Gobierno acatará los fallos de la
Justicia
Murro realizó una cronología de
impuestos que gravan los salarios
El Presidente del Banco de
Previsión Social, Ernesto Murro se refirió al tema de
la aplicación del IRPF a las pasividades. En este
sentido, el jerarca indicó que, cuando se habla del
impuesto a los jubilados, se debe aclarar que el IRPF
se aplica sólo a un 20% del sector ya que al resto no
se le retiene un solo peso.
Murro realizó una cronología de los
hechos que comenzaron con el Impuesto a las
Retribuciones Personales (IRP) y continuaron a partir
del 1º de julio de 2007 con la puesta en marcha del
Impuesto a la Renta de las Personas Físicas
(IRPF). En este sentido, explicó que el primer impuesto
a los salarios se comenzó a aplicar en el año 1982,
durante la dictadura militar. El Presidente del BPS,
señaló que, una vez retornada la democracia, en el año
1989, el 83% de la ciudadanía votó una Reforma
Constitucional para garantizar que las jubilaciones y
pensiones se ajustaran según los salarios y
simultáneamente con los salarios de los funcionarios
públicos. Agregó que en esa instancia de la democracia
directa y cuando hacía 7 años que se aplicaba el IRP,
la ciudadanía no cuestionó ese impuesto, sino que
exigió ajustes más justos para las jubilaciones y
pensiones. Murro añadió que durante los cuatro
gobiernos democráticos que continuaron a la dictadura,
nunca se objetó la aplicación del impuesto a las
retribuciones personales. También mencionó que en el
año 1997, la Suprema Corte de Justicia se pronunció,
por unanimidad, por la legalidad de la aplicación del
IRP a jubilaciones y pensiones.
En otro tramo de su explicación,
afirmó que no es cierto que las jubilaciones no se
puedan gravar, ya que se aporta para el retiro mientras
se trabaja y luego se recibe según lo aportado, ante
esto, dijo que en general, no se recibe una retribución
acorde a lo contribuido. Murro hizo referencia a dos
tipos de empleos en los que se recibe más de lo que se
aportó durante la historia laboral del trabajador. Dijo
que los maestros tienen una bonificación histórica ya
que a un maestro se le computan 4 años de trabajo por 3
años reales trabajados y además como si tuviera un año
más de edad, una doble bonificación. Como otro ejemplo,
habló del caso de los jueces que tienen una jubilación,
como si fueran abogados, por la cual no realizan
aportación. Murro indicó que es la sociedad en su
conjunto la que se hace cargo de estas excepciones.
Recordó que el IRP llegó a gravar el
20% de las jubilaciones más elevadas y graficó que las
jubilaciones de $ 50.000 que hoy pagan IRPF, llegaron a
pagar $10.000 de IRP.
Más allá de estas consideraciones,
reiteró que es intención del Presidente de la
República, Tabaré Vázquez y del Ministro de Economía y
del gobierno en su conjunto, acatar y hacer cumplir los
fallos de la Justicia, pero remarcó que este gobierno
está en desacuerdo con que paguen más quienes ganan
menos. |