionamiento de una única política
penitenciaria a nivel nacional.
El Ministerio del Interior se
encuentra elaborando un plan de acción para el gradual
pasaje de los establecimientos penitenciarios que
actualmente dependen de las Jefaturas de Policía a la
órbita de la DNC. Este plan será presentado a un
organismo de reciente creación el CONSEJO NACIONAL DE
POLITICA PENITENCIARIA (MI, DNC, Centro Nacional de
Rehabilitación (CNR), PNEL, COMISIONADO PARLAMENTARIO
PARA EL SISTEMA CARCELARO, ONGs dedicadas a la
promoción de los DDHH), para su evaluación y
seguimiento.
Así mismo se han producido avances
significativos en la unificación de la política
penitenciaria (reglamento disciplinario, manual
informativo de derechos, aplicación de la redención de
la pena, revisión en curso de los planes y programas de
la Escuela Penitenciaria, etc.)
-
3era. fase: Puesta en
funcionamiento de un servicio penitenciario
nacional fuera de la órbita policial, considerando
al proyecto del ex diputado Daniel Díaz Maynard
como el buque insignia en la materia.
Para efectivizar esta tercera fase
se trabajará en estrecha coordinación con el programa
de Reforma del Estado de la Presidencia de la
República.
Avances concretados a dos años
de la aprobación de la ley de 17.897
Por medio de la Ley 17.897 se
liberaron 827 personas, de las cuales reincidieron
151, lo que implica un índice de reincidencia del
18 %. La tasa media de reincidencia actual se sitúa
en un 55 %.
Se fortaleció el Patronato Nacional
de Encarcelados y Liberados (PNEL) y a los Patronatos
departamentales, tanto como recursos materiales como
humanos. Los patronatos departamentales funcionan en
los 19 departamentos. La ley habilitó a reforzar el
PNEL con hasta 20 pases en comisión de fuera del
Ministerio del Interior.
El instituto de redención de
pena por trabajo y estudio creado por el artículo
13 de la ley fue reglamentado por el decreto 225
del 13 julio de 2006.
La redención de la pena se
encuentra en funcionamiento en todos los
establecimientos penitenciarios del país, y 3.102
personas privadas de libertad se encuentran
redimiendo pena por trabajo o por estudio.
En 2004, eran 1.538 los reclusos
que trabajaban o estudiaban.
Por la aplicación retroactiva de
la redención varias personas ya han obtenido su
libertad.
|
2004 |
2005 |
2006 |
2007 |
Reclusos que estudian |
435 |
552 |
1122 |
1126 |
Reclusos que trabajan |
1103 |
1271 |
1612 |
1976 |
Total |
1538 |
1823 |
2734 |
3102 |
Actualmente hay docentes en los
26 establecimientos de reclusión del país.
Algunas experiencias en las que
trabajan los reclusos
· Panadería de la Tablada
(cooperativa de trabajo y producción, que da
ocupación e ingresos a veinte reclusos)
· Emprendimiento de
producción de alimento para mascotas en COMCAR.
· Emprendimiento de
producción de elementos de caucho en COMCAR.
· Cooperativa "Alternativa
femenina" de producción de artesanías en la
cárcel de mujeres.
· Talleres de capacitación a
cargo de SERPAJ en la cárcel de mujeres, donde
se están formando 9 reclusas en el diseño y
confección de vestimenta industrial.
· Por medio de convenios hay
reclusas que trabajan en el Estado (dos lo
hacen en el Correo, otras dos se incorporarían
a la brevedad y está a estudio la realización
de pasantías como cocineras en INAU reclusas
que han sido capacitadas).
· Hay 68 reclusas están
percibiendo ingresos por trabajo.
· 30 de ellas trabajan en la
cárcel prestando servicios para afuera en 3
emprendimientos, 3 prestan tareas en un
lavadero primavera y otras 3 con salidas
autorizadas para trabajar.
-
La ley estableció en el artículo
14 la obligatoriedad de contratar un 5 % de
liberados de la Bolsa de trabajo del PNEL en todas
las licitaciones de obras y servicios públicos.
Para optimizar la aplicación de esta norma, se
reglamentó su aplicación a través del decreto 226
de fecha 14 de julio de 2006.
Treinta personas liberadas han
sido beneficiadas por esta norma.
-
Las Comisiones para la reforma
del Código Penal y del Proceso Penal creadas por
los artículos 21 y 22 de la ley, se encuentran en
funcionamiento y presididas en representación del
Poder Ejecutivo por los Profesores Milton Cairoli y
Dardo Preza respectivamente.
-
Durante los primeros meses de
funcionamiento sesionaron en el Ministerio del
Interior, y en la actualidad lo hacen en una sala
del Senado. Para fin de año se espera contar con
anteproyectos en cada una de las comisiones a ser
presentados ante la Asamblea General.
-
En relación a la prisión
domiciliaria para mayores de 70 años, personas
enfermas y mujeres embarazadas, día a día aumenta
el número de personas beneficiadas y el Ministerio
del Interior elaboró un decreto reglamentario al
respecto.
-
La ley también creó el Centro de
Atención a las Víctimas de la violencia y el delito
que tiene por objetivo atender y proteger a quienes
han padecido violencia y delitos.
Otras acciones realizadas sobre el sistema penitenciario
Además de los procesos que se
desarrollaron a partir de la aprobación de la ley
17.897, la política carcelaria que desarrolla el
Ministerio del Interior se concretó en otras acciones
tendientes a la modernización y humanización del
sistema carcelario.
Entre el 14 y el 31 de agosto de
2007, fueron trasladados 154 reclusos a cárceles del
interior, medida con la que se procuró atenuar la
superpoblación de los complejos carcelarios
dependientes.
Se construyeron 240 nuevas plazas
carcelarias de mínima seguridad en el predio del
COMCAR.
Se proyectó el reciclaje del
edificio principal del penal de Libertad, rehabilitando
casi 800 nuevas plazas que se entregarán en los
primeros días de noviembre.
También se proyectó una unidad de
alta seguridad para 40 personas, que se edificará
dentro del predio del penal de Libertad, que se espera
concretar en los próximos años de gobierno.
Buscando mejorar las condiciones de
trabajo de los funcionarios que se desempeñan en el
sistema carcelario se inauguró una nueva policlínica
para ellos que será inaugurada esta semana.
Consideraciones finales
Los técnicos a cargo de la ejecución
de la política carcelaria del Ministerio del Interior y
el Comisionado Parlamentario para el sistema carcelario
–entidad que funciona como mecanismo de control- han
evaluado positivamente lo realizado en los últimos
tiempos.
Según los informes del Comisionado
Parlamentario, el Ministerio del Interior ha dado
cumplimiento a casi la totalidad de recomendaciones y
observaciones formuladas. Recientemente, el Comisionado
Parlamentario ha comentado públicamente su visión
positiva de centros de reclusión del interior del país,
concretamente la cárcel de Salto.
Técnicos del Ministerio del
Interior, estimaron que de no haberse aprobado la ley
17.897 que permitiera las libertades que habilitó la
norma y el impacto de otras disposiciones (arresto
domiciliario, la derogación o modificación de algunos
tipos penal, etc.) al momento la cantidad de personas
privadas de libertad tendría valores próximos a los
8000, (según datos del Observatorio Nacional sobre
Violencia y Criminalidad del Uruguay).
Consideran que el sistema penal
requiere aún cambios estructurales profundos, pero
estiman que difícilmente podrá prosperar alguna
iniciativa sin variar el pensamiento jurídico
dominante, sin reconstruir el proceso de selección de
personas y conductas y sin reivindicar a la persona
privadas de libertad como sujeto de derecho.
Para los técnicos, es cada vez más
necesario transitar por mayores espacios de libertad,
procurando la contención de conductas ilícitas a través
de mecanismos institucionales alternativos, y solo
recurriendo a la instancia dura de control social - la
cárcel- para casos extremos donde se afecten bienes
jurídicos de incuestionable relevancia y valor social.
Para los actores responsables de la
política penitenciaria, abordar la crisis del sistema
penitenciario implica la búsqueda de una solución
consensuada entre los diversos operadores políticos,
jurídicos y sociales. Se trata de encontrar una
política criminal de Estado que trascienda la
administración del gobierno de turno, la apuesta apunta
a promover políticas integrales frente al delito y no
continuar reaccionando solamente por medio de los
sistemas de justicia penal.
En esa dirección, el Estado procura
decantar el "discurso reductor del encierro" y reservar
la institución carcelaria para aquellos casos en que no
exista posibilidad de cumplir penas alternativas o se
lesionen o pongan en peligro los bienes jurídicos
fundamentales que institucionalmente deben protegerse.
Los técnicos son concientes de que
aun queda mucho por hacer, por mejorar y por dignificar
en las condiciones de reclusión, pero tienen la
convicción de que se han dado pasos fundamentales en
procura de hacer realidad el respeto y cumplimiento de
los derechos humanos de los hombres y mujeres privados
de libertad en el Uruguay, y que la ley de humanización
del sistema carcelario, constituyó solamente una
herramienta para comenzar a trabajar y el disparador de
un proceso de humanización y dignificación del nuestro
sistema penitenciario que puede y debe mantenerse y
profundizarse. |