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02 de julio, 2009

Área Defensa del Consumidor

MEF anunció establecimiento de procedimiento que fortalece derechos de consumidores
La Ley 18.507 aprobada el 26 de junio establece un procedimiento sencillo, ágil y de mínimo costo para los ciudadanos que permite dirimir en el ámbito judicial controversias entre consumidores y proveedores que involucren reclamaciones de hasta 100 Unidades Reajustables (equivalente en la actualidad a $ 41.904). Además, satisface una antigua demanda de las asociaciones de consumidores.

El Área Defensa del Consumidor de la  Dirección General de Comercio (MEF) informó que el 26 de junio pasado el Poder Ejecutivo promulgó la Ley 18.507 de procedimientos judiciales en pequeñas causas en materia de Relaciones de Consumo, que fuera aprobada por el  Parlamento el 17 de junio.

La mencionada Ley, cuyo texto se adjunta, resultó de una iniciativa conjunta de la Suprema Corte de Justicia  y del Área Defensa del Consumidor de la Dirección General de Comercio del Ministerio de Economía y Finanzas, instituciones que en noviembre de 2007 conformaron una Comisión Técnica que elaboró el texto del proyecto de ley que el Poder Ejecutivo elevó a consideración del Parlamento en noviembre de 2008.

Dicha Comisión estuvo integrada por la Dra. Dora Szafir, el Dr. Fernando Cardinal y la Esc. Moyra Di Giobbi por el Poder Judicial y por la Esc. Ana María Sánchez y la Dra. María Inés de los Santos por el Área Defensa del Consumidor. Con pequeñas modificaciones, el texto elaborado por la mencionada Comisión se plasmó en la norma recientemente aprobada.

La nueva norma legal establece un procedimiento sencillo, ágil y de mínimo costo para los ciudadanos que permite dirimir en el ámbito judicial controversias entre consumidores y proveedores que involucren reclamaciones de hasta 100 Unidades Reajustables (equivalente en la actualidad a $ 41.904).

Importa señalar que la sanción de la Ley 18.507 satisface una antigua demanda de las asociaciones de consumidores y cumple con lo dispuesto en el artículo 6º de la Ley de Relaciones de Consumo (Ley 17.250 de agosto de 2000) que consagra como uno de los derechos básicos del consumidor “el acceso a organismos judiciales y administrativos para la prevención y resarcimiento de daños mediante procedimientos ágiles y eficaces”.

La promulgación de la Ley 18.507 significa un gran paso adelante en lo que hace al respeto de los derechos del consumidor en nuestro país.

   
 
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