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22 de octubre, 2008

Experiencias internacionales

UNASEV trabaja en Proyecto de Ley que habilite Juzgados Nacionales de Tránsito
Durante las exposiciones con motivo de las Semana Nacional de la Seguridad Vial, especialistas de Chile y Brasil explicaron la experiencia de sus países respecto a las sanciones y los delitos en el tránsito. En ese marco, desde la UNASEV, se informó en relación a la gestión que se realiza en nuestro país para crear Juzgados Nacionales de Tránsito, los que ya funcionan con éxito en Costa Rica, Ecuador, Panamá y Venezuela.

La Coordinadora General de la Cámara Asesora de Jurídica y Seguridad Vial de la UNASEV, Gaby Lencina, explicó que en Uruguay, esta Unidad, a pedido del Ministerio de Transporte y Obras Públicas, trabaja en la consulta a los grupos decidores -aquellos que en un futuro aplicarían el cuerpo legislativo- para en conjunto elaborar un Proyecto de Ley que prevea la creación de los delitos de tránsito. En tal sentido, se incluirán algunas figuras específicas, como conducir bajo los efectos del alcohol, exceder los límites de velocidad o arrojar sustancias a la vía pública que puedan perjudicar el normal desarrollo del tránsito.

El objetivo de la UNASEV es conocer las experiencias internacionales exitosas y en base a ello redactar una propuesta acorde a la realidad uruguaya. Asimismo, se intenta debatir las razones que llevan a adoptar este tipo de medidas y si es una solución viable o no.

La Coordinadora de UNASEV destacó que ante todo es necesario agotar las instancias administrativas y como fin último recurrir a la figura del delito de tránsito. Además, indicó que no sólo se maneja como sanción la privación de la libertad, a la cual se llegaría en delitos muy graves, sino que se implementarían los trabajos comunitarios, medida que quizás lleve con mayor éxito a la disuasión de la conducta.

La especialista chilena, Gabriela Rosende, dijo que en su país se creó por primera vez una Ley de Tránsito en el año 1965, la cual fue derogada y reemplazada por otra en el año 1985. Esta Ley es de aplicación nacional y a nivel general en toda la población. Además, desde el año 2002 es obligatoria en todo el país la utilización de cinturón de seguridad en los asientos traseros de los vehículos. En relación a las sanciones y delitos de tránsito establecidos detalló la escala vigente según la gravedad de la infracción.

Alberto Peres Da Silva, Director de Denatran, dijo que el caso de Brasil refiere fundamentalmente a los delitos de tránsito.

En su país, cada Estado tiene competencia para crear juzgados especiales en esta materia. El Código de tránsito brasilero especifica qué se considera crimen y según la categoría de éste se otorga una pena determinada. Al igual que en muchos países, existen mecanismos a través de los cuales se puede procesar a los conductores que realizan una infracción grave, incluso hasta con la privación de la libertad, dijo Da Silva. Salvo el crimen de homicidio por conducir embriagado, la pena puede consistir en la realización de trabajo comunitario. Además, en caso de reincidencia de un delito, el Juez tiene la obligación de cancelar la libreta del conductor.

   
 
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