En cuatro meses será 0,3 g/l
Gobierno redujo de 0,8 a 0,5 g/l el nivel de
alcohol en sangre permitido para conductores
Mediante un Decreto, el Poder
Ejecutivo dispuso que a partir del 17 de noviembre de
2008, la concentración de alcohol en sangre o su
equivalente en términos de espirometría permitida para
conductores de cualquier vehículo que se desplace por
la vía pública (excepto los previstos en el Art. 47 de
la Ley 18.191) es de 0,5 gramos (cinco decigramos) por
litro de sangre. Desde el 16 de marzo de 2009, la cifra
se reducirá a 0,3 (tres decigramos) por litro de
sangre. |