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       9/05/02    
      
       
      09/05/02-ADSCRIPCIÓN
      MRREE
      
       
      VISTO:
      la ruptura de
      relaciones diplomáticas con la República de Cuba;
      
       
      RESULTANDO:
      que corresponde
      adscribir a la República al señor Embajador de la República en dicho
      país;
      
       
      ATENTO:
      a lo dispuesto por el artículo 40 del Decreto-Ley N° ,14.206, de 6 de
      junio de 1974 y por el artículo 226 de la Ley N° 16.736 de 5 de enero de
      1996;
      
       
      EL
      PRESIDENTE DE LA REPÚBLICA
      
       
      RESUELVE
      
       
      1°.- Adscríbese al
      Ministerio de Relaciones Exteriores al señor Embajador de la República
      en la República de Cuba, Enrique Estrázulas.- 
      2°.- Otórguense al
      citado funcionario los pasajes y demás compensaciones a que tenga
      derecho, de conformidad con lo establecido por el artículo 124 de la Ley
      N° 13.318 de 28 de diciembre de 1964 y artículo 43 de la Ley N° 15.767
      de 13 de setiembre de 1985.- 
      3°.-
      Comuníquese, notifiquese, etc.- 
      
      
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