Postergaciones alcanzan el 83%
Contribuyentes rurales: sábado 31 vence plazo para
postergar pago de aportes patronales
Gracias a una normativa sancionada
por el Poder Legislativo, todos los contribuyentes
rurales podrán postergar sus aportes patronales
correspondientes al último cuatrimestre del año 2008.
Los mismos vencían el día 30 de enero, pero, quienes se
acojan a este beneficio, podrán diferir el pago de la
deuda hasta mayo próximo.
El Vicepresidente del Banco de
Previsión Social, Heber Galli, señaló que se debe tener
en cuenta que los aportes rurales, como los de todos
los sectores, tienen un componente de aporte patronal y
otro de aporte personal. Galli explicó que lo único que
se difiere en esta instancia, es el patronal, por lo
que el componente de aporte personal se debe abonar en
todos los casos, en la fecha establecida (vencimiento
30 de enero de 2009).
Quienes resuelvan tomar este
beneficio, deben dirigirse a las oficinas del Banco de
Previsión Social, a los efectos de que se les facturen
los aportes personales mínimos que deben abonar en el
momento y postergar el resto de las obligaciones. Para
este trámite, se cuenta con todo el día viernes 30 de
enero y –excepcionalmente- el sábado 31 de enero, en el
horario de 8:30 a 13:00 horas, en todas las
dependencias del país. De esta forma, los funcionarios
del BPS, canjearán la factura por otra, en la que se
especifican los aportes personales que se deberán pagar
en el día y postergarán los aportes patronales.
Galli anotó que los porcentajes de
aportación que la Ley permite postergar hasta el
próximo mes de mayo, van desde el 65 hasta el 83% del
total correspondiente al último cuatrimestre de 2008.
Citó como ejemplo, el caso de un titular de explotación
rural que no haya realizado opción de cuota mutual y no
posea dependientes, en ese caso, tendría que pagar un
total de $ 2.976, pero si se acoge a la normativa,
pagará $ 1.063 y diferirá $ 1.900.
Otro ejemplo que presentó Galli para
ilustrar la situación, es el de un productor rural, con
elección de cuota mutual, allí se debería abonar
$5.976, pero se puede diferir $ 4.913 para el mes de
mayo.
Un caso de postergación de pago que
alcanza al 83%, sería el de un titular de explotación
rural, con conyuge colaborador y un hijo, en cuyo caso,
tendría que pagar de aportes, la cifra de $ 6.874, pero
que si se acoge al beneficio, diferirá $ 5,705 para el
próximo vencimiento.
El Vicepresidente del Banco de
Previsión Social aclaró que aquellos que opten por esta
bonanza y que hubieren elegido el beneficio de la cuota
mutual, mantienen este derecho en todos los casos y de
igual manera. |