Nuevo programa de autorización
previo a viajar a los Estados Unidos para visitantes
con exención de visas
A partir del 12 de enero del 2009,
los titulares de pasaportes de países que integran el
Programa de Exención de Visas, estarán obligados a
conseguir una autorización de viaje electrónica antes
de embarcar hacia los Estados Unidos. Asimismo deberán
cumplir con los requisitos necesarios como ser lectura
óptica, foto digital o chip electrónico para poder
viajar a los Estados Unidos.
Actualmente el Programa de Exención de Visas permite
que los ciudadanos con pasaportes emitidos en los
siguientes países puedan viajar a los EE.UU., por
turismo o negocios sin visa: Alemania - Andorra -
Australia - Austria - Bélgica - Brunei - Dinamarca -
Eslovenia - España - Finlandia - Francia - Holanda -
Irlanda - Islandia - Italia - Japón - Liechtenstein -
Luxemburgo - Mónaco - Noruega - Nueva Zelanda -
Portugal - Reino Unido - San Marino - Singapur -
Suecia y Suiza
Cuando
el Sistema Electrónico para la Autorización del Viaje
(ESTA, por su sigla en inglés) entre en vigor, a partir
del 12 de enero del 2009, todos los ciudadanos de
países con exención de visado que planeen viajar a
Estados Unidos, temporalmente por negocios o placer en
el marco del Programa de Exención de Visado,
necesitarán recibir una autorización electrónica del
viaje antes de embarcar en un avión o un barco de
crucero con destino a Estados Unidos. El requisito no
afecta a los ciudadanos estadounidenses que viajen al
extranjero.
Actualmente, los ciudadanos de países con exención de
visado rellenan, durante el trayecto a Estados Unidos,
el formulario I-94W, en el que proporcionan información
básica biográfica, sobre el viaje y otros requisitos.
Con el Sistema Electrónico para la Autorización del
Viaje los viajeros con exención de visado
proporcionarán esta información en línea antes de
partir hacia Estados Unidos.
El
Sistema Electrónico para la Autorización del Viaje
determinará, casi inmediatamente en muchos casos, si
una persona cumple los requisitos para viajar sin
visado y si el viaje plantea algún riesgo para el orden
público o la seguridad. La solicitud se podrá presentar
en cualquier momento antes del viaje y, una vez
aprobada, será válida por un periodo de dos años o
hasta que caduque el pasaporte del solicitante si es
antes de ese periodo. Las autorizaciones también serán
válidas para entradas múltiples a Estados Unidos. Para
facilitar el proceso de autorización, el Departamento
de Seguridad Nacional recomienda que se presente la
solicitud tan pronto como el solicitante comience a
planear el viaje a Estados Unidos y no menos de 72
horas antes de viajar.
El 1
de agosto de 2008, el Departamento comenzó a aceptar
solicitudes voluntarias a través de la página web del
Sistema Electrónico para la Autorización del Viaje,
https://esta.cbp.dhs.gov. Sin embargo, mientras esta
autorización no sea obligatoria para todos los viajeros
con exención de visado, seguirá siendo necesario
completar el formulario I-94W durante el trayecto a
Estados Unidos y presentarlo en el puerto de entrada al
país.
Durante el último año fiscal, Estados Unidos recibió a
más de 15 millones de visitantes con exención de
visado. Los interesados en acceder a mayor información
sobre el Sistema Electrónico para la Autorización del
Viaje, pueden hacerlo en la página www.cbp.gov/travel. |