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19 de mayo, 2008

"Asistencia a la Seguridad Social"

Nuevo impuesto permitirá que el 87% de los pasivos y jubilados no tribute
El Ministro Danilo Astori, dijo que el Ejecutivo presentará en próximos días un Proyecto de Ley que excluirá a las pasividades de los cómputos que se realizan para el cálculo del IRPF y el Impuesto a la Renta de los no residentes. Además, se establecerá un nuevo impuesto, denominado "Asistencia a la Seguridad Social", que grava ingresos por jubilaciones y pensiones en forma independiente de los gravados por el IRPF.

El Ministro de Economía y Finanzas, durante la conferencia en la Residencia de Suárez y Reyes informó que la futura Ley, además de excluir jubilaciones y pensiones del Impuesto a la Renta de las Personas Físicas y el Impuesto a la Renta de los no residentes -tributo que pagan quienes perciben una jubilación en el país pero viven afuera- establecerá un impuesto especial para las pasividades, denominado Impuesto de Asistencia a la Seguridad Social. El mismo, grava ingresos por jubilaciones y pensiones en forma independiente de los ingresos gravados por el Impuesto a la Renta de las Personas Físicas.

Astori aclaró que no habrá acumulación entre los ingresos gravados por el Impuesto a la Renta Personal y el nuevo impuesto, ya que son cálculos independientes, pero si un pasivo percibe varias pasividades de diversos orígenes, esas pasividades se acumulan para el cálculo del nuevo impuesto.

Se trata de un impuesto por franjas, con tasas progresivas, cada tasa se aplica a cada franja, de modo de tener realmente justicia tributaria, porque quienes aparecen relativamente más gravados son los ingresos más elevados.

En relación con las franjas y las tasas, el Jerarca dijo que hasta 8 Bases de Prestaciones que es el equivalente a $14.200, no habrá impuesto, situándose esa cifra como Mínimo No Imponible. Aclaró que en la formulación actual, el Mínimo No Imponible son 5 Bases de Prestaciones, más una más para los pasivos por gastos de asistencia médica, con la nueva reglamentación se elevará a 8 Bases de Prestaciones. Entre 8 y 15 Bases de Prestaciones, lo que significa, entre $ 14.201 y $ 26.625, la tasa será 10%; entre 15 Bases de Prestaciones y 50 Bases de Prestaciones, $26.626 y $ 88.750, la tasa será 20%. Finalmente, para más de 50 Bases de Prestaciones al mes, que equivalen a más de $ 88.750, la tasa será de 25%.

Para ver cuánto pesa el impuesto en diferentes niveles de ingreso por pasividad, hay que calcular las tasas efectivas. Las tasas efectivas son las que resultan del promedio ponderado, de aplicar cada tasa a cada franja. Por ejemplo, si una persona gana $20.000 no paga impuesto por los $20.000, porque tiene $14.200 exentos, paga por el resto, por lo tanto la tasa media sobre su ingreso es mucho menor.

Con el diseño propuesto, aproximadamente el 87% de los pasivos del país, que serían 605.500 pasivos, no pagarán este impuesto. El Ministro remarcó que entre los que no pagan, 87% y los que van a pagar menos de 5% de impuesto, se alcanza al 96% de los pasivos.

Esto supone una renuncia fiscal, se recaudará por este impuesto unos U$S 40 millones menos de lo que ser recauda ahora, computando la pasividad como parte del impuesto a la renta y el producido que dejará el impuesto, que se ubica aproximadamente entre U$S 40 y 50 millones, va a estar afectado al financiamiento del BPS.

Interrogado respecto a cuál es la situación de los jubilados que tuvieron una sentencia favorable por parte de la Suprema Corte de Justicia y si es posible que se recurra nuevamente a la Corte por el nuevo impuesto, el Secretario de Estado explicó lo siguiente: En la medida que el importe que ya pagaron es un anticipo a cuenta de una liquidación anual, tienen derecho a que se les devuelva lo que pagaron. Además, el nuevo impuesto es un tributo diferente al vigente actualmente, en tal sentido Astori dijo que no es lo mismo un Impuesto a la Renta de las Pasividades que computar a las pasividades como parte del cálculo del Impuesto a la Renta. Finalmente, destacó que si se tiene en cuenta todos los fallos se ve que aún en aquellos declarados inconstitucionales no se atribuye como fundamento la intangibilidad tributaria de la pasividad, por lo tanto las pasividades pueden ser pasibles de tributación, y no prevé que exista la posibilidad de presentar un recurso por este nuevo impuesto.

Palabras del Ministro de Economía y Finanzas, Danilo Astori, tras la reunión de Acuerdos Ministeriales llevada a cabo en la Residencia de Suárez y Reyes, el lunes 19 de mayo de 2008.

MINISTRO ASTORI: Muy buenos días para todos. Lo que acaba decir el señor Presidente es muy importante. Vamos a distribuir una hoja para todos ustedes, con las características que yo voy a comentar ahora, así que no se preocupen si no alcanzan a percibir en el discurso algunas de las mismas, porque lo van a tener por escrito.

Efectivamente, en los próximos días vamos a presentar un proyecto de ley que ya está elaborado, y que se basa en dos decisiones.

Por un lado, va a excluir a todas las pasividades de los cómputos que se realizan para el cálculo de dos impuestos: el Impuesto a la Renta de las Personas Físicas y el Impuesto a la Renta de los no residentes. Como ustedes saben, en el sistema en vigencia, quienes perciben una jubilación en el país, pero viven afuera, también pagan impuestos por la pasividad que recibe en el país.

Entonces, la primera decisión es que vamos a excluir jubilaciones y pensiones de los dos impuestos, el cómputo para el Impuesto a la Renta de las Personas Físicas y el cómputo de la pasividad para el Impuesto a la Renta de los no residentes.

Y, la segunda decisión que contendrá ese proyecto de ley, es el establecimiento de un impuesto a las pasividades –especial para las pasividades – que grava ingresos por jubilaciones y pensiones en forma independiente de los ingresos gravados por el Impuesto a la Renta de las Personas Físicas. Esto es muy importante tenerlo claro, porque no hay acumulación entre los ingresos gravados por el Impuesto a la Renta Personal y el nuevo impuesto, son cálculos independientes. Ahora, si hay un pasivo que percibe varias pasividades de diversos orígenes, esas pasividades sí se acumulan para el cálculo del nuevo impuesto.

La metodología del nuevo impuesto es muy similar a la que ustedes ya conocen. Es un impuesto por franjas, con tasas progresionales, esto quiere decir que cada tasa se aplica a cada franja, de modo de tener realmente justicia tributaria, porque quienes aparecen relativamente más gravados son los ingresos más elevados. Las franjas y las tasas van a ser las siguientes: hasta 8 Bases de Prestaciones que es el equivalente a $14.200, no va a haber impuesto, este es el Mínimo No Imponible. Llamo la atención de que tenemos hasta 8 bases de prestaciones. En la formulación actual, el mínimo no imponible son 5 Bases de Prestaciones, más una más para los pasivos por gastos de asistencia médica. Ahora vamos a elevar ese mínimo no imponible, como decía el Sr. Presidente, a 8 Bases de Prestaciones, equivalentes a $ 14.200. Les recuerdo que la Base de Prestación, está en este momento, calculada en $ 1.775. Luego entre 8 y 15 Bases de Prestaciones, lo que es lo mismo que decir, entre $ 14.201 y $ 26.625, la tasa será 10%, luego, entre 15 Bases de Prestaciones y 50 Bases de Prestaciones, lo que es lo mismo que decir, entre $26.626 y $ 88.750, la tasa será 20%. Finalmente, para más de 50 Bases de Prestaciones al mes, que equivalen a más de $ 88.750, la tasa será 25%.

Para ver cuánto pesa el impuesto en diferentes niveles de ingreso por pasividad, hay que calcular las tasas efectivas. Las tasas efectivas son las que resultan del promedio ponderado, de aplicar cada tasa de las que dije a cada franja. Por ejemplo, si una persona gana $ 20.000 pesos no paga impuesto por los $20.000, porque tiene $14.200 exentos, paga por el resto, por lo tanto la tasa media sobre su ingreso es mucho menor. Para que tengan ustedes una idea, para un ingreso de $ 20.000, el impuesto será $ 580, esto es un 2,9% del ingreso. Para un ingreso de $30.000, el impuesto será $1.917,50, esto es 6,4%. Para un ingreso de $40.000, son todos ejemplos, el impuesto será $3.917,50, esto es un 9,8, algo menos de 10% de impuesto.

Con el diseño propuesto, aproximadamente el 87% de los pasivos del país, que de acuerdo con nuestros cálculos, serían 605.500 pasivos, cuidado que aquí estamos computando a todos los pasivos, los del BPS y los de las Cajas Paraestatales también, no pagarán este impuesto. Este impuesto nuevo que estamos instaurando, repito, el 87% no paga el impuesto.

Luego que comprobáramos que el 13% es la proporción que va a pagar, o sea, 92.400 pasivos, les quiero decir que si sumamos los que no van a pagar el impuesto, más los que van a tener una tasa efectiva menor al 5% llegamos al 96% de los pasivos. Repito, entre los que no pagan, 87% y los que van a pagar menos de 5% de impuesto, llegamos al 96% de los pasivos.

Esto supone una renuncia fiscal, vamos a recaudar por este impuesto, unos U$S 40 millones menos de lo que estamos recaudando ahora, computando la pasividad como parte del impuesto a la renta y el producido que dejará el impuesto, que se ubica aproximadamente entre U$S 40 y 50 millones, va a estar afectado, como dijo el señor Presidente, al financiamiento del BPS. Por esto hemos llamado a este Impuesto de Asistencia a la Seguridad Social.

Preguntas realizadas por la prensa al Presidente de la República, Tabaré Vázquez; al Ministro de Economía y Finanzas, Danilo Astori y al Ministro de Trabajo y Seguridad Social, Eduardo Bonomi, en la Residencia de Suárez y Reyes.

PRESIDENTE VÁZQUEZ: Pretendemos, un último detalle señor Ministro, poner esto en marcha a partir del 1º de Julio de este año. Necesita la aprobación parlamentaria y vamos a hacer las gestiones necesarias para que rápidamente se considere este tema a nivel del Parlamento Nacional.¿Alguna pregunta aclaratoria?

PREGUNTA: Para el Ministro Astori. Estos 40 millones que se dejan de recaudar, más los 50 que se destinan a seguridad social, ¿Dónde están destinados hoy? ¿De dónde se sacan esos recursos?

MINISTRO ASTORI: Obviamente la fuente de recursos para financiar el gasto público, es la Tesorería. Simplemente, con esta afectación especial, nosotros queremos reiterar la señal de que este Gobierno está muy preocupado por apoyar a esta parte importante de la política social del Gobierno, y que –por supuesto- está muy preocupado por seguir mejorando, con el mismo criterio que alienta toda nuestra política fiscal, que es una política de justicia social, -como señaló el señor Presidente-, que también en el marco de las pasividades, de la Seguridad Social, se trabaja con un criterio de equidad. Esto es, de especial preocupación por las pasividades más sumergidas, sean jubilaciones, sean pensiones.

PREGUNTA: ¿Qué pasa con los jubilados que tuvieron una sentencia favorable? ¿Ellos van a pagar también? Y segundo, puede también que se dé el caso de que se recurra otra vez ante la Corte por este nuevo impuesto, dada quizás alguna similitud con el anterior, ¿cómo lo valoran eso?

MINISTRO ASTORI: En primer lugar, inmediatamente de conocidos los dictámenes y comunicados oficialmente al Ministerio de Economía, los pasivos beneficiados por un dictamen favorable dejaron de pagar el impuesto. Y en la medida que lo que han pagado hasta ahora –al igual que en este nuevo impuesto que estamos creando- son anticipos a cuenta de una liquidación anual, tienen derecho a que se les devuelva lo que se pagó. Porque lo que pagaron, más que un impuesto, fue anticipos del pago de un impuesto que se liquida anualmente. En segundo lugar, este es un tributo diferente al vigente actualmente. Les quiero recordar algo que parece un juego de palabras, pero no lo es, no es lo mismo un Impuesto a la Renta a las Pasividades que computar a las pasividades como parte del cálculo del Impuesto a la Renta, son dos cosas diferentes. Este es un tributo diferente al cómputo de la pasividad como parte de un Impuesto a la Renta, absolutamente diferente, claramente diferente por más que tenga franjas, alícuotas progresionales. Lo que hay que ver es la filosofía del Tributo, finalmente si se tienen en cuenta todos los fallos cuya secuencia hemos aguardado –como decía el señor Presidente- se verá que aún en los fallos de inconstitucionalidad no se atribuye mayoritariamente como fundamento la intangibilidad tributaria de la pasividad, que es lo que se podría haber alegado en base al artículo 67 de la Constitución. El artículo 67 de la Constitución no establece, a nuestro juicio y a juicio de los Ministros mayoritariamente de la Corte también, inmunidad tributaria para la pasividad. Por lo tanto la pasividad –y lo dijo el señor Presidente en su introducción- puede ser pasible de tributación. Así que no prevemos que haya un nuevo recurso o por lo menos, no vemos ningún fundamento para que haya un nuevo recurso sobre este impuesto.

PERIODISTA: No me quedó claro, si los beneficiados van a pagar este nuevo impuesto.

MINISTRO ASTORI: Si, por supuesto lo dijo el Presidente de entrada, esto es para todos. Nosotros estamos reparando una situación de inequidad, originada en los fallos contradictorios de la Corte. Sin establecer ningún juicio de valor, tenemos juicios contradictorios, esos fallos contradictorios vulneran la equidad tributaria y nosotros la estamos corrigiendo.

PERIODISTA: La pregunta va dirigida sobre las modificaciones a los activos, a lo que hacía referencia en su alocución el Presidente, fundamentalmente ¿Cuáles son los plazos que maneja el Gobierno para hacer estas modificaciones y que va a pasar con el resto de las franjas, más allá de subir el mínimo no imponible?

PRESIDENTE VÁZQUEZ: Muy oportuna su pregunta, así queda esto bien claro. Como lo habíamos dicho, hay hace algunas semanas atrás, creo que en nuestra participación en Paso de los Toros, vamos a esperar que se cumpla el año de aplicación de la Reforma Tributaria, para hacer un balance general de la situación y tomar las medidas que creamos oportunas. En aquella oportunidad de mi discurso en Paso de los Toros, estábamos hablando de la globalidad del tema, es decir, lo que incluye a los activos y también incluía a los pasivos. Dado que tomamos estas medidas para restablecer el principio de equidad tributaria en este momento hacia las pasividades, queda pendiente ver que hacemos precisamente con el aporte de los activos a esta reforma tributaria. Esa respuesta la vamos a dar en el mes de julio – reitero – cuando tengamos más elementos en nuestro poder y así tomar las medidas que creamos convenientes. En la dirección que también ya habíamos hablado, que no es novedad. Ver si –y estoy hablando en condicional – podemos aumentar el mínimo no imponible de los activos, deducciones por hijos en las familia que lo tienen y la posibilidad de optar entre aportar de manera individual o por el núcleo familiar. Pero esto –no sé si así queda claro, señora periodista – lo vamos a estudiar en el mes de julio aproximadamente.

PERIODISTA: Presidente, políticamente ¿Cómo se hace la interpretación de esta revisión y estos cambios que se hacen al IRPF a las pasividades, se puede entender como un triunfo de la oposición por las críticas que se han hecho más los juicios, algunos juicios que fueron favorables de la inconstitucionalidad, o no?

PRESIDENTE VÁZQUEZ: En principio se puede entender con la mayor libertad posible, este Gobierno trabaja incansablemente por defender las libertades de opinión, de pensamiento, de reunión, de expresión, siempre en el terreno del respeto y de la tolerancia. Así que creo que cada ciudadano podrá libremente interpretar como a él le parezca. Para nosotros quiero decir que esto no es tampoco una competencia deportiva, simplemente es con un criterio de cumplir con los compromisos que habíamos asumido antes de llegar al Gobierno, con los principios, con los valores que precisamente dijimos a los ciudadanos que íbamos a aplicar si llegábamos al Gobierno nacional.

Uno de esos principios, es el de la solidaridad, el otro es el de la justicia social y justicia tributaria. Hay una inequidad en este terreno en este momento, y tratamos de salvar esa inequidad. Y siempre –como lo dijimos también en nuestro discurso ante la Asamblea General, el 1º de marzo de 2005, y luego en las escalinatas del Palacio Legislativo, en la noche- en cumplimiento de la Constitución y la Ley. Dentro de la Constitución y la Ley, todo; fuera de la Constitución y la Ley, nada.

Así que, señora periodista, está planteado en estos términos, y lo hemos adoptado, no ahora, ni el domingo, ni el sábado. Esto lo venimos anunciando desde que se presentaron los recursos de inconstitucionalidad ante la Suprema Corte de Justicia.

PERIODISTA: Presidente, le cambio de tema momentáneamente. En su próxima gira presidencial va a estar visitando Cuba. En esta visita, va a encontrarse con el Presidente actual, Raúl Castro?

PRESIDENTE VÁZQUEZ: Yo creo que el Impuesto a la Renta de las Personas Físicas en las pasividades es un tema de gran actualidad y de enorme importancia para los uruguayos, para el Gobierno, para la oposición, también para ustedes, que han trabajado intensamente en el mismo. Es un tema que debe ser jerarquizado de la manera que se merece, no por el Gobierno, sino por ustedes mismos, por la gente, por el sistema político uruguayo. Y yo preferiría, en el buen sentido del término, no poner en esta conferencia de prensa otro tema que no fuera al que hacemos referencia. Con mucho gusto si usted, señor periodista, en unos días me quiere plantear la pregunta, con mucho gusto yo se la voy a responder.

PERIODISTA: Le dirijo la pregunta al Ministro Astori. ¿Mañana la oposición va a insistir con que se derogue el Impuesto a la Rentas a las Personas Física y no se grave a las pasividades?

MINISTRO ASTORI: Ya está resuelto.

PERIODISTA: Ningún impuesto para las pasividades es lo que pide la oposición.

MINISTRO ASTORI: No, no. Acabamos de informar que ya no vamos a computar a las pasividades como parte del Impuesto a la Renta y también como parte del impuesto a la renta de los no residentes, pero sí vamos a establecer este impuesto porque entendemos, como lo fundamentó oportunamente el Señor Presidente, que las pasividades son ingresos que también deben contribuir en función de sus capacidades, de sus posibilidades, al financiamiento del gasto público.

Quiero decirles algo, no conozco un solo impuesto a la renta en el mundo que no grave a las pasividades, uno solo.

PERIODISTA: El tema de las Rendición de Cuentas, digo, por la asignación de recursos y lo que va a perder de recaudación por esto.

¿Quedó definitivamente aprobado hoy? ¿Cuándo se va a enviar al Parlamento?

Leí en la prensa también que había un pedido de un ministerio para tener una asignación mayor.

PRESIDENTE VÁZQUEZ: Ese tema ya está resuelto y quedó definitivamente cerrado para el Ejecutivo en cuanto a su consideración y análisis y modificaciones, en la última reunión que tuvimos con la bancada oficial de Gobierno, va al Parlamento y allá va ser discutido.

Si, si ya va en estos días.

Y quiero decir algo más, solo un título. Seguramente los señores ministros lo van a poder manejar con mucho más profundidad que yo.

De esta forma, con este nuevo impuesto, el Estado uruguayo, no el Gobierno, el Estado uruguayo va a estar recaudando menos por impuesto a las pasividades que lo que se recaudaba con el IRP a las pasividades, es decir el impuesto que tenía -globalmente hablando-, las pasividades, ¿es así, señor ministro? que se aplicaba por parte de otros gobiernos el monto que se recaudaba por el IRP va a ser mayor que el que se va a recaudar con este nuevo impuesto que vamos a enviar al Parlamento para su estudio y aprobación.

PERIODISTA: Más allá de que Astori hace unos minutos ya mencionó el motivo principal de la modificación, este cambio, ¿está reconociendo algún tipo de falla, algún tipo de error o se debe exclusivamente a esos fallos contradictorios de la Suprema Corte de Justicia?

PRESIDENTE VÁZQUEZ: No, se inscribe esta modificación en algo que también hemos dicho permanentemente, le agradezco la pregunta porque a veces es bueno reiterar algunos conceptos que no quedan bien claros y pueden ser motivo de confusión. Este gobierno ha dicho permanentemente y en el tema específico de esta Reforma Tributaria que íbamos a actuar con flexibilidad y que la Reforma Tributaria podía sufrir modificaciones en el desarrollo práctico de la misma. Es decir, a medida que fuéramos viendo los efectos que generaba la Reforma Tributaria, si lo ameritaba se iban a introducir modificaciones. Bien, acá claramente hubo un efecto que amerita un ajuste, efecto al cual hay que agregarle que hay una inequidad que tenemos que salvar de alguna manera y que la salvamos en base a los conceptos que hemos defendido, a los principios que hemos defendido, de solidaridad y de justicia tributaria. Es simplemente esto lo que mueve a llevar esta modificación adelante en este momento, señor periodista.

PERIODISTA: Teniendo en cuenta que se reduce la recaudación, se afecta a futuro algún gasto, algún programa social, algo, porque va a haber menos plata que la prevista.

MINISTRO ASTORI: Antes que nada, las trayectorias del gasto por ejemplo, aprobado o incluido, mejor dicho, porque todavía no está aprobado el proyecto de Ley de Rendición de Cuentas, es absolutamente diferente respecto a las trayectorias de esta renuncia fiscal, son plazos distintos, se proyectan a un ritmo diferente en el tiempo. Nosotros estamos permanentemente analizando la marcha de los ingresos y los gastos públicos y sobre todo sus resultados, porque este gobierno está haciendo todas las transformaciones que está haciendo con equilibrio fiscal que esa es la gran diferencia entre este gobierno y el pasado.

Este Gobierno ha hecho una profunda modificación del gasto público sin vulnerar el equilibrio fiscal, más bien todo lo contrario, conquistándolo. Hoy estamos en equilibrio fiscal, no lo vamos a perder. Naturalmente, la evolución de gastos e ingresos se hace siempre a la luz de este objetivo: cumplir con el Programa pero sin vulnerar el equilibrio de las cuentas públicas. Eso es absolutamente fundamental. Ahora, esto implica tener en cuenta la ubicación de gastos e ingresos en el tiempo, sus trayectorias, sus evoluciones. Por ejemplo, todas las cifras que he estado manejando, que van a tener que empezar a materializarse en la práctica a partir del 1º de julio, son cifras sobre base anual. Esto es, no va a haber en 2008 una renuncia fiscal de 40 millones de dólares, ¿me explico? Por ejemplo. Si no, el equivalente aproximadamente a la mitad de eso. De todas maneras, teniendo en cuenta esas trayectorias temporales diferentes, vuelvo a repetir, es preocupación especial del Gobierno mantener el gasto encuadrado dentro de las posibilidades del país. Y así seguiremos actuando.

   
 
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