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12 de mayo, 2008

Monitoreo de situación

Poder Ejecutivo decreta ampliación de medidas de ahorro energético
El Poder Ejecutivo decretó ampliar las medidas de ahorro energético, en el marco del Plan impulsado por el decreto 212/008 del 14 de abril. El Subsecretario de Industria, Gerardo Gadea, dijo que la situación es preocupante y que es necesario ingresar a la segunda fase. La ampliación de medidas incluye pautas obligatorias en el sector comercial y residencial, como mantener apagados equipos de iluminación en fachadas y vidrieras

El nuevo decreto del Gobierno referido a la ampliación de medidas para ahorro de energía eléctrica,  abarca limitaciones en la iluminación comercial. Permanecerán apagados el 50 % de los equipos eléctricos para exhibición y venta, iluminación interior en estacionamientos, cartelería luminosa y vidrieras. No se modifican las restricciones para espectáculos públicos y permanecerán las del anterior decreto, como la obligatoriedad para organizar espectáculos en horario diurno.

En materia de energía residencial, la normativa contiene medidas obligatorias, como la iluminación de fachadas, inhabilitación de la mitad de escaleras mecánicas, no iluminar porches. En los dos sectores, se podrán restringir las prohibiciones por razones de seguridad, debidamente justificado.

Los criterios para asignar sanciones en los casos de incumplimiento, son responsabilidad del grupo técnico asesor que está en la órbita del MIEM. Gadea expresó que las sanciones las aplicará UTE, aplicando un criterio de razonabilidad, sentido común y ponderación, monitoreando en todo momento la situación energética en la que se encuentra el país.

Declaraciones a la prensa del subsecretario del Ministerio de Industria, Energía y Minería, Gerardo Gadea, tras la reunión de Acuerdos Ministeriales realizada el lunes 12 de mayo de 2008 en el despacho presidencial de Suárez y Reyes.

SUBSECRETARIO GADEA: Como ustedes sabrán ya, ampliamente ha sido informado, el 14 de abril del 2008 el Poder Ejecutivo emitió el decreto 212/2008, en el cual nosotros denominamos Fase 1 del Plan de ahorro energético, que tenía básicamente dos componentes: un componente obligatorio para el sector público  y un componente digamos, voluntario o de exhortación al sector privado, tanto residencial, como comercial.

También, como todos ustedes saben y como ampliamente venimos difundiendo, esta fase 1 de plan de ahorro energético, estaba sujeta a evaluar día por día cuales eran las resultancias de la situación energética en el Uruguay. También como todos saben porque lo venimos planteando tanto el directorio de UTE, como el propio Ministerio de Industria y Energía, la situación no es de las mejores, siguen siendo preocupantes y es por lo tanto necesario ingresar en una fase 2 de ahorro  de energía que es el decreto que hoy trajimos a consideración, y va a estar a disposición de ustedes a partir de, supongo, las últimas horas.

Este nuevo decreto tiene algunas novedades, lo primero es que se mantienen todas las medidas del decreto anterior. o sea, el decreto anterior sigue vigente, salvo las cosas que este nuevo decreto cambia o modifica. Segundo, lo que hace este decreto es ampliar las medidas y amplía las medidas obligatorias, ya no voluntarias tanto para el sector residencial, como para el sector comercial.

En el sector residencia, simplemente a modo de ejemplo, se plantea la inhabilitada de 50% de los ascensores en edificios, inhabilitar el 50% de las escaleras mecánicas, no mantener iluminados porches, fachadas, etc. Siempre exceptuando naturalmente las razones, sin afectar lo que es la seguridad.

En lo que tiene que ver con el sector comercial, mantener apagados los equipos eléctricos para exhibición y venta, apagados el 50% de la iluminación interior de los estacionamientos, apagado el 50% de los avisos luminosos, el 50% de las luces de vidriera. Ya como ustedes ven, apuntan las medidas del sector comercial a todos aquellos comercios que de alguna manera tiene fachas e iluminación para la venta, artefactos con iluminación a que reduzcan su consumo.

En el caso de los espectáculos públicos, el Decreto dice, que deben realizarse en horario diurno, aunque naturalmente puede haber una excepción que fueron planteados al grupo técnico que sigue vigente tal cual se había creado el primer Decreto. Por último, debemos decir que ante incumplimientos está previsto sanciones, esas sanciones en el grupo técnico lo va a comunicar al Ministerio de Industria y Energía.

El Ministerio de Industria y Energía, a su vez, previa vista del interesado, podrá –digamos- realizar algunas sanciones que la UTE sería quien lo efectivizaría. Naturalmente estos incumplimientos o estas sanciones el criterio para hacerlo, es un criterio de razonabilidad y un criterio de sentido común y ponderación, que por supuesto también se irá monitoreando a medida que el tiempo va empezando.

   
 
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