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19 de diciembre, 2008

Cambios en IRPF para 2009

Nueva modalidad de tributación beneficiará a 190.000 núcleos familiares
El Director General de Rentas informó sobre la nueva modalidad de tributación del IRPF, por la cual se podrá tributar por núcleo familiar. Esta modalidad se comenzará a aplicar a partir del 1º de enero de 2009 y posibilitará, según estimó Hernández, que se beneficien 190.000 núcleos familiares. En los casos en que uno de los miembros del núcleo no pague IRPF y el otro sí, este último podrá reducir su anticipo mensual en un 5%, precisó.

El Director General de Rentas, Nelson Hernández, informó, en conferencia de prensa, sobre la nueva modalidad de tributación del Impuesto a la Renta de las Personas Físicas (IRPF), por la cual se podrá tributar por núcleo familiar. Esta modalidad se comenzará a instrumentar a partir del 1º de enero de 2009 y posibilitará, según estimó Hernández, que se beneficien 190.000 núcleos familiares. Asimismo, estimó que la renuncia fiscal anualizada alcanzaría los 50 millones de dólares.

El Jerarca informó que se considerará como núcleo familiar, para la liquidación del impuesto, tanto a los matrimonios como a las uniones concubinarias comprendidas en la legislación actual. Asimismo, indicó que los contribuyentes se podrán acoger a este beneficio durante todo el año 2009, presentando al empleador el nuevo formulario 3100, versión 01. No obstante, explicó que aquellos contribuyentes que manifestaron la voluntad de tributar bajo la modalidad de núcleo familiar, al momento de efectivizar su liquidación anual, al finalizar el año, y de resultarle más favorable, podrán modificar nuevamente su decisión y liquidar su tributo analizado en forma individual.

Sostuvo que en aquellos núcleos familiares en que uno de los miembros de la pareja no haya tributado IRPF al 31 de diciembre de 2008, el miembro contribuyente del impuesto podrá rebajar sus anticipos mensuales en un 5%, respecto de los que hubieran correspondido si tributara en forma individual. Esta situación se efectivizará por parte del agente de retención (empleador o Estado) al mes siguiente de entregado el nuevo formulario 3.100. Explicó que en los casos en que ambos miembros del núcleo hayan pagado el IRPF, la situación más generalizada es que resulte indiferente el tributo individual o por núcleo familiar.

Puntualizó que esta etapa forma parte del diseño original del impuesto, en donde se previeron avances sucesivos, procurando adecuar el IRPF a las capacidades efectivas de los contribuyentes.

   
 
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