Desde el próximo 1º de agosto UTE aplicará un ajuste
medio de tarifas del 9.0%.
Según pliego de la Administración
Nacional de Usinas y Trasmisiones Eléctricas se detallan
las siguientes tarifas.
Tarifa residencial simple, para
servicios con modalidad de consumo residencial cuya
potencia contratada sea igual o menor a 40KW el
cargo por consumo de energía mensual oscilará: hasta los
100 KW $2.666, de 101 a 600KW $3.856 y de 601KW en adelante
$ 4.217.
El cargo por potencia contratada $
37.60 y el cargo fijo mensual $ 110.9
Tarifa doble horario residencial
para servicios con modalidad de potencia contratada
entre 3.3KW y 40KW, con carácter opcional:
Cargo por consumo de energía: Punta $
5.088, fuera de Punta $ 1.861
Cargo por potencia contratada $ 39.20
Cargo fijo mensual $ 221.60
Los cargos por energía se distribuyen
en dos períodos horarios, Hora Oficial habitual y adelanto
de Hora Oficial.
Hora Oficial habitual considerará horas
Punta de 17 a 23 hs y las restantes horas serán Fuera de
Punta.
Adelanto de Hora Oficial considerará
horas Punta de 18 a 24 y las restantes horas serán Fuera de
Punta.
Tarifa general simple para
servios no comprendidos entre Residencial simple y
alumbrado público cuya potencia contratada sea menor o
igual a 40KW, el cargo por consumo de energía hasta
1000KW mensuales $3.540, de 1001KW en adelante $4.065. Por
potencia contratada $ 40.10 y el cargo fijo mensual
$132.70.
Tarifa doble horario general,
para servicios dentro de tarifa general pero con potencia
de entre 3.3 y 20KW, con carácter opcional el cargo por
consumo de energía será Punta $ 9.961 y Fuera de Punta $
2.507. El cargo de potencia contratada $ 44.60, el cargo
fijo mensual $519.30.
Estos cargos por energía se distribuyen
dentro de las horas Punta o Fuera de Punta igual que los
casos anteriores.
Tarifa Pago Anticipado, para
clientes con medidor monofásico y carácter opcional que
soliciten ser incluídos en este sistema:
Potencia contratada entre 2.2 y 3.3 KW,
hasta 700 KW $ 4.080 y de allí en adelante $ 3.927. Cargo
fijo anual $ 1.118.50
Clientes con potencia contratada 4.4,
5.5 y 6.6 KW el precio hasta 1.400 KW será $ 4.922 y de
allí en adelante $ 4.744. Cargo fijo anual $ 2.251.80
Bonificaciones
Las cuatro primeras Tarifas enumeradas
medidas en 6.4, 15 o 22 KW recibirán sobre la facturación
correspondiente al Consumo de energía y Cargo por Potencia
Contratada, el 2% de descuento.
Tarifas de Triple Horario:
Tarifas Medianos Consumidores (MC)
Opcional con potencia contratada entre
10 y 40KW o mayor a 40KW, ambos en cualquier horario: Los
precios de la energía varían según el horario: Valle, Llano
y Punta y el nivel de tensión en el cual estén
comprendidos. Los grupos MC1, MC2 y MC3, corresponderán a $
188.20, $121.20 y $68.5, respectivamente. Cargo mensual $
348,70.
El cargo por energía se distribuye en
tres horarios todos los días, de acuerdo al período de Hora
Oficial habitual y adelanto de Hora Oficial y a: Horas
Punta, Horas Llano y Horas Valle. La Potencia de
facturación será igual a la máxima mensual medida durante
las horas de Punta y de Llano, dentro de las fechas tomadas
para el cálculo de la factura mensual. En todos los casos
que esa potencia sea inferior o igual a50% de la
contratada, se facturará por el 50% de esta más los cargos
correspondientes. En cuanto a potencia Excedentaria, el
recargo será igual al 100% del precio correspondiente a
cada KW que no supere en 30% la potencia contratada, en
caso de superar ese índice, el recargo será del 300% del
precio.
Tarifas Grandes Consumidores (GC)
En este grupo se encuentran los
servicios con consumo mayor a 90.000 KW por mes y potencia
contratada dentro del horario Punta-Llano igual o mayor a
200KW, con carácter opcional. Cada grupo comprende un
cierto nivel de tensión y el precio de la energía variará
según si es Hora Valle, Llano o Punta. Los precios de
potencia máxima medida según KW irán desde $247.60 el GCI;
$162.80 el GC2; $95.80 el GC3; $34.80 el GC4 y $4.10 el
GC5. El cargo fijo mensual $ 7266 y los períodos de
horarios se distribuyen igual que el caso anterior, en
triple horario (Punta, Llano y Valle) según si la Hora
Oficial es habitual o adelantada.
Tarifas de Zona Estival (Z)
Para aquellos servicios que concentran
el 80% o más de su consumo entre los meses de noviembre a
marzo inclusive, y presentan en el horario punta-llano una
potencia contratada mayor a 10KW, con carácter opcional.
Existen tres Tarifas: Z1, Z2 y Z3, que
varían según el nivel de tensión y el horario Valle, Llano
o Punta. En estos casos la potencia máxima irá desde $
394.50, $260 y $148.90. El cargo fijo mensual $ 348.70. Los
períodos horarios se distribuyen en tres períodos igual que
en casos anteriores.
En todos los casos en que la máxima
potencia medida en horas Punta y Llano, sea inferior o
igual al 50% de la potencia contratada, se facturará el
precio de potencia por el 50% de ésta, más los cargos fijos
y de energía correspondiente. Esta cláusula regirá
únicamente para el período de zafra antes definido.
Tarifa Punitiva
En caso de irregularidades en el uso de
energía eléctrica y /o en su medición, el cargo por consumo
hasta 1000KW mensuales será $9634 y más de 1000KW $10.969.
El cargo por potencia contratada será $
89.90. El cargo fijo mensual hasta 500KW $778.90 y
superior a esa cifra $ 2.990.40.
Tarifa Alumbrado Público
A cargo de autoridades municipales y
nacionales y otros dentro de esta modalidad: Lámpara de
100W $179.02, horario completo.
Con lámparas de potencia distintas, el
precio se fijará de forma proporcional
Servicios con medidor: redes de
alumbrado con mantenimiento a cargo de UTE $ 4.975 y cargo
del cliente $ 4.036.
Tarifa Doble Horario Alumbrado
Público
Potencia mayor a 10KW puesto de medida a
cargo del cliente, el cargo será en Horario Punta $5.525 y
Fuera de Punta $ 1.904. Potencia contratada $ 54.20 y cargo
fijo mensual $ 255
Los cargos se distribuirán según la Hora
Oficial habitual o adelantada.
Tarifa Reactiva
Los consumos reactivos serán facturados
según el siguiente detalle:
Los servicios comprendidos en las
Tarifas General Simple, Residencial Simple y Alumbrado
Público, se formulará una facturación adicional por
consumos reactivos cuando el factor de potencia sea
inferior a 0.92.
Para los servicios comprendidos en las
Tarifas doble Horario (Residencial, General y Alumbrado
Público), se formulará una facturación adicional cuando el
factor de potencia sea inferior a 0.92 y una bonificación
cuando el factor sea superior a 0.92.
Los servicios comprendidos en las
Tarifas Triple Horario ( GC, MC y Z), la facturación
adicional se formulará cuando el factor potencia sea menor
a 0.92 y se bonificará cuando se supere ese valor.
En todos los casos:
Si el cociente entre energía reactiva y
activa supere 1.34 (factor de potencia menor a 0.60), se
podrá suspender el servicio previa notificación al cliente
hasta que adecue sus instalaciones.
Cuando el medidor de energía activa no
registre consumo se facturara la totalidad del consumo de
energía reactiva al mayor de los precios establecidos,
dentro de su respectiva categoría. Esto regirá en tarifas
multihorario y cuando el medidor no presente consumo en
ninguno de los períodos horarios.
Régimen de Tasas y Garantías para
Servicios Eléctricos
Definición del valor de las tasas:
a) Dentro de los Trámites que implican
el suministro de Energía eléctrica se encuentra:
1-Tasa de conexión para solicitudes de
suministro de Zona Electrificada y dentro de ella:
- Nuevos
usuarios de Distribución con potencia a contratar menor a
50KW.
Las tasas de conexión (TC) se
diferenciará en servicios monofásicos, servicios
Trifásicos y conexiones en Zona Electrificada Rural con
redes de Media Tensión monofásicas
- Nuevos
Usuarios de Distribución con potencia a contratar mayor a
50KW
- Tasas
aplicadas en otros casos que implican el suministro de
Energía Eléctrica
2-Conexiones directas de emergencia
3- Servicios extraordinarios en Usinas
con servicio restringido
4- Por reconexión del suministro
5- Por rehabilitación del suministro
2) Dentro de los Trámites que implican
estudios técnicos
1-Tasa de evaluación de documentación
técnica y proyecto
2-Tasa de elaboración de Proyectos de
Electrificación Rural (TEPER)
3) Trámites que implican prestación de
otros servicios
1-Trámite de fichas sueltas, de sitio de
medidor, recorrido de entrada, corrimiento de línea o
similares.
2 -Inspección parcial o de cañerías
3- Cambios de medidores por servicios
provisorios para fiestas
4 -Operarios de guardia
5- Certificado y entrada de
instalaciones eléctricas a edificios construídos por ley de
PH y los edificios adaptados para la venta de PH (propiedad
horizontal)
6-Gastos de Administración
7-Ejemplares de normas técnicas
8-Tasa por concepto de trámite de
regulación de cañerías tapadas por previa inspección.
4) Multa por concepto de mora por
adeudos vencidos
1-
Abonados dentro de los 5 días hábiles siguientes a
su vencimiento recibe 5% del importe facturado
2-
Abonados luego de los 5 días hábiles se le aplica
10% del importe facturado
Valor de la UBT = $ 412.09
Tasa Aplicable a las garantías de
permanencia y de contratació:n
Es la tasa Media de Empresas de
Intermediación Financiera en Moneda Nacional no reajustable
para Empresas Grandes y Medianas, publicada por el Banco
Central del Uruguay (BCU) para el plazo de hasta 366 días.
Esta tasa se fija el 1º de noviembre de cada año. |