Ley de Tránsito y Seguridad Vial
UNASEV : exhorto ante alarmantes cifras de
accidentalidad
La Unidad Nacional de Seguridad
Vial exhortó a todos los encargados de flotas de
organismos, entes e instituciones del Estado, a la
progresiva puesta en marcha de la campaña de difusión y
concientización en el uso de los elementos de seguridad
que por ley se establecen en forma obligatoria .Al
mismo tiempo, invita a participar en la campaña de
difusión :”En el tránsito vos sos parte de la
solución”.
El integrante de la Comisión
Directiva de la UNASEV, Omar Rodríguez Velazco afirmó
que algunos Entes aún no han dado cumplimiento a esta
reglamentación.
En este sentido, el Art. 30 de Ley
Nacional de Tránsito y Seguridad Vial, obliga a todos
los vehículos a utilizar los proyectores de luz baja
(luces cortas) encendidos en forma permanente. Por su
parte, el Art. 31 de la misma ley, hace obligatorio el
uso del cinturón de seguridad en vías urbanas e
interurbanas, tanto al conductor y pasajeros de
asientos delanteros y a los pasajeros que ocupen
asientos traseros de autos y camionetas como al
conductor y los pasajeros de los asientos delanteros de
los vehículos destinados al transporte de carga. Este
artículo hace extensiva la obligatoriedad al conductor
y eventual acompañante de cabina de vehículos de
transporte de pasajeros y a todos los ocupantes en caso
de vehículos de transporte escolar.
El Art. 32 hace referencia al uso de
señales luminosas o reflectivas, de acuerdo con lo que
determine la reglamentación, en bicicletas y vehículos
de tracción a sangre y en sus conductores. El artículo
siguiente habla de la obligatoriedad del uso del casco
protector para los usuarios de motocicletas que
circulen dentro del ámbito de aplicación de la ley.
La norma también señala que los
transportistas que tengan que adecuar sus vehículos,
tendrán un plazo de hasta seis meses a partir de la
entrada en vigencia de la presente ley.
Desde la UNASEV, se invitó a todos
los organismos e instituciones públicas a participar de
la campaña de difusión bajo el slogan: “En el tránsito
vos sos parte de la solución”.
Rodríguez Velazco explicó que está
comprobado científicamente que el encendido de las
luces cortas, evita entre un 12 y un 15 % la
probabilidad de accidentes de tránsito. Para el
Director de la UNASEV, los accidentes de tránsito en
Uruguay se transformaron en una pandemia de la cual
existe el antídoto en la medida en que la comunidad
participe del tema y se deje de lado aquello de que
todos somos responsables. Explicó que para esta
Administración, el Estado es el responsable y para
cumplir con su responsabilidad dicta dos leyes, una de
creación de la UNASEV como ente regulador y la otra, un
marco normativo vial al que todos los uruguayos nos
tendremos que acoger para circular con la mayor
seguridad vial.
Según cifras de la OMS, Uruguay
ocupa el 9º lugar en traumatismos de los cuales el 80%
son causados por siniestros de tránsito. Para Rodríguez
Velazco, si se hace una proyección, para el 2020,
Uruguay estará en el 3er lugar por lo que se deben
tomar los recaudos para evitarlo.
Quienes incumplan la ley, recibirán
penas administrativas (multas), con la sola excepción
de la sanción para quienes conduzcan alcoholizados,
quienes además de la multa sufrirán de la retención de
la licencia de conducir y se le suspende de los
registros municipales de conductor por el término que
la autoridad lo disponga (entre 6 y 12 meses es lo
habitual, salvo el reincidente que se le retiene por
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