Imprimir 

30 de enero, 2009

Postergaciones alcanzan el 83%

Contribuyentes rurales: sábado 31 vence plazo para postergar pago de aportes patronales
Gracias a una normativa sancionada por el Poder Legislativo, todos los contribuyentes rurales podrán postergar sus aportes patronales correspondientes al último cuatrimestre del año 2008. Los mismos vencían el día 30 de enero, pero, quienes se acojan a este beneficio, podrán diferir el pago de la deuda hasta mayo próximo.

El Vicepresidente del Banco de Previsión Social, Heber Galli, señaló que se debe tener en cuenta que los aportes rurales, como los de todos los sectores, tienen un componente de aporte patronal y otro de aporte personal. Galli explicó que lo único que se difiere en esta instancia, es el patronal, por lo que el componente de aporte personal se debe abonar en todos los casos, en la fecha establecida (vencimiento 30 de enero de 2009).

Quienes resuelvan tomar este beneficio, deben dirigirse a las oficinas del Banco de Previsión Social, a los efectos de que se les facturen los aportes personales mínimos que deben abonar en el momento y postergar el resto de las obligaciones. Para este trámite, se cuenta con todo el día viernes 30 de enero y –excepcionalmente- el sábado 31 de enero, en el horario de 8:30 a 13:00 horas, en todas las dependencias del país. De esta forma, los funcionarios del BPS, canjearán la factura por otra, en la que se especifican los aportes personales que se deberán pagar en el día y postergarán los aportes patronales.

Galli anotó que los porcentajes de aportación que la Ley permite postergar hasta el próximo mes de mayo, van desde el 65 hasta el 83% del total correspondiente al último cuatrimestre de 2008. Citó como ejemplo, el caso de un titular de explotación rural que no haya realizado opción de cuota mutual y no posea dependientes, en ese caso, tendría que pagar un total de $ 2.976, pero si se acoge a la normativa, pagará $ 1.063 y diferirá $ 1.900.

Otro ejemplo que presentó Galli para ilustrar la situación, es el de un productor rural, con elección de cuota mutual, allí se debería abonar $5.976, pero se puede diferir $ 4.913 para el mes de mayo.

Un caso de postergación de pago que alcanza al 83%, sería el de un titular de explotación rural, con conyuge colaborador y un hijo, en cuyo caso, tendría que pagar de aportes, la cifra de $ 6.874, pero que si se acoge al beneficio, diferirá $ 5,705 para el próximo vencimiento.

El Vicepresidente del Banco de Previsión Social aclaró que aquellos que opten por esta bonanza y que hubieren elegido el beneficio de la cuota mutual, mantienen este derecho en todos los casos y de igual manera.

   
 
  Escuchar entrevista