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2 de octubre, 2008

Subsecretario Felipe Michelini

Libertad de expresión y de acceso a la información hacen a la calidad de la democracia
En la reunión de Acuerdos Ministeriales se aprobó el Proyecto que modifica la Ley 16.099 y los artículos 138, 173 y 336 del Código Penal. La propuesta tiene como objetivo adecuar la legislación nacional en lo referente a los delitos de comunicación. Michellini especificó la importancia de que las normativas jurídicas sobre expresión se rijan expresamente por las disposiciones consagradas en convenios internacionales.

El lunes 29 de setiembre, en la reunión de Acuerdos Ministeriales, se aprobó el Proyecto que modifica la Ley 16.099 –conocida como Ley de Prensa- y los artículos 138, 173 y 336 del Código Penal.

La propuesta tiene como objetivo adecuar la legislación nacional en lo que refiere a los delitos de comunicación, cuya actual redacción contiene restricciones a la libertad de expresión y al derecho a la información.

El Subsecretario del Ministerio de Educación y Cultura, Felipe Michelini, consideró que la aprobación Pacto de San José de Costa Rica, primera ley aprobada tras la reanudación de la democracia, resultó por demás relevante. Asimismo, aseveró que la ley 16.099 retomó ese espíritu. Subrayó que existía la impresión que cuando la SCJ (Suprema Corte de Justicia) realizara una interpretación jurídica, se haría primar el sentido de libertad de expresión, lo cual hace al sentido de la democracia. No obstante, dijo que con el "caso Dogliani" esto no se cumplió y lo que era una posibilidad terminó siendo una certeza. Por lo tanto, precisó que el Estado quedó en falta y no cumplió con los convenios internacionales, ni con el espíritu inicial de la Ley 16099.

Michellini destacó el artículo 1º del Proyecto por su importancia simbólica y jurídica. Mediante el mismo se declara de "interés general la promoción de la actividad de los medios de comunicación y de prensa, así como la actividad de los periodistas, reporteros y trabajadores de la prensa en general…" En tal sentido subrayó el interés que tiene la sociedad uruguaya de promover los medios de comunicación; esto hace a la calidad de la democracia, enfatizó.

Refiriéndose al artículo 2º, destacó la relevancia de declarar el día 3 de mayo de cada año como "Día Nacional de la Libertad de Prensa" en donde se homenajea a todos los periodistas, en particular aquellos fallecidos en ejercicio de su función.

Asimismo, como uno de los aspectos más relevantes de las modificaciones, especificó la importancia de establecer como aspectos rectores de la interpretación de las normativas jurídicas sobre expresión, las disposiciones consagradas en al Declaración de los Derechos Humanos, la Convención Americana de Derechos Humanos y el Pacto Internacional de Derechos Civiles y Políticos. A esto se agrega que "se tomarán en cuenta muy especialmente los criterios recogidos en la sentencias y opiniones consultivas de la Corte Americana de Derechos Humanos, y en las resoluciones en informes de la Comisión Interamericana de Derechos Humanos…".

El Viceministro Michellini ponderó la importancia de que la interpretación no se realice de acuerdo al código civil o penal y resaltó la importancia del mandato del legislador, fundamental para la posterior aplicación de la norma. "Les estamos dando a los periodistas un blindaje, ya que se estará en la avanzada de la legislación regional e internacional", comentó.

En cuanto a temas puntuales señalo que se establece un nuevo alcance para el derecho a respuesta, consagrado en la Convención Americana de los Derechos Humanos y en nuestra legislación. Si alguien plantea la posibilidad de acceder al derecho a respuesta y el medio accede, se detiene el proceso judicial, explicó. Asimismo, dijo que la respuesta tiene que tener un alcance similar a la que se consideraba motivo de agravio.

Destacó la importancia de sacar de la esfera judicial algunos aspectos vinculados a la libertad de expresión y derecho a la información, ya que en ocasiones el presunto ofendido quiere originar un hecho político en los estrados judiciales.

En cuanto a los mandatarios extranjeros, explicó que, muchas veces, lo que hoy se considera delito en Uruguay, en el país de origen no sería delito. Expresó que con la profesionalidad de la diplomacia y de los medios de comunicación se descarta que por expresiones de este tipo se ponga en riesgo la paz o estabilidad de la región.

En cuanto a la derogación del literal k de la ley 10.279, que sancionaba penalmente la falta de respeto a la bandera o emblemas nacionales, Michelini aseveró que este aspecto debe promoverse a través del convencimiento y la educación.

Por otra parte, subrayó que su Cartera no adoptó una actitud fundamentalista. En tal sentido, consideró que todos los derechos tienen límites; el derecho de libertad de expresión es un derecho que prevalece, aunque pueden existir casos en que esto no sea así. Destacó que hay aspectos que hacen a la dignidad de las personas, independientemente del cargo que ejercen.

Asimismo, sostuvo que los funcionarios públicos deben tener una protección diferente, ya que los medios de comunicación en una sociedad democrática cumplen una función de contralor.

Agregó que también hay personas que por su profesión u oficio asumen voluntariamente una posición social de relevancia, por lo cual se encuentran más expuestos. No obstante hay límites de injuriar dolosamente, puntualizó.

Finalmente, Michelini se refirió a la articulación del mencionado Proyecto con el que establece la protección de los datos personales de los ciudadanos.

Ambos hacen a la calidad de la democracia que los uruguayos quieren construir, concluyó.

   
 
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