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2 de abril, 2008

Gobierno acatará los fallos de la Justicia

Murro realizó una cronología de impuestos que gravan los salarios
El Presidente del Banco de Previsión Social, Ernesto Murro se refirió al tema de la aplicación del IRPF a las pasividades. En este sentido, el jerarca indicó que, cuando se habla del impuesto a los jubilados, se debe aclarar que el IRPF se aplica sólo a un 20% del sector ya que al resto no se le retiene un solo peso.

Murro realizó una cronología de los hechos que comenzaron con el Impuesto a las Retribuciones Personales (IRP) y continuaron a partir del 1º de julio de 2007 con la puesta en marcha del Impuesto a la Renta de las Personas Físicas (IRPF). En este sentido, explicó que el primer impuesto a los salarios se comenzó a aplicar en el año 1982, durante la dictadura militar. El Presidente del BPS, señaló que, una vez retornada la democracia, en el año 1989, el 83% de la ciudadanía votó una Reforma Constitucional para garantizar que las jubilaciones y pensiones se ajustaran según los salarios y simultáneamente con los salarios de los funcionarios públicos. Agregó que en esa instancia de la democracia directa y cuando hacía 7 años que se aplicaba el IRP, la ciudadanía no cuestionó ese impuesto, sino que exigió ajustes más justos para las jubilaciones y pensiones. Murro añadió que durante los cuatro gobiernos democráticos que continuaron a la dictadura, nunca se objetó la aplicación del impuesto a las retribuciones personales. También mencionó que en el año 1997, la Suprema Corte de Justicia se pronunció, por unanimidad, por la legalidad de la aplicación del IRP a jubilaciones y pensiones.

En otro tramo de su explicación, afirmó que no es cierto que las jubilaciones no se puedan gravar, ya que se aporta para el retiro mientras se trabaja y luego se recibe según lo aportado, ante esto, dijo que en general, no se recibe una retribución acorde a lo contribuido. Murro hizo referencia a dos tipos de empleos en los que se recibe más de lo que se aportó durante la historia laboral del trabajador. Dijo que los maestros tienen una bonificación histórica ya que a un maestro se le computan 4 años de trabajo por 3 años reales trabajados y además como si tuviera un año más de edad, una doble bonificación. Como otro ejemplo, habló del caso de los jueces que tienen una jubilación, como si fueran abogados, por la cual no realizan aportación. Murro indicó que es la sociedad en su conjunto la que se hace cargo de estas excepciones.

Recordó que el IRP llegó a gravar el 20% de las jubilaciones más elevadas y graficó que las jubilaciones de $ 50.000 que hoy pagan IRPF, llegaron a pagar $10.000 de IRP.

Más allá de estas consideraciones, reiteró que es intención del Presidente de la República, Tabaré Vázquez y del Ministro de Economía y del gobierno en su conjunto, acatar y hacer cumplir los fallos de la Justicia, pero remarcó que este gobierno está en desacuerdo con que paguen más quienes ganan menos.