9/05/02
09/05/02-ADSCRIPCIÓN
MRREE
VISTO:
la ruptura de
relaciones diplomáticas con la República de Cuba;
RESULTANDO:
que corresponde
adscribir a la República al señor Embajador de la República en dicho
país;
ATENTO:
a lo dispuesto por el artículo 40 del Decreto-Ley N° ,14.206, de 6 de
junio de 1974 y por el artículo 226 de la Ley N° 16.736 de 5 de enero de
1996;
EL
PRESIDENTE DE LA REPÚBLICA
RESUELVE
1°.- Adscríbese al
Ministerio de Relaciones Exteriores al señor Embajador de la República
en la República de Cuba, Enrique Estrázulas.-
2°.- Otórguense al
citado funcionario los pasajes y demás compensaciones a que tenga
derecho, de conformidad con lo establecido por el artículo 124 de la Ley
N° 13.318 de 28 de diciembre de 1964 y artículo 43 de la Ley N° 15.767
de 13 de setiembre de 1985.-
3°.-
Comuníquese, notifiquese, etc.-
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