Ninguna empresa de transporte podrá admitir
animales de caza prohibida
El Departamento de Fauna de la
Dirección General de Recursos Naturales Renovables (RENARE),
del Ministerio de Ganadería, Agricultura y Pesca (MGAP),
emitió un comunicado dirigido a las empresas de
transporte y encomiendas.
En
el documento, esa dependencia ministerial recuerda a
las compañías destinatarias que “todo traslado de
animales o productos de la fauna silvestre de caza
permitida deberá respaldarse en un recibo oficial de la
empresa” donde deberá constar, con valor de declaración
jurada, nombre, domicilio y cédula de identidad del
remitente. Esta documentación deberá ser exhibida en
caso de ser requerida por los inspectores actuantes.
Según establece el artículo 116 del Código Rural (Ley
10.024), “ninguna empresa de transporte admitirá, como
carga o encomienda, animales vivos o muertos cuya caza
esté prohibida”.
El
Departamento de Fauna señala que el artículo 8vo. del
decreto 164/996, los ejemplares o productos de especies
de caza deportiva deberán trasladarse acompañados del
permiso de caza respectivo. Esa repartición establece
que en Semana de Turismo sólo se permite la caza
deportiva de ciervo axis y tres especies de palomas. Y
subraya que las arraigadas prácticas de caza de perdiz,
liebre, carpincho, mulita y tatú, entre otras especies,
son ilegales.
El
Departamento de Fauna informa que la temporada de caza
deportiva de perdiz y tres especies de patos comienza
el 1º de mayo. La temporada de caza de liebre se inicia
el 15 de abril y la de jabalí es libre todo el año y no
se requieren documentos para su transporte.
Se
adjunta comunicado del Departamento de Fauna de la
Dirección General de Recursos Naturales Renovables |