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21 de agosto, 2008

Ya está en el Parlamento

Proyecto de ley sobre prevención de consumo de alcohol, regula oferta, promoción y venta
La Junta Nacional de Drogas y la Coordinadora Intersectorial sobre Políticas de Alcohol, presentaron el Proyecto de Ley Nacional de Prevención del Consumo Abusivo de Alcohol, Regularización de la Oferta, Promoción, Venta y Expendio de Bebidas Alcohólicas. En la oportunidad, el Secretario de la Junta Nacional de Drogas, Milton Romani señaló que no se trata de una veda ni de una ley seca.

El Poder Ejecutivo remitió al Parlamento este documento que coloca las primeras bases de una política pública sobre bebidas alcohólicas integrada a la Estrategia Nacional del Problema Drogas.

Desde la creación, en el año 2006, de la Coordinadora Intersectorial para Políticas de Alcohol, se realizaron varias iniciativas y acciones tendientes a sensibilizar y prevenir las secuelas del consumo problemático de alcohol.

Por su parte, la JND elaboró este proyecto sobre la base de Recomendaciones de la Organización Mundial de la Salud y de la Organización Panamericana de la Salud. Unificó normas e incorporó enfoques técnicos propios.

El objetivo de este proyecto es proponer al debate parlamentario y ciudadano, medidas regulatorias en cuanto a la venta y la promoción, así como establecer las bases de la prevención en los distintos niveles de la sociedad.

El documento deja sentados guarismos que ilustran los daños a la salud, sociales y económicos a los que conduce el consumo abusivo del alcohol. En este sentido, se explicita que los siniestros de tránsito, con un 40% de casos fatales por ingesta abusiva de alcohol, son la primera causa de muerte en jóvenes entre 18 y 29 años. También revela que el inicio del consumo es a edades cada vez más tempranas y que 4 de cada 10 jóvenes menores, declara una intoxicación alcohólica en los últimos 15 días. Por su parte, la última Encuesta de Hogares de 2006, 230.000 uruguayos admiten problemas de abuso o dependencia.

El consumo abusivo de alcohol está asociado a casos de violencia doméstica, de riñas y otros episodios de convivencia y seguridad ciudadana. En algunas áreas laborales, también es responsable del ausentismo y los accidentes laborales.

El Secretario de la JND, Milton Romani, explicó que en cuanto a los derechos y garantías de los ciudadanos, se aclara que el Proyecto basa su enfoque, principalmente en el Art. 10 de la Constitución de la República, que sostiene que las acciones privadas de las personas, que no atacan el orden público ni perjudican a un tercero, están exentas de la autoridad de los magistrados.

Desde la JND, se explica que el escrito no es un decreto, sino un proyecto de ley destinado a su discusión en el Parlamento. Agrega que su intención no es lesionar derechos ni garantías, sino velar por el derecho de terceras personas y por la salud pública. Propone un marco regulatorio y no persigue a consumidores ni a comerciantes debidamente habilitados, mediante un registro que no existe en la actualidad. Recalca que tanto consumidores como comerciantes, serán favorecidos por el futuro ordenamiento.

Dentro de los derechos y garantías, se dice que los permisos de expendio serán otorgados por las intendencias en forma precaria y existirán excepciones que habilitarán la venta y expendio en situaciones especiales. Asimismo prohíbe taxativamente algunos espacios comerciales y unifica criterios para espectáculos deportivos o musicales que ya existen.

En cuanto a las limitaciones a la venta, expendio y consumo de bebidas alcohólicas, Romani señaló que se prohíbe la venta, expendio o suministro a cualquier título, en los quioscos, estaciones de servicios y anexos, en los puestos de venta ambulante o cualquier otro local comercial que no esté especialmente registrado y autorizado para dicha venta o expendio. Tampoco se podrá vender bebidas alcohólicas en locales de espectáculos, y/o entretenimientos de tipo de juegos electrónicos y pool entre otros.

En referencia a los eventos deportivos o espectáculos culturales, la prohibición alcanza a la zona de influencia con un radio de 500 metros, dos horas antes y dos horas después del evento, salvo autorización expresa de autoridad competente.

En cuanto a la publicidad, promoción y patrocinio de bebidas alcohólicas, el jerarca dijo que se deja constancia que todos los artículos están referidos a la protección de los menores de 18 años como receptores o como actores de mensajes publicitarios sobre bebidas alcohólicas. Incluyen restricciones en horarios centrales de televisión e incorporan la obligación de dedicar un 25% de todo espacio promocional, con mensajes de tipo preventivo.

En la presentación del Proyecto de Ley, el Subsecretario de Salud Pública, Miguel Fernández Galeano destacó especialmente la prevalencia, en términos de mortalidad y morbilidad, la relación existente entre siniestros de tránsito y consumo problemático de alcohol.

El jerarca también subrayó la preocupación que genera en las autoridades de gobierno, los datos que muestran que el inicio en el consumo de alcohol se da cada vez más precozmente. Fernández Galeano alertó del corrimiento que existe en el consumo de alcohol por parte de jóvenes y adolescentes. Agregó que estos datos, revelan que esos individuos, podrán experimentar comportamientos adictivos y problemáticos de alcohol en su vida futura.

   
 
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