Imprimir 

31 de julio, 2009
Desde el próximo 1º de agosto UTE aplicará un ajuste medio de tarifas del 9.0%.
Según pliego de la Administración Nacional de Usinas y Trasmisiones Eléctricas se detallan las siguientes tarifas.

Tarifa residencial simple, para servicios con modalidad de consumo residencial cuya potencia contratada sea igual o menor a 40KW el cargo por consumo de energía mensual oscilará: hasta los 100 KW $2.666, de 101 a 600KW $3.856 y de 601KW en adelante $ 4.217.

El cargo por potencia contratada  $ 37.60 y el cargo fijo mensual $ 110.9

Tarifa doble horario residencial para servicios con modalidad de potencia contratada entre 3.3KW y 40KW, con carácter opcional:

Cargo por consumo de energía: Punta $ 5.088, fuera de Punta $ 1.861

Cargo por potencia contratada $ 39.20

Cargo fijo mensual $ 221.60

Los cargos  por energía se distribuyen en dos períodos horarios, Hora Oficial habitual y adelanto de Hora Oficial.

Hora Oficial habitual considerará horas Punta de 17 a 23 hs y las restantes horas serán Fuera de Punta.

Adelanto de Hora Oficial considerará horas Punta de 18 a 24 y las restantes horas serán Fuera de Punta.

Tarifa general simple para servios no comprendidos entre Residencial simple y alumbrado público cuya potencia contratada sea menor o igual a 40KW, el cargo  por consumo de energía hasta 1000KW mensuales $3.540, de 1001KW en adelante $4.065. Por potencia contratada $ 40.10 y el cargo fijo mensual $132.70.

Tarifa doble horario general, para servicios dentro de tarifa general pero con potencia de entre 3.3 y 20KW, con carácter opcional el cargo por consumo de energía será Punta $ 9.961 y Fuera de Punta $ 2.507. El cargo de potencia contratada $ 44.60, el cargo fijo mensual $519.30.

Estos cargos por energía se distribuyen dentro de las horas Punta o Fuera de Punta igual que los casos anteriores.

Tarifa Pago Anticipado, para clientes con medidor monofásico y carácter opcional que soliciten ser incluídos en este sistema:

Potencia contratada entre 2.2 y 3.3 KW, hasta 700 KW $ 4.080 y de allí en adelante $ 3.927. Cargo fijo anual $ 1.118.50

Clientes con potencia contratada 4.4, 5.5 y 6.6 KW el precio hasta 1.400 KW será $ 4.922 y de allí en adelante $ 4.744. Cargo fijo anual $ 2.251.80

Bonificaciones

Las cuatro primeras Tarifas enumeradas medidas en 6.4, 15 o 22 KW recibirán sobre la facturación correspondiente al Consumo de energía y Cargo por Potencia Contratada, el 2% de descuento.

Tarifas de Triple Horario:

Tarifas Medianos Consumidores (MC)

Opcional con potencia contratada entre 10 y 40KW  o mayor a 40KW, ambos en cualquier horario: Los precios de la energía varían según el horario: Valle, Llano y Punta y el nivel de tensión en el cual estén comprendidos. Los grupos MC1, MC2 y MC3, corresponderán a $ 188.20, $121.20 y $68.5, respectivamente. Cargo mensual $ 348,70.

El cargo por energía se distribuye en tres horarios todos los días, de acuerdo al período de Hora Oficial habitual y adelanto de Hora Oficial y a: Horas Punta, Horas Llano y Horas Valle. La Potencia de facturación será igual a la máxima mensual medida durante las horas de Punta y de Llano, dentro de las fechas tomadas para el cálculo de la factura mensual. En todos los casos que esa potencia sea inferior o igual a50% de la contratada, se facturará por el 50% de esta más los cargos correspondientes. En cuanto a potencia Excedentaria, el recargo será igual al 100% del precio correspondiente a cada KW que no supere en 30% la potencia contratada, en caso de superar ese índice, el recargo será del 300% del precio.

Tarifas Grandes Consumidores (GC)

En este grupo se encuentran los servicios con consumo mayor a 90.000 KW por mes y potencia contratada dentro del horario Punta-Llano igual o mayor a 200KW, con carácter opcional. Cada grupo comprende un cierto nivel de tensión y el precio de la energía variará según si es Hora Valle, Llano o Punta. Los precios de potencia máxima medida según KW irán desde $247.60 el GCI; $162.80 el GC2; $95.80 el GC3; $34.80 el GC4 y $4.10 el GC5. El cargo fijo mensual $ 7266 y los períodos de horarios se distribuyen igual que el caso anterior, en triple horario (Punta, Llano y Valle) según si la Hora Oficial es habitual o adelantada.

Tarifas de Zona Estival (Z)

Para aquellos servicios que concentran el 80% o más de su consumo entre los meses de noviembre a marzo inclusive, y presentan en el horario punta-llano una potencia contratada mayor a 10KW, con carácter opcional.

Existen tres Tarifas: Z1, Z2 y Z3, que varían según el nivel de tensión y el horario Valle, Llano o Punta. En estos casos la potencia máxima irá desde $ 394.50, $260 y $148.90. El cargo fijo mensual $ 348.70. Los períodos horarios se distribuyen en tres períodos igual que en casos anteriores.

En todos los casos en que la máxima potencia medida en horas Punta y Llano, sea inferior o igual al 50% de la potencia contratada, se facturará el precio de potencia por el 50% de ésta, más los cargos fijos y de energía correspondiente. Esta cláusula regirá únicamente para el período de zafra antes definido.

Tarifa Punitiva

En caso de irregularidades en el uso de energía eléctrica y /o en su medición, el cargo por consumo hasta 1000KW mensuales será $9634 y más de 1000KW $10.969.

El cargo por potencia contratada será $ 89.90. El cargo fijo mensual  hasta 500KW $778.90 y superior a esa cifra $ 2.990.40.

Tarifa Alumbrado Público

A cargo de autoridades municipales y nacionales y otros dentro de esta modalidad: Lámpara de 100W  $179.02, horario completo.

Con lámparas de potencia distintas, el precio se fijará de forma proporcional

Servicios con medidor: redes de alumbrado con mantenimiento a cargo de UTE $ 4.975 y cargo del cliente $ 4.036.

Tarifa Doble Horario Alumbrado Público

Potencia mayor a 10KW puesto de medida a cargo del cliente, el cargo será en Horario Punta $5.525 y Fuera de Punta $ 1.904. Potencia contratada $ 54.20 y cargo fijo mensual $ 255

Los cargos se distribuirán según la Hora Oficial habitual o adelantada.

Tarifa Reactiva

Los consumos reactivos serán facturados según el siguiente detalle:

Los servicios comprendidos en las Tarifas General Simple, Residencial Simple y Alumbrado Público, se formulará una facturación adicional por consumos reactivos cuando el factor de potencia sea inferior a 0.92.

Para los servicios comprendidos en las Tarifas doble Horario (Residencial, General y Alumbrado Público), se formulará una facturación adicional cuando el factor de potencia sea inferior a 0.92 y una bonificación cuando el factor sea superior a 0.92.

Los servicios comprendidos en las Tarifas Triple Horario ( GC, MC y Z), la facturación adicional se formulará cuando el factor potencia sea menor a 0.92 y se bonificará cuando se supere ese valor.

En todos los casos:

Si el cociente entre energía reactiva y activa supere 1.34 (factor de potencia menor a 0.60), se podrá suspender el servicio previa notificación al cliente hasta que adecue sus instalaciones.

Cuando el medidor de energía activa no registre consumo se facturara la totalidad del consumo de energía reactiva al mayor de los precios establecidos, dentro de su respectiva categoría. Esto regirá en tarifas multihorario y cuando el medidor no presente consumo en ninguno de los períodos horarios.

Régimen de Tasas y Garantías para Servicios Eléctricos

Definición del valor de las tasas:

a) Dentro de los Trámites que implican el suministro de Energía eléctrica se encuentra:

1-Tasa de conexión para solicitudes de suministro de Zona Electrificada y dentro de ella:

  • Nuevos usuarios de Distribución con potencia a contratar menor a 50KW.

Las tasas de conexión (TC) se diferenciará  en servicios monofásicos, servicios Trifásicos y conexiones en Zona Electrificada Rural con redes de Media Tensión monofásicas

  • Nuevos Usuarios de Distribución con potencia a contratar mayor a 50KW
  • Tasas aplicadas en otros casos que implican el suministro de Energía Eléctrica

2-Conexiones directas de emergencia

3- Servicios extraordinarios en Usinas con servicio restringido

4- Por reconexión del suministro

5- Por rehabilitación del suministro

2) Dentro de los Trámites que implican estudios técnicos

1-Tasa de evaluación de documentación técnica y proyecto

2-Tasa de elaboración de Proyectos de Electrificación Rural (TEPER)

3) Trámites que implican prestación de otros servicios

1-Trámite de fichas sueltas, de sitio de medidor, recorrido de entrada, corrimiento de línea o similares.

2 -Inspección parcial o de cañerías

3- Cambios de medidores por servicios provisorios para fiestas

4 -Operarios de guardia

5- Certificado y entrada de instalaciones eléctricas a edificios construídos por ley de PH y los edificios adaptados para la venta de PH (propiedad horizontal)

6-Gastos de Administración

7-Ejemplares de normas técnicas

8-Tasa por concepto de trámite de regulación de cañerías tapadas por previa inspección.

4) Multa por concepto de mora por adeudos vencidos

1-     Abonados dentro de los 5 días hábiles siguientes a su vencimiento recibe 5% del importe facturado

2-     Abonados luego de los 5 días hábiles se le aplica 10% del importe facturado

Valor de la UBT = $ 412.09

Tasa Aplicable a las garantías de permanencia y de contratació:n

Es la tasa Media de Empresas de Intermediación Financiera en Moneda Nacional no reajustable para Empresas Grandes y Medianas, publicada por el Banco Central del Uruguay (BCU) para el plazo de hasta 366 días. Esta tasa se fija el 1º de noviembre de cada año.