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22 de febrero, 2008

Ley de Tránsito y Seguridad Vial

UNASEV : exhorto ante alarmantes cifras de accidentalidad
La Unidad Nacional de Seguridad Vial exhortó a todos los encargados de flotas de organismos, entes e instituciones del Estado, a la progresiva puesta en marcha de la campaña de difusión y concientización en el uso de los elementos de seguridad que por ley se establecen en forma obligatoria .Al mismo tiempo, invita a participar en la campaña de difusión :”En el tránsito vos sos parte de la solución”.

El integrante de la Comisión Directiva de la UNASEV, Omar Rodríguez Velazco afirmó que algunos Entes aún no han dado cumplimiento a esta reglamentación.

En este sentido, el Art. 30 de Ley Nacional de Tránsito y Seguridad Vial, obliga a todos los vehículos a utilizar los proyectores de luz baja (luces cortas) encendidos en forma permanente. Por su parte, el Art. 31 de la misma ley, hace obligatorio el uso del cinturón de seguridad en vías urbanas e interurbanas, tanto al conductor y pasajeros de asientos delanteros y a los pasajeros que ocupen asientos traseros de autos y camionetas como al conductor y los pasajeros de los asientos delanteros de los vehículos destinados al transporte de carga. Este artículo hace extensiva la obligatoriedad al conductor y eventual acompañante de cabina de vehículos de transporte de pasajeros y a todos los ocupantes en caso de vehículos de transporte escolar.

El Art. 32 hace referencia al uso de señales luminosas o reflectivas, de acuerdo con lo que determine la reglamentación, en bicicletas y vehículos de tracción a sangre y en sus conductores. El artículo siguiente habla de la obligatoriedad del uso del casco protector para los usuarios de motocicletas que circulen dentro del ámbito de aplicación de la ley.

La norma también señala que los transportistas que tengan que adecuar sus vehículos, tendrán un plazo de hasta seis meses a partir de la entrada en vigencia de la presente ley. 

Desde la UNASEV, se invitó a todos los organismos e instituciones públicas a participar de la campaña de difusión bajo el slogan: “En el tránsito vos sos parte de la solución”.

Rodríguez Velazco explicó que está comprobado científicamente que el encendido de las luces cortas, evita entre un 12 y un 15 % la probabilidad de accidentes de tránsito. Para el Director de la UNASEV, los accidentes de tránsito en Uruguay se transformaron en una pandemia de la cual existe el antídoto en la medida en que la comunidad participe del tema y se deje de lado aquello de que todos somos responsables. Explicó que para esta Administración, el Estado es el responsable y para cumplir con su responsabilidad dicta dos leyes, una de creación de la UNASEV como ente regulador y la otra, un marco normativo vial al que todos los uruguayos nos tendremos que acoger para circular con la mayor seguridad vial.

Según cifras de la OMS, Uruguay ocupa el 9º lugar en traumatismos de los cuales el 80% son causados por siniestros de tránsito. Para Rodríguez Velazco, si se hace una proyección, para el 2020, Uruguay estará en el 3er lugar por lo que se deben tomar los recaudos para evitarlo.

Quienes incumplan la ley, recibirán penas administrativas (multas), con la sola excepción de la sanción para quienes conduzcan alcoholizados, quienes además de la multa sufrirán de la retención de la licencia de conducir y se le suspende de los registros municipales de conductor por el término que la autoridad lo disponga (entre 6 y 12 meses es lo habitual, salvo el reincidente que se le retiene por 24). 

   
 
  Omar Rodríguez Velazco