Ya está en el Parlamento
Proyecto de ley sobre prevención de consumo de
alcohol, regula oferta, promoción y venta
La Junta Nacional de Drogas y la
Coordinadora Intersectorial sobre Políticas de Alcohol,
presentaron el Proyecto de Ley Nacional de Prevención
del Consumo Abusivo de Alcohol, Regularización de la
Oferta, Promoción, Venta y Expendio de Bebidas
Alcohólicas. En la oportunidad, el Secretario de la
Junta Nacional de Drogas, Milton Romani señaló que no
se trata de una veda ni de una ley seca.
El Poder Ejecutivo remitió al
Parlamento este documento que coloca las primeras bases
de una política pública sobre bebidas alcohólicas
integrada a la Estrategia Nacional del Problema Drogas.
Desde la creación, en el año 2006, de
la Coordinadora Intersectorial para Políticas de
Alcohol, se realizaron varias iniciativas y acciones
tendientes a sensibilizar y prevenir las secuelas del
consumo problemático de alcohol.
Por su parte, la JND elaboró este
proyecto sobre la base de Recomendaciones de la
Organización Mundial de la Salud y de la Organización
Panamericana de la Salud. Unificó normas e incorporó
enfoques técnicos propios.
El objetivo de este proyecto es
proponer al debate parlamentario y ciudadano, medidas
regulatorias en cuanto a la venta y la promoción, así
como establecer las bases de la prevención en los
distintos niveles de la sociedad.
El documento deja sentados guarismos
que ilustran los daños a la salud, sociales y
económicos a los que conduce el consumo abusivo del
alcohol. En este sentido, se explicita que los
siniestros de tránsito, con un 40% de casos fatales por
ingesta abusiva de alcohol, son la primera causa de
muerte en jóvenes entre 18 y 29 años. También revela
que el inicio del consumo es a edades cada vez más
tempranas y que 4 de cada 10 jóvenes menores, declara
una intoxicación alcohólica en los últimos 15 días. Por
su parte, la última Encuesta de Hogares de 2006,
230.000 uruguayos admiten problemas de abuso o
dependencia.
El consumo abusivo de alcohol está
asociado a casos de violencia doméstica, de riñas y
otros episodios de convivencia y seguridad ciudadana.
En algunas áreas laborales, también es responsable del
ausentismo y los accidentes laborales.
El Secretario de la JND, Milton Romani,
explicó que en cuanto a los derechos y garantías de los
ciudadanos, se aclara que el Proyecto basa su enfoque,
principalmente en el Art. 10 de la Constitución de la
República, que sostiene que las acciones privadas de
las personas, que no atacan el orden público ni
perjudican a un tercero, están exentas de la autoridad
de los magistrados.
Desde la JND, se explica que el escrito
no es un decreto, sino un proyecto de ley destinado a
su discusión en el Parlamento. Agrega que su intención
no es lesionar derechos ni garantías, sino velar por el
derecho de terceras personas y por la salud pública.
Propone un marco regulatorio y no persigue a
consumidores ni a comerciantes debidamente habilitados,
mediante un registro que no existe en la actualidad.
Recalca que tanto consumidores como comerciantes, serán
favorecidos por el futuro ordenamiento.
Dentro de los derechos y garantías, se
dice que los permisos de expendio serán otorgados por
las intendencias en forma precaria y existirán
excepciones que habilitarán la venta y expendio en
situaciones especiales. Asimismo prohíbe taxativamente
algunos espacios comerciales y unifica criterios para
espectáculos deportivos o musicales que ya existen.
En cuanto a las limitaciones a la
venta, expendio y consumo de bebidas alcohólicas,
Romani señaló que se prohíbe la venta, expendio o
suministro a cualquier título, en los quioscos,
estaciones de servicios y anexos, en los puestos de
venta ambulante o cualquier otro local comercial que no
esté especialmente registrado y autorizado para dicha
venta o expendio. Tampoco se podrá vender bebidas
alcohólicas en locales de espectáculos, y/o
entretenimientos de tipo de juegos electrónicos y pool
entre otros.
En referencia a los eventos deportivos
o espectáculos culturales, la prohibición alcanza a la
zona de influencia con un radio de 500 metros, dos
horas antes y dos horas después del evento, salvo
autorización expresa de autoridad competente.
En cuanto a la publicidad, promoción y
patrocinio de bebidas alcohólicas, el jerarca dijo que
se deja constancia que todos los artículos están
referidos a la protección de los menores de 18 años
como receptores o como actores de mensajes
publicitarios sobre bebidas alcohólicas. Incluyen
restricciones en horarios centrales de televisión e
incorporan la obligación de dedicar un 25% de todo
espacio promocional, con mensajes de tipo preventivo.
En la presentación del Proyecto de Ley,
el Subsecretario de Salud Pública, Miguel Fernández
Galeano destacó especialmente la prevalencia, en
términos de mortalidad y morbilidad, la relación
existente entre siniestros de tránsito y consumo
problemático de alcohol.
El jerarca también subrayó la
preocupación que genera en las autoridades de gobierno,
los datos que muestran que el inicio en el consumo de
alcohol se da cada vez más precozmente. Fernández
Galeano alertó del corrimiento que existe en el consumo
de alcohol por parte de jóvenes y adolescentes. Agregó
que estos datos, revelan que esos individuos, podrán
experimentar comportamientos adictivos y problemáticos
de alcohol en su vida futura. |