9/05/02    

09/05/02-ADSCRIPCIÓN MRREE

VISTO: la ruptura de relaciones diplomáticas con la República de Cuba;

RESULTANDO: que corresponde adscribir a la República al señor Embajador de la República en dicho país;

ATENTO: a lo dispuesto por el artículo 40 del Decreto-Ley N° ,14.206, de 6 de junio de 1974 y por el artículo 226 de la Ley N° 16.736 de 5 de enero de 1996;

EL PRESIDENTE DE LA REPÚBLICA

RESUELVE

1°.- Adscríbese al Ministerio de Relaciones Exteriores al señor Embajador de la República en la República de Cuba, Enrique Estrázulas.-

2°.- Otórguense al citado funcionario los pasajes y demás compensaciones a que tenga derecho, de conformidad con lo establecido por el artículo 124 de la Ley N° 13.318 de 28 de diciembre de 1964 y artículo 43 de la Ley N° 15.767 de 13 de setiembre de 1985.-

3°.- Comuníquese, notifiquese, etc.-