Subsecretario Felipe Michelini
Libertad de expresión y de acceso a la información
hacen a la calidad de la democracia
En la reunión de Acuerdos
Ministeriales se aprobó el Proyecto que modifica la Ley
16.099 y los artículos 138, 173 y 336 del Código Penal.
La propuesta tiene como objetivo adecuar la legislación
nacional en lo referente a los delitos de comunicación.
Michellini especificó la importancia de que las
normativas jurídicas sobre expresión se rijan
expresamente por las disposiciones consagradas en
convenios internacionales.
El lunes 29 de setiembre, en la
reunión de Acuerdos Ministeriales, se aprobó el
Proyecto que modifica la Ley 16.099 –conocida como Ley
de Prensa- y los artículos 138, 173 y 336 del Código
Penal.
La propuesta tiene como objetivo
adecuar la legislación nacional en lo que refiere a los
delitos de comunicación, cuya actual redacción contiene
restricciones a la libertad de expresión y al derecho a
la información.
El Subsecretario del Ministerio de
Educación y Cultura, Felipe Michelini, consideró que la
aprobación Pacto de San José de Costa Rica, primera ley
aprobada tras la reanudación de la democracia, resultó
por demás relevante. Asimismo, aseveró que la ley
16.099 retomó ese espíritu. Subrayó que existía la
impresión que cuando la SCJ (Suprema Corte de Justicia)
realizara una interpretación jurídica, se haría primar
el sentido de libertad de expresión, lo cual hace al
sentido de la democracia. No obstante, dijo que con el
"caso Dogliani" esto no se cumplió y lo que era una
posibilidad terminó siendo una certeza. Por lo tanto,
precisó que el Estado quedó en falta y no cumplió con
los convenios internacionales, ni con el espíritu
inicial de la Ley 16099.
Michellini destacó el artículo 1º
del Proyecto por su importancia simbólica y jurídica.
Mediante el mismo se declara de "interés general la
promoción de la actividad de los medios de comunicación
y de prensa, así como la actividad de los periodistas,
reporteros y trabajadores de la prensa en general…" En
tal sentido subrayó el interés que tiene la sociedad
uruguaya de promover los medios de comunicación; esto
hace a la calidad de la democracia, enfatizó.
Refiriéndose al artículo 2º, destacó
la relevancia de declarar el día 3 de mayo de cada año
como "Día Nacional de la Libertad de Prensa" en donde
se homenajea a todos los periodistas, en particular
aquellos fallecidos en ejercicio de su función.
Asimismo, como uno de los aspectos
más relevantes de las modificaciones, especificó la
importancia de establecer como aspectos rectores de la
interpretación de las normativas jurídicas sobre
expresión, las disposiciones consagradas en al
Declaración de los Derechos Humanos, la Convención
Americana de Derechos Humanos y el Pacto Internacional
de Derechos Civiles y Políticos. A esto se agrega que
"se tomarán en cuenta muy especialmente los criterios
recogidos en la sentencias y opiniones consultivas de
la Corte Americana de Derechos Humanos, y en las
resoluciones en informes de la Comisión Interamericana
de Derechos Humanos…".
El Viceministro Michellini ponderó
la importancia de que la interpretación no se realice
de acuerdo al código civil o penal y resaltó la
importancia del mandato del legislador, fundamental
para la posterior aplicación de la norma. "Les estamos
dando a los periodistas un blindaje, ya que se estará
en la avanzada de la legislación regional e
internacional", comentó.
En cuanto a temas puntuales señalo
que se establece un nuevo alcance para el derecho a
respuesta, consagrado en la Convención Americana de los
Derechos Humanos y en nuestra legislación. Si alguien
plantea la posibilidad de acceder al derecho a
respuesta y el medio accede, se detiene el proceso
judicial, explicó. Asimismo, dijo que la respuesta
tiene que tener un alcance similar a la que se
consideraba motivo de agravio.
Destacó la importancia de sacar de
la esfera judicial algunos aspectos vinculados a la
libertad de expresión y derecho a la información, ya
que en ocasiones el presunto ofendido quiere originar
un hecho político en los estrados judiciales.
En cuanto a los mandatarios
extranjeros, explicó que, muchas veces, lo que hoy se
considera delito en Uruguay, en el país de origen no
sería delito. Expresó que con la profesionalidad de la
diplomacia y de los medios de comunicación se descarta
que por expresiones de este tipo se ponga en riesgo la
paz o estabilidad de la región.
En cuanto a la derogación del
literal k de la ley 10.279, que sancionaba penalmente
la falta de respeto a la bandera o emblemas nacionales,
Michelini aseveró que este aspecto debe promoverse a
través del convencimiento y la educación.
Por otra parte, subrayó que su
Cartera no adoptó una actitud fundamentalista. En tal
sentido, consideró que todos los derechos tienen
límites; el derecho de libertad de expresión es un
derecho que prevalece, aunque pueden existir casos en
que esto no sea así. Destacó que hay aspectos que hacen
a la dignidad de las personas, independientemente del
cargo que ejercen.
Asimismo, sostuvo que los
funcionarios públicos deben tener una protección
diferente, ya que los medios de comunicación en una
sociedad democrática cumplen una función de contralor.
Agregó que también hay personas que
por su profesión u oficio asumen voluntariamente una
posición social de relevancia, por lo cual se
encuentran más expuestos. No obstante hay límites de
injuriar dolosamente, puntualizó.
Finalmente, Michelini se refirió a
la articulación del mencionado Proyecto con el que
establece la protección de los datos personales de los
ciudadanos.
Ambos hacen a la calidad de la
democracia que los uruguayos quieren construir,
concluyó. |