BPS autorizó el pago sin multas ni recargos de
retroactividades por laudo, generadas a partir del
01/07/08
Estas retroactividades se deberán
abonar en última instancia conjuntamente con el pago de
las obligaciones correspondientes al mes de cargo
Diciembre de 2008, que se efectiviza en el mes de Enero
de 2009.
La medida abarca a todos los
sectores de actividad, cualquiera sea la fecha efectiva
en que se haya homologado el acuerdo logrado en Consejo
de Salarios.
Y lo mismo será para con las demás
obligaciones formales al Sistema de Recaudación
Nominada, derivadas de los ajustes salariales
dispuestos a partir del 1º/07/2008.
BPS entiende que las instancias de
discusión y deliberación que vienen realizando los
Consejos de Salarios para determinar los ajustes
salariales de los trabajadores del sector privado, a
partir del 1º/07/2008 -se estima que el proceso de
acuerdos culminará totalmente en diciembre próximo -
constituyen una causa de "fuerza mayor" que no permitió
al sector empleador el cumplimiento de sus obligaciones
con BPS, por los montos que determinen los Consejos. |