Monitoreo de situación
Poder Ejecutivo decreta ampliación
de medidas de ahorro energético
El Poder Ejecutivo decretó ampliar
las medidas de ahorro energético, en el marco del Plan
impulsado por el decreto 212/008 del 14 de abril. El
Subsecretario de Industria, Gerardo Gadea, dijo que la
situación es preocupante y que es necesario ingresar a
la segunda fase. La ampliación de medidas incluye
pautas obligatorias en el sector comercial y
residencial, como mantener apagados equipos de
iluminación en fachadas y vidrieras
El nuevo decreto del Gobierno
referido a la ampliación de medidas para ahorro de
energía eléctrica, abarca limitaciones en la
iluminación comercial. Permanecerán apagados el 50 % de
los equipos eléctricos para exhibición y venta,
iluminación interior en estacionamientos, cartelería
luminosa y vidrieras. No se modifican las restricciones
para espectáculos públicos y permanecerán las del
anterior decreto, como la obligatoriedad para organizar
espectáculos en horario diurno.
En materia de energía residencial,
la normativa contiene medidas obligatorias, como la
iluminación de fachadas, inhabilitación de la mitad de
escaleras mecánicas, no iluminar porches. En los dos
sectores, se podrán restringir las prohibiciones por
razones de seguridad, debidamente justificado.
Los criterios para asignar sanciones
en los casos de incumplimiento, son responsabilidad del
grupo técnico asesor que está en la órbita del MIEM.
Gadea expresó que las sanciones las aplicará UTE,
aplicando un criterio de razonabilidad, sentido común y
ponderación, monitoreando en todo momento la situación
energética en la que se encuentra el país.
Declaraciones a la prensa del
subsecretario del Ministerio de Industria, Energía y
Minería, Gerardo Gadea, tras la reunión de Acuerdos
Ministeriales realizada el lunes 12 de mayo de 2008 en
el despacho presidencial de Suárez y Reyes.
SUBSECRETARIO GADEA: Como ustedes
sabrán ya, ampliamente ha sido informado, el 14 de
abril del 2008 el Poder Ejecutivo emitió el decreto
212/2008, en el cual nosotros denominamos Fase 1 del
Plan de ahorro energético, que tenía básicamente dos
componentes: un componente obligatorio para el sector
público y un componente digamos, voluntario o de
exhortación al sector privado, tanto residencial, como
comercial.
También, como todos ustedes saben y
como ampliamente venimos difundiendo, esta fase 1 de
plan de ahorro energético, estaba sujeta a evaluar día
por día cuales eran las resultancias de la situación
energética en el Uruguay. También como todos saben
porque lo venimos planteando tanto el directorio de
UTE, como el propio Ministerio de Industria y Energía,
la situación no es de las mejores, siguen siendo
preocupantes y es por lo tanto necesario ingresar en
una fase 2 de ahorro de energía que es el decreto que
hoy trajimos a consideración, y va a estar a
disposición de ustedes a partir de, supongo, las
últimas horas.
Este nuevo decreto tiene algunas
novedades, lo primero es que se mantienen todas las
medidas del decreto anterior. o sea, el decreto
anterior sigue vigente, salvo las cosas que este nuevo
decreto cambia o modifica. Segundo, lo que hace este
decreto es ampliar las medidas y amplía las medidas
obligatorias, ya no voluntarias tanto para el sector
residencial, como para el sector comercial.
En el sector residencia, simplemente
a modo de ejemplo, se plantea la inhabilitada de 50% de
los ascensores en edificios, inhabilitar el 50% de las
escaleras mecánicas, no mantener iluminados porches,
fachadas, etc. Siempre exceptuando naturalmente las
razones, sin afectar lo que es la seguridad.
En lo que tiene que ver con el
sector comercial, mantener apagados los equipos
eléctricos para exhibición y venta, apagados el 50% de
la iluminación interior de los estacionamientos,
apagado el 50% de los avisos luminosos, el 50% de las
luces de vidriera. Ya como ustedes ven, apuntan las
medidas del sector comercial a todos aquellos comercios
que de alguna manera tiene fachas e iluminación para la
venta, artefactos con iluminación a que reduzcan su
consumo.
En el caso de los
espectáculos públicos, el Decreto dice, que deben
realizarse en horario diurno, aunque naturalmente puede
haber una excepción que fueron planteados al grupo
técnico que sigue vigente tal cual se había creado el
primer Decreto. Por último, debemos decir que ante
incumplimientos está previsto sanciones, esas sanciones
en el grupo técnico lo va a comunicar al Ministerio de
Industria y Energía.
El Ministerio de
Industria y Energía, a su vez, previa vista del
interesado, podrá –digamos- realizar algunas sanciones
que la UTE sería quien lo efectivizaría. Naturalmente
estos incumplimientos o estas sanciones el criterio
para hacerlo, es un criterio de razonabilidad y un
criterio de sentido común y ponderación, que por
supuesto también se irá monitoreando a medida que el
tiempo va empezando. |