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20 de enero, 2010
SNIS : nueva oportunidad para cambiarse de mutualista
El Poder Ejecutivo reglamentó el Decreto que flexibiliza el cambio de prestador de servicio de salud para aquellos usuarios que no reunieron las condiciones en febrero de 2009.

Desde el 1º al 27 de febrero de 2010, los trabajadores con más de 7 años en una misma mutualista podrán cambiarse a otro prestador.  

Condiciones del Usuario del Sistema Nacional Integrado de Salud (SNIS) para poder realizar gestión:

El artículo 1° establece:
Que los usuarios del SNIS, con 7 o más años de afiliación a un mismo prestador de Salud pueden desde el 1° al 27 de febrero cambiarse a otra mutualista que integre el SNIS.  
El Decreto del 29 de enero del año 2009 establecía que el usuario debía tener 10 o más años de afiliación a un mismo prestador. 
El cambio de prestador lo deberá hacer el propio usuario en las oficinas del nuevo prestador de Salud.

El artículo 2do. establece:
Que el usuario deberá permanecer 3 años en el nuevo prestador de Salud elegido, transcurrido los cuales podrá volver a optar.  

El artículo 3ero. indica:
El cálculo correcto para saber la antigüedad en un mismo presentador.

El artículo 4to, establece:
Que también pueden cambiar de prestador, entre
el 1° y el 27 de febrero, los beneficiarios del SNIS que fueron designados a ASSE porque no eligieron prestador de salud en el plazo asignado.

Por último, el artículo 5to, indica:
"A los docentes de enseñanza primaria y secundaria que, cumpliendo las condiciones establecidas en el artículo primero del presente decreto, registren baja laboral durante el mes de febrero de 2010, se les hará reserva del derecho de cambiar de prestador por 30 días corridos, contados a partir de la subsiguiente alta laboral”.

   
 
  Decreto - año 2009
 
  Decreto - año 2010