9/05/02
09/05/02
- MODIFICACIÓN PRESUPUESTAL-MEF
VISTO: la gestión
iniciada por el Ministerio de Relaciones Exteriores solicitando efectuar
las correcciones de los errores y omisiones que se comprobaron en el
planillado Anexo a la Ley de Presupuesto N° 17.296, de 21 de febrero de
2001.-
RESULTANDO:
que se constató que
por error se eliminó para los ejercicios 2001 a 2004, en el planillado de
Estructuras de Cargos y Funciones Contratadas anexo a la mencionada Ley de
Presupuesto, en el Inciso 06, Unidad Ejecutora 001 "Ministerio de
Relaciones Exteriores" , un cargo vacante Escalafón D, Grado 12,
Especialista II, Ciencias Económicas.-
CONSIDERANDO:
I) que es necesario efectuar las correcciones de los referidos errores y
omisiones.-
II)
que corresponde realizar la rehabilitación del cargo así como la
corrección al planillado.-
III) que corresponde
asimismo reflejar la modificación propuesta, en el planillado de Gastos
de Funcionamiento anexo a la Ley.-
ATENTO:
a lo informado por la Oficina de Planeamiento y Presupuesto y la
Contaduría General de la Nación ya lo dispuesto por el artículo 5° de
la Ley N° 17.296, de 21 de febrero de 2001.-
EL
PRESIDENTE DE LA REPÚBLICA
DECRETA:.
ARTÍCULO
1°.- Modifícase el
planillado de Estructuras de Cargos y Funciones Contratadas, anexo a la
Ley N° 17.296, de 21 de febrero de 2001, dando de alta, para los
ejercicios 2001 a 2004, en el Inciso 06, Programa 001
"Administración" , Unidad Ejecutora 001 "Ministerio de
Relaciones Exteriores" , Proyecto 000, Naturaleza 000, según el
siguiente detalle: Escalafón Grado Denominación Serie
D
12 Especialista II Ciencias Económicas
ARTÍCULO
2°.- Modifícase en
el planillado anexo a la Ley N° 17.296, de 21 de febrero de 2001, en el
Inciso 06, Programa 001 "Administración" , Unidad Ejecutora 001
"Ministerio de Relaciones Exteriores", los créditos asignados
al Grupo 0 " Servicios Personales " , para los años 2001 a
2004, según el siguiente detalle:
Financiación
1.1
valor
moneda 1/1/2000
OBJETO
IMPORTE
011
19.517,00
012
6.441,00
014
18.396,00
042.087
20.606,00
042.092
4.458,00
048.006
2.745,00
048.009
1.392,00
059
6.130,00
081
15.538,00
082
797,00
Financiación
1.2
OBJETO
IMPORTE
042.092
87.292,00
059
7.274,00
081
18.440,00
082
945,00
ARTÍCULO
3°.- Dése cuenta a
la Asamblea General.-
ARTÍCULO
4°.- Comuníquese,
publíquese, etc.-
|