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25 de noviembre, 2009

Resoluciones de BPS

Bonificación para empresarios buenos pagadores y flexibilidad para inundados del interior
De acuerdo a la Ley 17.963, las empresas buenas pagadoras tendrán un descuento automático del 10% sobre las obligaciones jubilatorias patronales de diciembre, incluyendo aguinaldos. Al beneficiar con esta medida a 141.229, el BPS no recaudará US$ 3 millones. La misma se aplica a empresas públicas. Por motivo de inundaciones, se flexibilizarán de acuerdo a cada caso, las fechas de pagos de impuestos pendientes.

Tras la habitual reunión de los miércoles, el directorio del Banco de Previsión Social (BPS) resolvió aplicar dos medidas relacionadas con la bonificación a buenos pagadores, así como flexibilizar los pagos de impuestos ante las inundaciones producidas en el interior del país.

Bonificación del 10%

El Presidente del BPS, Ernesto Murro, indicó que al igual que en 2006, 2007 y 2008 se otorgará una bonificación del 10% a los contribuyentes buenos pagadores.

Esta medida se instrumenta de acuerdo a la Ley 17.963, denominada de Inclusión, Regularización y Bonificación a Buenos Pagadores. Hasta el momento, 40.000 empresas han firmado convenios a través de esa Ley, con una recaudación de más del 60% de lo que se ha convenido, situación que demuestra un alto pago de las deudas convenidas.

La Ley también permitió que más de 280.000 trabajadores recuperaran total o parcialmente sus derechos de seguridad social. La Norma, además, permite el premio a los empresarios buenos pagadores, lo cual es una medida inédita en el país.

Murro afirmó que la Ley fue elaborada por un alto consenso, en el que intervinieron trabajadores, patrones y el directorio del BPS.

En diciembre de 2006, la bonificación del 10% de los aportes patronales jubilatorios correspondientes al mes de diciembre, que incluye aguinaldo, favoreció a 70. 515 negocios.

Este año, la Ley favorecerá a 141.229 empresas privadas, lo cual implica que el BPS deje de recaudar por ese lapso de tiempo, unos $ 57 millones, cifra que equivale a US$ 3 millones. Para obtener ese beneficio entre mayo del año pasado y abril del 2009, es decir durante 12 meses corridos, las empresas deben haber cumplido con sus obligaciones de seguridad social.

Las empresas beneficiadas no tendrán que realizar ningún trámite porque el descuento se realizará automáticamente y constará en el recibo correspondiente.

En esta acción están comprendidas las empresas públicas. Tampoco están incluidas las empresas privadas que gozan de exoneración de aportes patronales jubilatorios, como las pertenecientes al rubro enseñanza. En el caso, de situaciones de exoneración parcial la misma se aplicará sobre la porción no exonerada de los aportes patronales jubilatorios.

Flexibilización por inundaciones

En otro orden, y en forma unánime, el Directorio adoptó una serie de medidas ante los impactos de las inundaciones registradas en el interior del país.

En aquellas localidades donde sea necesario y el BPS disponga de locales, los mismos estarán disponibles para tareas de evacuación, albergue, depósito de bienes, entre otras actividades.

Asimismo, se brindará -como ya se viene haciendo en algunas localidades- asesoramiento personalizado a damnificados que presentan distintas dificultades, producto de la situación producida. Ese evento, comprende por ejemplo, facilitar el cobro de prestaciones como jubilación o asignación familiar ante pérdida de documentos y/o vencimientos de plazos.

Por otra parte, institucionalmente, el organismo realizará hasta el 4 de diciembre una campaña interna entre sus funcionarios de recolección de fondos en dinero, montos que se descontarán hasta en tres cuotas de su sueldo.

El dinero se depositará en la cuenta de Fondo de Reserva de Emergencia, administrado por el Sistema Nacional de Emergencia, creado por Ley 18.621. Esta campaña se efectúa en coordinación con el sindicato de funcionarios del organismo.

En caso de ser necesario, se realizará el análisis de las situaciones de los contribuyentes que soliciten no efectuar sus aportes por no haber podido tener actividad comercial. Se tomará en cuenta si la inactividad se produjo durante todo un mes como mínimo y si fue como consecuencia de, por ejemplo, la inundación de un comercio que no abrió sus puertas al público por esa razón.

Las autoridades del BPS manifestaron su voluntad de considerar la postergación del pago de los aportes hasta el 29 de diciembre, en caso de solicitudes, y en consulta con los respectivos Comités de Emergencia y Ministerios.

De esta forma, se continuará con el seguimiento de la situación, en particular a través de la relación entre los Gerentes Departamentales y Jefes de Agencias Locales con los respectivos Comités de Emergencias, no descartándose otras medidas en caso de entenderse necesarias.

   
 
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  Ernesto Murro
 
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-prensa-