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       9/05/02    
      
       
      09/05/02
      – DESIGNACIONES - MSP
      
       
      VISTO:
      estos antecedentes
      relacionados con el Concurso de Pruebas realizado para proveer 5 (cinco)
      cargos de Médicos Residentes en la Especialidad de Imagenología en la
      Unidad Ejecutora 068- Administración de los Servicios de Salud del
      Estado;  
      CONSIDERANDO:
      I) que el Tribunal que entendió en dicho Concurso determinó de acuerdo
      con el resultado obtenido, los Técnicos Médicos que ocuparán los
      referidos cargos; 
      
       
      II)
      que de acuerdo a las normas reglamentarias vigentes al respecto, la
      Residencia Médica deberá desempeñarse por un período de tres años,
      sujeto el primero, al resultado del Concurso respectivo y los dos
      sucesivos a la reelección anual a propuesta de la Comisión Técnica de
      Residencias Médicas Hospitalarias; 
      
       
      III)
      que la Comisión de referencia dispuso comenzar el desempeño de los
      cargos concursados a partir del 1° de abril de 2002 hasta el 31 de marzo
      del 2005; IV) lo informado por la Gerencia de Recursos Humanos de la
      Administración de los Servicios de Salud del Estado; 
      
       
      ATENTO:
      a lo establecido por el Decreto-Ley N° 15.372 de 4 de abril de 1983 y el
      artículo 429 de la Ley N° 16.170 de 28 de diciembre de 1990; 
      
       
      EL
      PRESIDENTE DE LA REPÚBLICA
      
       
      RESUELVE:
      
       
      1°.- Desígnanse a
      partir del 1° de abril de 2002, en el Inciso 12- Ministerio de Salud
      Pública- para ocupar por Concurso de 
      
       
      Pruebas
      5 (cinco) cargos de Médicos Residentes en la Especialidad de
      Imagenología en la Unidad Ejecutora 068 - Administración de los
      Servicios de Salud del Estado (Programa 005- Esc. A- Gdo. 08), a las
      personas que se detallan a continuación : 
      
       
      1)    
      MARCELA MARIA CORREA PEÑA (C.I. 3.230.344-6) (C.C. BLA 28397)
      -Correlativo 801876 
      
       
      2)    
      2) RAQUEL SUSANA MORALES GONGORRA (C.I. 3.893.013-4) (C.C. CM
      31387) –Correlativo 801877 
      
       
      3)    
      ANA LAURA BARRAGAN VISCHI (C.I. 1.791.459-1) (C.C. AHB 8204)
      -Correlativo 801878 
      
       
      4)    
      MARIANA LORENA PEREYRA MERELLO (C.I. 1.779.112-9) (C.C. BCB 48310)
      -Correlativo 801879 
      
       
      5)    
      LUCIA GAMIO TRAIBEL (C.I. 3.078.571-7) (C.C. AXB 31046)
      -Correlativo 801880. 
      
       
      2°.-
      Dispónese que el régimen horario a cumplir por dichos técnicos será
      entre 40 y 48 horas semanales de labor.
      
       
      3°.-
      Póngase en conocimiento de la Oficina Nacional del Servicio 
      
       
      Civil
      y la Contaduría General de la Nación. 
      
       
      4°.-
      Pase a sus efectos a la Administración de los Servicios de Salud del
      Estado. 
       
      VISTO:
      estos antecedentes relacionados con el Concurso de Pruebas realizado
      para proveer 6 (seis) cargos de Médicos Residentes en la Especialidad de
      Traumatología y Ortopedia en la Unidad Ejecutora 068- Administración de
      los Servicios de Salud 
      
       
      del
      Estado; 
      
       
      CONSIDERANDO:
      I) que el Tribunal que, entendió en dicho Concurso determinó de
      acuerdo con el resultado obtenido, los Técnicos Médicos que ocuparán
      los referidos cargos; 
      
       
      II)
      que de acuerdo a las normas reglamentarias vigentes al respecto, la
      Residencia Médica deberá desempeñarse por un período de tres años,
      sujeto el primero, al resultado del Concurso respectivo y los dos
      sucesivos a la reelección anual a propuesta de la Comisión Técnica de
      Residencias Médicas Hospitalarias; 
      
       
      III)
      que la Comisión de referencia dispuso comenzar el desempeño de los
      cargos concursados a partir del 1° de abril de 2002 hasta el 31 de marzo
      del 2005; IV) lo informado por la Gerencia de Recursos Humanos de la
      Administración de los Servicios de Salud del Estado; 
      
       
      ATENTO:
      a lo establecido por el Decreto-Ley N° 15.372 de 4 de abril de 1983 y
      el articulo 429 de la Ley N° 16.170 de 28 de diciembre de 1990; 
      
       
      EL PRESIDENTE DE LA REPÚBLICA
      RESUELVE:
      
       
      1°.-
      Desígnanse a partir del 1° de abril de 2002, en el Inciso 12- Ministerio
      de Salud Pública- para ocupar por Concurso de Pruebas 6 (seis) cargos de
      Médicos Residentes en la Especialidad de Traumatología y Ortopedia en la
      Unidad Ejecutora 068 -Administración de los Servicios de Salud .del
      Estado (Programa 005- Esc. A- Gdo. 08), a las personas que se detallan a
      continuación: 
      
       
      1)    
      JOSE LUIS CARLOMAGNO DI FlORIDO (C.I. 1.618.414-7) (C.C. BCA 92049)
      -Correlativo 801867 
      
       
      2)    
      LAURA ELENA MACHADO ALVAREZ (C.I. 3.051.394-6) (C.C. DBA 27813)
      -Correlativo 801868 
      
       
      3)    
      JOSE LUIS UDAQUIOLA MORElRA (C.I. 2.711.488-8) (C.C. M FA 10740)
      -Correlativo 801869 
      
       
      4)    
      MARIA DEL PILAR PEGO GARCIA (C.I. 1.982.972-6) --- (C.C. AXA 27614)
      -Correlativo 801870 
      
       
      5)    
      ALEJ.ANDRO DERMATAS PEREYRA (C.I. 2.010.951-5) -- (C.C. BCC 4695)
      -Correlativo 801871 
      
       
      6)    
      ROBERTO DANIEL FERRERO GARRE (C.I. 3.472.565-0) (C.C. CDA 69571)
      -Correlativo 801872 
      
       
      2°.-
      Dispónese que el régimen horario a cumplir por dichos técnicos será
      entre 40 y 48 horas semanales de labor. 
      
       
      3°.-
      Póngase en conocimiento de la Oficina Nacional del Servicio Civil y la
      Contaduría General de la Nación.
      
       
      4°.-
      Pase a sus efectos a la Administración de los Servicios de Salud del
      Estado.
        
       
      VISTO:
      estos antecedentes
      relacionados con el Concurso de Pruebas realizado para proveer 9 (nueve)
      cargos de Médicos Residentes en la Especialidad de Cirugía en la Unidad
      Ejecutora 068- Administración de los Servicios de Salud del Estado , 
      
       
      CONSIDERANDO:
      I) que el Tribunal que.
      entendió en dicho Concurso determinó de acuerdo con el resultado
      obtenido, los Técnicos Médicos que ocuparán los referidos cargos; 
      
       
      II)
      que de acuerdo a las normas reglamentarias vigentes al respecto, la
      Residencia Médica deberá desempeñarse por un período de tres años,
      sujeto el primero, al resultado del Concurso respectivo y los dos
      sucesivos a la reelección anual a propuesta de la Comisión Técnica de
      Residencias Médicas Hospitalarias; 
      
       
      III)
      que la Comisión de referencia dispuso comenzar el desempeño de los
      cargos concursados a partir del 1° de abril de 2002 hasta el 31 de marzo
      del 2005; IV) lo informado por la Gerencia de Recursos Humanos de la
      Administración de los Servicios de Salud del Estado; 
      
       
      ATENTO:
      a lo establecido por el
      Decreto-Ley N° 15.372 de 4 de abril de 1983 y el artículo 429 de la Ley
      N° 16.170 de 28 de diciembre de 1990; 
      
       
      EL PRESIDENTE DE LA REPÚBLICA
      RESUELVE
      
       
      1°.-
      Desígnanse a partir del 1° de abril de 2002, en el Inciso 12- Ministerio
      de Salud Pública- para ocupar por Concurso de Pruebas 9 (nueve) cargos de
      Médicos Residentes en la Especialidad de Cirugía en la Unidad Ejecutora
      068 - Administración de los Servicios de Salud del Estado (Programa 005-
      Esc. A- Gdo. 08), a las personas que se detallan a continuación: 
      
       
      1)    
      EDUARDO JORGE FERREIRA GUIDO (C.I. 1.775.302-8) (C.C. ALA
      9526) -Correlativo 801890 
      
       
      2)    
      NICOLAS ARECHAVALETA PEREIRA (C.I. 1.6ó7.343-5) (C.C. BCD
      4138) -Correlativo 801891 
      
       
      3)    
      ANDREA BEATRIZ PERROTTA BELLOMO (C.I. 1.738.495-4) (C.C. AOB
      8406) -Correlativo 801892.
      
       
      4)    
      PABLO ANTONIO VALSANGIACOMO REYNOSO (C.I. 3.61ó.861-0) (C.C. JAE
      11104)- Correlativo 801893
      
       
      5)    
       MARCELO MESA SOSA
      (C.I. 4.017.326-7) (C.C. MAA 606ó2) -Correlativo 801897. 
      
       
      6)    
      MARIANNA CARBON GUZMAN (C.I. 3.445.746-3) (C.C. BBB 42456)
      -Correlativo 801908 
      
       
      7)    
      CARLOS GABRIEL
      CORREA BENITEZ (C.I. 3.301.148-0) (C .C .ARB 15298) -Correlativo 801909.
      
       
      8)    
      ROSANA ELIZABETH GONZALEZ TRIPANI (C.I. 3.153.679-1) (C.C. BZC
      6317) -Correlativo 801910.
      
       
      9)    
      DIEGO ANDRES ABREU CLA VIJO (C.I. 3.094.863-6) (C.C. CM 29388)
      -Correlativo 801911 
      
       
      2°.-
      Dispónese que el régimen horario a cumplir por dichos técnicos será
      entre 40 y 48 horas semanales de labor 
      
       
      3°.-
      Póngase en conocimiento de la Oficina Nacional del Servicio Civil y la
      Contaduría General de la Nación 
      
       
      4°.
      -Pase a sus efectos a la Administración de los Servicios de Salud del
      Estado  
      
       
       
      VISTO:
      estos antecedentes relacionados con el Concurso de Pruebas realizado
      para proveer 8 (ocho) cargos de Médicos Residentes en la Especialidad de
      Medicina Intensiva en la Unidad Ejecutora 068- Administración de loS
      Servicios de Salud del Estado;  
      CONSIDERANDO: I) que el Tribunal que entendió en dicho Concurso
      determinó de acuerdo con el resultado obtenido, los Técnicos Médicos
      que ocuparán los referidos cargos; 
      
       
      II)
      que de acuerdo a las normas reglamentarias vigentes al respecto, la
      Residencia Médica deberá desempeñarse por un período de tres años,
      sujeto el primero, al resultado del Concurso respectivo y los dos
      sucesivos a la reelección anual a propuesta de la Comisión Técnica de
      Residencias Médicas Hospitalarias; 
      
       
      III)
      que la Comisión de referencia dispuso comenzar el desempeño de los
      cargos concursados a partir del 1° de abril de 2002 hasta el 31 de marzo
      del 2005; 
      
       
      IV)
      lo informado por la Gerencia de Recursos Humanos de la Administración de
      los Servicios de Salud del Estado; 
      
       
      ATENTO:
      a lo establecido por el Decreto-Ley N° 15.372 de 4 de abril de 1983 y
      el artículo 429 de la Ley N° 16.170 de 28 de diciembre de 1990; 
      
       
      EL
      PRESIDENTE DE LA REPÚBLICA
      
       
      RESUELVE
      
      
      1°.-
      Desígnanse a partir del 1° de abril de 2002, en el Inciso 12- Ministerio
      de Salud Pública- para ocupar por Concurso de Pruebas 8 (ocho) cargos de
      Médicos Residentes en la Especialidad de Medicina Intensiva en la Unidad
      Ejecutora 068 -Administración de los Servicios de Salud del Estado
      (Programa 005- Esc. A- Gdo. 08), a las personas que se 
      
       
      detallan
      a continuación: 
      
       
      1)    
      GIANCARLO VANINI SOUZA (C.I. 2.664.321-8) (C.C. A.XA 27064)
      -Correlativo 801881 
      
       
      2)    
      MONICA ANDREA QUATTRINI BURIANI (C.I. 3.255.383- 7) (C.C. CNA 7262)
      -Correlativo 801882 
      
       
      3)    
      MARIA GABRIELA GONZALEZ QUINTANA (C.I. 3.316.643- 7) (C.C. BMA
      32859) -Correlativo 801883 
      
       
      4)    
      MARCELA SILVANA VARELA CAMEJO (C.I. 1.702.054-0) (C.C. CD.L\ 69277)
      -Correlativo 801884 
      
       
      5)    
      IRENE LUCIA CONSTENLA STABlLITO (C.I. 3.681.579-2) (C.C. JBC 8982)
      -Correlativo 801885 
      
       
      6)    
      VICTOR HUGO SILVElRA SILVElRA (C.I. 3.572.597-4) (C.C. BFA 7482)
      -Correlativo 801886 
      
       
      7)    
      OLIVIER JACQUES
      BERTAUX DEHL (C.I. 1.894.786-6) (C.C. AXB 28457) -Correlativo 801887 
      
       
      8)    
      MARTIN CANTERA CAVAGNARO (C.I. 3.823.347-7) (C.C. BLB 39404)
      -Correlativo 801888 
      
       
      2°.-
      Dispónese que el régimen horario a cumplir por dichos técnicos será
      entre 40 y 48 horas semanales de labor 
      
       
      3°.-
      Póngase en conocimiento de la Oficina Nacional del Servicio Civil y la
      Contaduría General de la Nación 
      
       
      4°.-
      Pase a sus efectos a la Administración de los Servicios de Salud del
      Estado. 
       
       
      VISTO:
      estos antecedentes relacionados con el Concurso de Pruebas realizado
      para proveer un cargo de Médico Residente en la Especialidad de
      Oftalmología en la Unidad Ejecutora 068- Administración de los Servicios
      de Salud del Estado; 
      
       
      CONSIDERANDO:
      I) que el Tribunal que 'entendió en dicho Concurso determinó de acuerdo
      con el resultado obtenido el Técnico Médico capacitado para ocupar dicho
      cargo; II) que de acuerdo a las normas reglamentarias vigentes al
      respecto, la Residencia Médica deberá desempeñarse por un período de
      tres años, sujeto el primero, al resultado del Concurso respectivo y los
      dos sucesivos a la reelección anual a propuesta de la Comisión Técnica
      de Residencias Médicas. 
      
       
      III)
      que la Comisión de referencia dispuso comenzar el desempeño de los
      cargos concursados a partir del 1° de abril de 2002 hasta el 31 de marzo
      del 2005; 
      
       
      IV)
      lo informado por la Gerencia de Recursos Humanos de la Administración de
      los Servicios de Salud del Estado; 
      
       
      ATENTO:
      a lo establecido por el Decreto-Ley N° 15.372 de 4 de abril de 1983 y
      el artículo 429 de la Ley N° 16.170 de 28 de diciembre de 1990; . 
      
       
      EL
      PRESIDENTE DE LA REPÚBLICA
      
       
      RESUELVE:
      
      
       
      1°.-
      Desígnase a partir del 1° de abril de 2002, en el Inciso 12- Ministerio
      de Salud Pública- para ocupar por Concurso de Pruebas un cargo de Médico
      Residente en la Especialidad de Oftalmología en la Unidad Ejecutora 068
      -Administración de los Servicios de Salud del Estado (Programa 005- Esc.
      A- Gdo. 08), a la doctora ANDREA CECILIA MERRONE AMADO (C.I. 2.665.372-2)
      (C.C. BAA 35589) –Correlativo 801866.
      
       
      2°.-
      Dispónese que el régimen horario a cumplir por dicho técnico será
      entre 40 y 48 horas semanales de labor,.
      
       
      3°.-
      Póngase en conocimiento de la Oficina Nacional del Servicio Civil y la
      Contaduría General de la Nación.
      
       
      4°.-
      Pase a sus efectos a la Administración de los Servicios de Salud del
      Estado.
      
       
       
      VISTO:
      estos antecedentes relacionados con el Concurso de Pruebas realizado
      para proveer 9 (nueve) cargos de Médicos Residentes en la Especialidad de
      Ginecotocología y Obstetricia en la Unidad Ejecutora 068- Administración
      de los Servicios de Salud del Estado, 
      
       
      CONSIDERANDO:
      I) que el Tribunal que entendió en dicho Concurso determinó de
      acuerdo con el resultado obtenido, los Técnicos Médicos que ocuparán
      los referidos cargos .
      
       
      II)
      que de acuerdo a las normas reglamen tarias vigentes al respecto, la
      Residencia Médica deberá desempeñarse por un periodo de tres años,
      sujeto el primero, al resultado del Concurso respectivo y los dos
      sucesivos a la reelección anual a propuesta de la Comisión Técnica de
      Residencias Médicas Hospitalarias; 
      
       
      III)
      que la Comisión de referencia dispuso comenzar el desempeño de los
      cargos concursados a partir del 1º de abril de 2002 hasta el 31 de marzo
      del 2005; 
      
       
      IV) lo informado por la
      Gerencia de Recursos Humanos de la Administración de los Servicios de
      Salud del Estado; 
      ATENTO:
      a lo establecido por el Decreto-Ley N° 15.372 de 4 de abril de 1983 y el
      artículo 429 de la Ley N° 16.170 de 28 de diciembre de 1990; 
      
       
      EL PRESIDENTE DE LA REPÚBLICA
      RESUELVE
      1°.-
      Desígnanse a partir del 1° de abril de 2002, en el Inciso 12- Ministerio
      de Salud Pública- para ocupar por Concurso de Pruebas
      9 (nueve) cargos de Médicos Residentes en la Especialidad de
      Ginecotocología y Obstetricia en la Unidad .Ejecutora 068
      -Administración de los Servicios de Salud del Estado (Programa 005- Esc.
      A- Gdo. 08), a las personas que se detallan a continuación: 
      
       
      1)    
      ANA INES MORALES RATH (C.I. 1.771.184-6) (C.C. 8QA 22322)
      -Correlativo 802134 
      
       
      2)    
       GUSTAVO ADOLFO BOLEA
      PALACIOS (C.I. 1.617.799-2) (C.C. 8MB 22992) -Correlativo 802137 
      
       
      3)    
      ANGELA ROSSANNA LORETO GALLO (C.I. 3.830.683-6) (C.C. 8NA 52273)
      -Correlativo 802139 
      
       
      4)    
      MARIA FERNANDA NOZAR CABRERA (C.I. 1.945.842-2) (C.C. BPB 15289)
      -Correlativo 802140 
      
       
      5)    
      SYLVIA NOEL 8ALTAR REIG (C.I. 1.740.442-9) (C.C. ALA 8785)
      -Correlativo 802141 
      
       
      6)    
      VIRGINIA MARIA CHAQUlRIAND FONTELA (C.I. 1.951.036-7) (C.C. BCD
      8269) -Correlativo 802142.
      
       
      7)    
      JORGE RODRIGO FERRER OLASO (C.I. 1.762.020-7) (C.C. AZ8 14219)
      -Correlativo 802143 
      
       
      8)    
      CLAUDIA RAQUEL FLORES MOTTA (C.I. 1.993.577-5) (C.C. .\IA 9098)
      -Correlativo 802144 
      
       
      9)    
      VERONICA JUANA FIOL LEPERA (C.I. 2.703.193-7) (C.C. AZA 39487)
      -Correlativo 802145 
      
       
      2º.-
      Dispónese que el régimen horario a cumplir por dichos técnicos será
      entre 40 y 48 horas semanales de labor
      
       
      3º.-
      Póngase en conocimiento de la Oficina Nacional del Servicio Civil y la
      Contaduría General de la Nación. 
      
       
      4º.-
      Pase a sus efectos a la Administración de los Servicios de Salud del
      Estado.
      
       
       
      VISTO:
      estos antecedentes
      relacionados con el Concurso de Pruebas realizado para proveer 15 (quince)
      cargos de Médicos Residentes en la Especialidad de Medicina Familiar, en
      la Unidad Ejecutora 068- Administración de los Servicios de Salud del
      Estado;  
      CONSIDERANDO: I) que el Tribunal que, entendió en dicho Concurso
      determinó de acuerdo con el resultado obtenido, los Técnicos Médicos
      que ocuparán los referidos cargos; 
      
       
      II)
      que de acuerdo a las normas reglamentarias vigentes al respecto, la
      Residencia Médica deberá desempeñarse por un período de tres años,
      sujeto el primero, al resultado del Concurso respectivo y los dos
      sucesivos a la reelección anual a propuesta de la Comisión Técnica de
      Residencias Médicas Hospitalarias; 
      
       
      III)
      que la Comisión de referencia dispuso comenzar el desempeño de los
      cargos concursados a partir del 1° de abril de 2002 hasta el 31 de marzo
      del 2005; IV) lo informado por la Gerencia de Recursos Humanos de la
      Administración de los Servicios de Salud del Estado; 
      
       
      ATENTO:
      a lo establecido por el
      Decreto-Ley N° 15.372 de 4 de abril de 1983 y el artículo 429 de la Ley
      N° 16.170 de 28 de diciembre de 1990; 
      
       
      EL PRESIDENTE DE LA
      REPÚBLICA
      RESUELVE
      
       
      1º.-
      Desígnanse a partir del 1° de abril de 2002, en el Inciso 12- Ministerio
      de Salud Pública- para ocupar por Concurso de Pruebas 15 (quince) cargos
      de Médicos Residentes en la Especialidad de Medicina Familiar en la
      Unidad Ejecutora 068 -Administración de los Servicios de Salud del
      Estq.do (Programa 005- Esc. A- Gdo. 08), a las personas que se 
      
       
      detallan
      a continuación: 
      
       
      1)    
      ANA LAURA GOSSWEILER CARRASCO (C.I. 2.848.389- 8) (C.C. AUA 20226)
      -Correlativo 801912 
      
       
      2)    
      ALVARO WALTER GUTIERREZ RODRIGUEZ (C.I. 1.727.090-3) (C.C. BVB
      47905) -Correlativo 801913 
      
       
      3)    
      JORGE EDUARDO CUENCA MACHINI (C.I. 2.759.416- 9) -(C.C. QAA 42570)
      -Correlativo 801914 
      
       
      4)    
      MARICARMEN PRIETO MENDIOLA (C.I. 3.150.091-4) (C.C. QDC 7187)
      -Correlativo 802080 
      
       
      5)    
      ALEJANDRO ALAIN MORDEZKI ZYTNY (C.I. 1.757.228- 6) (C.C. BCD 7238)
      -Correlativo 802081 
      
       
      6)    
      FERNANDO NELSON SCHINCA LAFUENTE (C.I. 2.753.811-7) (C.C. AZA
      43751) –Correlativo 802093 
      
       
      7)    
      MARTA INES PIRTZ
      GUILLERMO (C.I. 4.403.632-2) (C.C. HAB 49265) -Correlativo 802082
      
       
      8)    
      SILVIA TEXElRA VALLEJO (C.I. 1.924.182-5) (C.C. CDA 69050)
      -Correlativo 802097 
      
       
      9)    
      SILVIA ANGELA SOLANO SUAREZ (C.I. 2.778.580- 7) (C.C. BCA 96735)
      -Correlativo 802083 
      
       
      10)
      GISELA ISABEL CASTRO GAVARY (C.I. 1.748.186-3) (C.C. AXB 25594)
      -Correlativo 802084 
      
       
      11)
      DANIEL ALEXIS RADIO PRESTA (C,I. 1.593.572-1) (C.C. BDB 41446)
      -Correlativo 802117 
      
       
      12)
      STELLA JUDITH CRUZ FALERO (C.I. 3.733.848-4) (C.C. AlA 11972)
      -Correlativo 802085 
      
       
      13)
      FABIANA DEL VERDUN GARCIA ALVAREZ (C.I. 3.655.978-8) (C.C. SM
      39550) -Correlativo 802087 
      
       
      14)
      ANA MARIA ROBALLO LAUNAS (C.I. 3.736.463-1) (C.C.CDA 79091)
      -Correlativo 802133 
      
       
      15)
      MALENA BARRIOS CA1\11PBELL (C.I. 2.957.288-8) (C.C. BCD 6729)
      -Correlativo 802089 
      
       
      2°.-
      Dispónese que el régimen horario a cumplir por dichos técnicos será
      entre 40 y 48 horas semanales de labor 
      
       
      3°.-
      Póngase en conocimiento de la Oficina Nacional del Servicio Civil y la
      Contaduría General de la Nación 
      
       
      4°.-
      Pase a sus efectos a la Administración de los Servicios de Salud del
      Estado .
      
       
       
      VISTO:
      estos antecedentes relacionados con el Concurso de Pruebas realizado
      para proveer 17 (diecisiete) cargos de Médico Residente en la Medicina
      Intema en la Unidad Ejecutora 068- Administración de los Servicios de
      Salud del Estado, 
      
       
      CONSIDERANDO:
      I) que el Tribunal que entendió en dicho Concurso determinó de acuerdo
      con el resultado obtenido, los Técnicos Médicos que ocuparán los
      referidos cargos; 
      
       
      II)
      que de acuerdo a las normas reglamentarias vigentes al respecto, la
      Residencia Médica deberá desempeñarse por un periodo de tres años,
      sujeto el primero, al resultado del Concurso respectivo y los dos
      sucesivos a la reelección anual a propuesta de la Comisión Técnica de
      Residencias Médicas Hospitalarias; 
      
       
      III)
      que la Comisión de referencia dispuso comenzar el desempeño de los
      cargos concursados a partir del 1° de abril de 2002 hasta el31 de marzo
      del 2005; IV) lo informado por la Gerencia de Recursos Humanos de la
      Administración de los Servicios de Salud del Estado , 
      
       
      ATENTO: a lo
      establecido por el Decreto-Ley N° 15.372 de 4 de abril de 1983 y el
      artículo 429 de la Ley N° 16;170 de 28 de diciembre de 1990; 
      
       
      EL PRESIDENTE DE LA
      REPÚBLICA
      RESUELVE
      
       
      1°.- Desígnanse a
      partir del 1<? de abril de 2002, en el Inciso 12- Ministerio de Salud
      Pública- para ocupar: por Concurso de Pruebas 17 (diecisiete) cargos de
      Médico Residente en la Especialidad de Medicina Interna en la Unidad Ejecutora 068
      -Administración de los Servicios de Salud del Estado (Programa 005- Esc.
      A- Gdo. 08), a las personas que se detallan a con tinuación: 
      
       
      1)    
      FLAVIA LEIZAGOYEN DELGADO (C.I. 3.416.510-5) (C.C. NEB '16386)
      -Correlativo 802147 
      
       
      2)    
      ANA INES PRADO ELORZA (C.I. 3.269.531-2) (C.C. BCD 7095)
      -Correlativo 802148 
      
       
      3)    
      MARIANELA MAICHE MARI NI (C.I. 2.612.179-7) (C.C. BCA 97665)
      -Correlativo 801851 
      
       
      4)    
      VALERIA HELEN BARTFELD CARDOZO (C.I. 3.083.111-6) (C.C. ALA 9564)
      -Correlativo 802150
      
       
      5)    
      FERNANDO JAVIER RAMOS SABELLI (C.I. 1.964.048-7) (C.C. BAB 53068)
      -Correlativo 802151 
      
       
      6)    
      ANDREA SAMPIETRO LOIS (C.I. 2.663.787 -9) (C.C. BNA 51407)
      -Correlativo 802152. 
      
       
      7)    
      CARLOS DANIEL GONZALEZ AIZPUN (C.I. 3.421.546-9) (C.C. TFD 26830)
      -Correlativo 802153 
      
       
      8)    
      MARIA TERESITA SILVA ASHFIELD (C.I. 1.881.312-6) (C.C. BZC 1703)
      -Correlativo 802154 
      
       
      9)    
      CARLOS ALBERTO FERRANDO ARIAS (C.I. 3.359.559-3) (C.C. JAB 7840)
      -Correlativo 802155 
      
       
      10)
      MARCELA QUINTANA MATHIEN (C.I. 2.685.194-4) (C.C. AXA 27451)
      -Correlativo 802156 
      
       
      11)
      CAROLINA ARIGON TREVELLINI (C.I. 1.896.292-5) (C.C. AXB 33746)
      -Correlativo 802157 
      12)
      MARIELA MABEL BOUCHARD CABRERA (C.I. 2.539.918-5) (C.C. BAB ,53886)
      -Correlativo 802221 
      13)
      PATRICIA GRACIELA A VELLANEDA BAPTISTA (C.I. 1.834.723-4) (C.C. BVB
      47879) -Correlativo 802223 
      14)
      ALVARO GONZALO ZIPITRIA ORGES (C.I. 3.777.542-6) (C.C. FAA 43859)
      -Correlativo 802224 
      15)
      LUIS EDUARDO FUENTES CIGLIUTI (C.I. 2.689.688-3) (C.C. CMA 48008)
      -Correlativo 802225 
      16)
      ARIEL DARlO VIVIANO DUFOUR (C.I. 3.160.104-5) (C.C. NIB 12223)
      -Correlativo 802226 
      17)
      ELOISA RIVA SERRA (C.I. 3.443.794-0) (C.C. QM 46332) -Correlativo
      802227 
      2°.- Dispónese que el
      régimen horario a cumplir por dichos técnicos será entre 40 y 48 horas
      semanales de labor 
      3°.- Póngase en
      conocimiento de la Oficina Nacional del Servicio Civil y la Contaduría
      General de la Nación 
      4°.- Pase a sus
      efectos a la Administración de los Servicios de Salud del Estado. 
       
      VISTO:
      estos antecedentes relacionados con el Concurso de Pruebas realizado para
      proveer un cargo de Médico Residente en la Especialidad de Medicina
      Interna, en la Unidad Ejecutora 068- Administración de los Servicios de
      Salud del Estado, para ser desempeñado en el Centro Departamental de
      Salud Pública de Paysandú;  
      CONSIDERANDO:
      I) que el Tribunal que
      entendió en dicho Concurso determinó de acuerdo con el resultado
      obtenido, el Técnico Médico capacitado para ocupar dicho cargo; II) que
      de acuerdo a las normas reglamentarias vigentes al respecto, la Residencia
      Médica deberá desempeñarse por un periodo de tres años, sujeto el
      primero, al resultado del Concurso respectivo y los dos sucesivos a la
      reelección anual a propuesta de la Comisión Técnica de Residencias
      Médicas Hospitalarias; 
      
       
      III)
      que la Comisión de referencia dispuso comenzar el desempeño de los
      cargos concursados a partir del 1° de abril de 2002 hasta el 31 de marzo
      del 2005; 
      
       
      IV)
      lo informado por la Gerencia de Recursos Humanos de la Administración de
      los Servicios de Salud del Estado; 
      
       
      ATENTO:
      a lo establecido por el Decreto-Ley N° 15.372 de 4 de abril de 1983 y el
      artículo 429 de la Ley N° 16.170 de 28 de diciembre de 1990; 
      
       
      EL
      PRESIDENTE DE LA REPÚBLICA
      
       
      RESUELVE:
      
       
      1°.-
      Desígnase a partir del 1° de abril de 2002, en el Inciso 12- Ministerio
      de Salud Pública- para ocupar por Concurso de Pruebas un cargo de Médico
      Residente en la Especialidad de Medicina Interna en la Unidad Ejecutora
      068 Administración de los Servicios de Salud del Estado (Programa 005
      -Esc. A -Gdo. 08 -Correlativo 802146), el que será desempeñado en el
      Centro Departamental de Salud Pública de Paysandú, al doctor FRANCO
      PACELLO LAMBERCK (C.I. 3.803.140-3) (C.C. JBC 9079).
      
       
      2°.-
      Dispónese que el régimen horario a cumplir por dicho técnico será
      entre 40 y 48 horas semanales de labor.
      
       
      3°.-
      Póngase en conocimiento de la Oficina Nacional del Servicio Civil y la
      Contaduría General de la Nación.
      
       
      4°.-
      Pase a sus efectos a la
      Administración de los Servicios de Salud del Estado.
      
      
       
       
      VISTO:
      estos antecedentes
      relacionados con el Concurso de Pruebas realizado para proveer un cargo de
      Médico Residente en la Especialidad de Cirugía Plástica en la Unidad
      Ejecutora 068 - Administración de los Servicios de Salud del Estado;
      
       
      CONSIDERANDO:
      I) que el Tribunal que
      entendió en dicho Concurso determinó de acuerdo con el resultado
      obtenido, el Técnico Médico capacitado para ocupar dicho cargo;
      
       
      II)
      que de acuerdo a las normas reglamentarias vigentes al respecto, la
      Residencia Médica deberá desempeñarse por un periodo de tres años,
      sujeto el primero, al resultado del Concurso respectivo y los dos
      sucesivos a la reelección anual a propuesta de la Comisión Técnica de
      Residencias Médicas Hospitalarias; 
      
       
      III)
      que la Comisión de referencia dispuso comenzar el desempeño de los
      cargos concursados a partir del 1° de abril de 2002 hasta el 31 de marzo
      del 2005; 
      
       
      IV)
      lo informado por la Gerencia de Recursos Humanos de la Administración de
      los Servicios de Salud del Estado; 
      
       
      ATENTO:
      a lo establecido por el
      Decreto-Ley N° 15.372 de 4 de abril de 1983 y el articulo 429 de la Ley
      N° 16.170 de 28 de diciembre de 1990; 
      
       
      EL PRESIDENTE DE LA
      REPÚBLICA
      RESUELVE:
      
       
      1°.-
      Designase a partir del 1° de abril de 2002, en el Inciso 12- Ministerio
      de Salud Pública- para ocupar por Concurso de Pruebas un cargo de Médico
      Residente en la Especialidad de Cirugía
      Plástica en la Unidad Ejecutora 068- Administración de
      los Servicios de Salud del Estado (Programa 005- Esc. A- Gdo. 08), a la
      doctora FERNANDA MASDEU PERALTA (C.I. 3.199.764-4) (C.C. BCB 50639)
      -Correlativo 801873 
      
       
      2°.-
      Dispónese que el régimen horario a cumplir por dicho técnico será
      entre 40 y 48 horas semanales de labor 
      
       
      3°.-
      Póngase en conocimiento de la Oficina Nacional del Servicio Civil y la
      Contaduría General de la Nación 
      
       
      4°.-
      Pase a sus efectos a la Administración de los Servicios de Salud del
      Estado. 
      
       
       
       
      
       
      VISTO:
      estos antecedentes
      relacionados con el Concurso de Pruebas realizado para proveer un cargo de
      Médico Residente en la Especialidad de Administración de Servicios de
      Salud, en la Unidad Ejecutora 068- Administración de los Servicios de
      Salud del Estado -, 
      
       
      CONSIDERANDO:
      I) que el Tribunal que.
      entendió en dicho Concurso determinó de acuerdo con el resultado
      obtenido, el Técnico Médico capacitado para ocupar dicho cargo; II) que
      de acuerdo a las normas reglamentarias vigentes al respecto, la Residencia
      Médica deberá desempeñarse por un periodo de tres años, sujeto el
      primero, al resultado del Concurso respectivo y los dos sucesivos a la
      reelección anual a propuesta de la Comisión Técnica de Residencias
      Médicas Hospitalarias; 
      
       
      III)
      que la Comisión de referencia dispuso comenzar el desempeño de los
      cargos concursados a partir del 1o de abril de 2002 hasta el 31 de marzo
      del 2005 , 
      
       
      IV) lo informado por la
      Gerencia de Recursos Humanos de la Administración de los Servicios de
      Salud del E:stado; 
      ATENTO:
      a lo establecido por el
      Decreto-Ley N° 15.372 de 4 de abril de 1983 y el articulo 429 de la Ley
      N° 16.170 de 28 de diciembre de 1990; 
      
       
      EL
      PRESIDENTE DE LA REPÚBLICA
      
       
      RESUELVE:
      
       
      1°.-
      Desígnase a partir del 1° de abril de 2002, en el Inciso 12- Ministerio
      de Salud Pública- para ocupar por Concurso de Pruebas un cargo de Médico
      Residente en la Especialidad de Administración de Servicios de Salud en
      la Unidad Ejecutora 068 -Administración de los Servicios de Salud del
      Estádo (Programa 005 -Esc. A -Gdo. 08 -Correlativo 801857), a la doctora
      ELIZABETH ANAHI RAFFAELE VAZQUEZ (C.I. 1.757.387 -6) (C.C, ADB 3507) 
      
       
      2°.-
      D.ispónese que el régimen horario a cumplir por dicho técnico será
      entre 40 y 48 horas semanales de labor 3°,- Póngase en conocimiento de
      la Oficina Nacional del Servicio Civil y la Contaduría General de la
      Nación 
      
       
      4°.-
      Pase a sus efectos a la Administración de los Servicios de Salud del
      Estado. 
      
       
       
      VISTO:
      estos antecedentes relacionados con el Concurso de Pruebas realizado
      para proveer un cargo de Médico Residente en la Especialidad de Medicina
      Intensiva, en la Unidad Ejecutora 068- Administración de los Servicios de
      Salud del Estado, para ser desempeñado en el Centro Departamental de
      Salud Pública de Paysandú;  
      CONSIDERANDO:
      I) que el Tribunal que entendió en dicho Concurso determinó de
      acuerdo con el resultado obtenido, el Técnico Médico capacitado para
      ocupar dicho cargo; II) que de acuerdo a las normas reglamentarias
      vigentes al respecto, la Residencia Médica deberá desempeñarse por un
      período de tres años, sujeto el primero, al resultado del Concurso
      respectivo y los dos sucesivos a la reelección anual a propuesta de la
      Comisión Técnica de Residencias Médicas Hospitalarias; 
      
       
      III)
      que la Comisión de referencia dispuso comenzar el desempeño de los
      cargos concursados a partir del 1° de abril de 2002 hasta el 31 de marzo
      del 2005; 
      
       
      IV)
      lo informado por la Gerencia de Recursos Humanos de la Administración de
      los Servicios de Salud del Estado; 
      
       
      ATENTO:
      a lo establecido por el Decreto-Ley N° 15.372 de 4 de abril de 1983 y
      el articulo 429 de la Ley N° 16.170 de 28 de diciembre de 1990; 
      
       
      EL
      PRESIDENTE DE LA REPÚBLICA
      RESUELVE
      
       
      1º.-
      Designase a partir del 1° de abril de 2002, en el Inciso 12- Ministerio
      de Salud Pública- para ocupar por Concurso de Pruebas un cargo de Médico
      Residente en la Especialidad de Medicina Intensiva en la Unidad Ejecutora
      068 Administración de los Servicios de Salud del Estado (Programa 005
      -Esc. A -Gdo. 08 -Correlativo 801889), el que será desempeñado en el
      Centro Departamental de Salud Pública de Paysandú, al doctor LUIS
      ESTEBAN GOMEZ ANZALAS (C.I. 3.357.552-5) (C.C. KCA 12032) 
      
      
       
      2º.-Dispónese
      que el régimen horario a cumplir por dicho técnico será en tre 40 y 48
      horas semanales de labor. 
      
       
      3º.-
      Póngase en conocimiento de la Oficina Nacional del Servicio Civil y la
      Contaduría General de la Nación 
      
       
      4º.-
      Pase a sus efectos a la Administración de los Servicios de Salud del
      Estado.
      
       
       
      VISTO:
      estos antecedentes relacionados con el Concurso de Pruebas realizado para
      proveer un cargo de Médico Residente en la Especialidad de Anatomía
      Patológica en la Unidad Ejecutora 068- Administración de los Servicios
      de Salud del Estado;  
      CONSIDERANDO:
      I) que el Tribunal que entendió en dicho Concurso determinó de acuerdo
      con el resultado obtenido, el Técnico Médico capacitado para ocupar
      dicho cargo; II) que de acuerdo a las normas reglamentarias vigentes al
      respecto, la Residencia Médica deberá desempeñarse por un periodo de
      tres años, sujeto el primero, al resultado del Concurso respectivo y los
      dos sucesivos a la reelección anual a propuesta de la Comisión Técnica
      de Residencias Médicas Hospitalarias; 
      
       
      III)
      que la Comisión de referencia dispuso comenzar el desempeño de los
      cargos concursados a partir del 1º de abril de 2002 hasta el 31 de marzo
      del 2005; IV) lo informado por la Gerencia de Recursos Humanos de la
      Administración de los Servicios de Salud del Estado; 
      
       
      ATENTO:
      a lo establecido por el
      Decreto-Ley N° 15.372 de 4 de abril de 1983 y el articulo 429 de la Ley
      N° 16.170 de 28 de diciembre de 1990; 
      
       
      EL
      PRESIDENTE DE LA REPÚBLICA
      
       
      RESUELVE:
      
       
      1°.- Desígnase a
      partir del 1° de abril de 2002, en el Inciso 12- Ministerio de Salud
      Pública- para ocupar por Concurso de Pruebas un cargo de Médico
      Residente en la Especialidad de Anatomía Patológica en la Unidad
      Ejecutora 068 - AdministraciÓn de los Servicios de Salud del Estado
      (Programa 005- Esc. A- Gdo. 08), a la doctora MONICA CARMEN YAPUR BRINDISI
      (C.I. 1.400.227-6) (C.C. EJE 16107) Correlativo 80 1853. 
      2°.-
      Dispónese que el régimen horario a cumplir por dicha técnica será
      entre 40 y 48 horas semanales de labor 
      
       
      3°.-
      Póngase en conocimiento de la Oficina Nacional del Servicio Civil y la
      Contaduría General de la Nación 
      
       
      4°.-
      Pase a sus efectos a la Administración de los Servicios de Salud del
      Estado.
      
       
       
      VISTO:
      estos antecedentes relacionados
      con el Concurso de Pruebas realizado para proveer un cargo de Médico
      Residente en la Especialidad de Cirugía, en la Unidad Ejecutora 068-
      Administración de los Servicios de Salud del Estado, para ser
      desempeñado en el Centro Departamental de Salud Pública de Paysandú
      
       
      CONSIDERANDO:
      I) que el Tribunal que
      entendió en dicho Concurso determinó de acuerdo con el resultado
      obtenido, el Técnico Médico capacitado para ocupar dicho cargo;
      
       
      II)
      que de acuerdo a las normas reglamentarias vigentes al respecto, la
      Residencia Médica deberá desempeñarse por un periodo de tres años,
      sujeto el primero, al resultado del Concurso respectivo y los dos
      sucesivos a la reelección anual a propuesta de la Comisión Técnica de
      Residencias Médicas Hospitalarias; 
      
       
      III)
      que la Comisión de referencia dispuso comenzar el desempeño de los
      cargos concursados a partir del 1° de abril de 2002 hasta el 31 de marzo
      del 2005; 
      
       
      IV)
      lo informado por la Gerencia de Recursos Humanos de la Administración de
      los Servicios de Salud del Estado  
      
       
      ATENTO:
      a lo establecido por el
      Decreto-Ley N° 15.372 de 4 de abril de 1983 y el artículo 429 de la Ley
      N° 16.170 de 28 de diciembre de 1990; 
      
       
      EL PRESIDENTE DE LA
      REPÚBLICA
      RESUELVE:
      
       
      1°.- Desígnase a partir del 1° de abril de 2002, en
      el Inciso 12- Ministerio de Salud Pública- para ocupar por Concurso de
      Pruebas un cargo de Médico Residente en la Especialidad de Cirugía en la
      Unidad Ejecutora 068 -Administración de los Servicios de Salud del Estado
      (Programa 005 -Esc. A- Gdo. 08 -Correlativo 801803), el que será
      desempeñado en el Centro Departamental de Salud Pública de Paysandú, a
      la doctora MARISEL LILIAN BENTANCOR DE PAULA (C.I. 3.697.537-2) (C.C. OAA
      7568) 
      
       
      2°.- Dispónese que el régimen horario a cumplir por
      dicha técnica será entre 40 y 48 horas semanales de labor 
      
       
      3°.- Póngase en conocimiento de la Oficina Nacional
      del Servicio Civil y la Contaduría General de la Nación 
      
       
      4°. -Pase a sus efectos a la Administración de los
      Servicios de Salud del Estado.- 
      
       
       
      VISTO: estos antecedentes relacionados con el Concurso de
      Pruebas realizado para proveer un cargo de Médico Residente en la
      Especialidad de Neurocirugía, en la Unidad Ejecutora 068- Administración
      de los Servicios de Salud del Estado , 
      
       
      CONSIDERANDO: I) que el Tribunal que. entendió en dicho Concurso
      determinó de acuerdo con el resultado obtenido, el Técnico Médico
      capacitado para ocupar dicho cargo; II) que de acuerdo a las normas
      reglamentarias vigentes al respecto, la Residencia Médica deberá
      desempeñarse por un período de tres años, sujeto el primero, al
      resultado del Concurso respectivo y los dos sucesivos a la reelección
      anual a propuesta de la Comisión Técnica de Residencias Médicas
      Hospitalarias; 
      
       
      III) que la Comisión de referencia dispuso comenzar el
      desempeño de los cargos concursados a partir del 1° de abril de 2002
      hasta el 31 de marzo del 2005; 
      
       
      IV) lo informado por la Gerencia de Recursos Humanos de
      la Administración de los Servicios de Salud del Estado; 
      
       
      ATENTO: a lo establecido por el Decreto-Ley N° 15.372 de 4 de
      abril de 1983 y el artículo 429 de la Ley N° 16.170 de 28 de diciembre
      de 1990; 
      
       
      EL
      PRESIDENTE DE LA REPÚBLICA
      
       
      RESUELVE:
      
       
      1°.- Designase a partir del 1° de abril de 2002, en
      el Inciso 12- Ministerio de Salud Pública- para ocupar por Concurso de
      Pruebas un cargo de Médico Residente en la Especialidad de Neurocirugía
      en la Unidad Ejecutora 068 -Administración de los Servicios de Salud del
      Estado (Programa 005 -Esc. A - Gdo. 08 -Correlativo 801804), al doctor
      ROBERTO JAVIER CROSA ERROYZARENA (C.I. 1.853.915-8) (C.C. OAB 6525).- 
      
       
      2°.- Dispónese que el régimen horario a cumplir por
      dicho técnico será entre 40 y 48 horas semanales de labor 
      
       
      3°.- Póngase en conocimiento de la Oficina Nacional
      del Servicio Civil y la Contaduría General de la Nación 
      
       
      4°.- Pase a sus efectos a la Administración de los
      Servicios de Salud del Estado.-
      
       
       
       VISTO: estos antecedentes relacionados. con el Concurso de Pruebas
      realizado para proveer 3 (tres) cargos de Médicos Residentes en la
      Especialidad de Siquiatría Pediátrica en la Unidad Ejecutora 068-
      Administración de los Servicios de Salud del Estado; 
       CONSIDERANDO: I) que el Tribunal que entendió
      en dicho Concurso determinó de acuerdo con el resultado obtenido, los
      Técnicos Médicos que ocuparán los referidos cargos; 
      
       
      II) que de acuerdo a las normas reglamentarias vigentes
      al respecto, la Residencia Médica deberá desempeñarse por un período
      de tres años, sujeto el primero, al resultado del Concurso respectivo y
      los dos sucesivos a la reelección anual a propuesta de la Comisión
      Técnica de Residencias Médicas Hospitalarias; 
      
       
      III) que la Comisión de referencia dispuso comenzar el
      desempeño de los cargos concursados a partir del 1º de abril de 2002
      hasta el 31 de marzo del 2005; IV) lo informado por la Gerencia de
      Recursos Humanos de la Administración de los Servicios de Salud del
      Estado.
      
       
      ATENTO: a lo establecido por el Decreto-Ley N°
      15.372 de 4 de abril de 1983 y el artículo 429 de la Ley N° 16.170 de 28
      de diciembre de 1990; 
      
       
      EL PRESIDENTE DE LA
      REPÚBLICA
      RESUELVE
      1°.- Desígnanse a partir del 1° de abril de 2002, en
      el Inciso 12- Ministerio de Salud Pública- para ocupar por Concurso de Pruebas
      3 (tres) cargos de Médicos Residentes en la Especialidad de Siquiatría
      Pediátrica en la Unidad Ejecutora 068 -Administración de los Servicios
      de Salud del Estado (Programa 005- Esc. A- Gdo. 08), a las personas que se
      detallan a continuación: 
      
       
      1)    
      SANDRA MONICA RESQUIN AGUILERA (C.I. 1.759.725-4) (C.C. BJA 23374)
      -Correlativo 801854 
      
       
      2)    
      ANNA VALLEDOR DE BITTENCOURT (C.I. 1.957.752-3) (C.C. BDA 85021)
      -Correlativo 801855 
      
       
      3)    
      ALESSANDRA CARLA VIDAL VICTORA (C.I. 1.696.274-1) (C.C. BCA 92666)
      -Correlativo 801856 
      
       
      2º.-Dispónese que el régimen horario a cumplir por
      dichos técnicos será entre 40 y 48 horas semanales de labor 
      
       
      3º.- Póngase en conocimiento de la Oficina Nacional
      del Servicio Civil y la Contaduría General de la Nación.
      
       
      4º.-Pase a sus efectos a la Administración de los
      Servicios de Salud del Estado. 
       
      VISTO: estos antecedentes relacionados con el Concurso de
      Pruebas realizado para proveer 4 (cuatro) cargos de Médicos Residentes en
      la Especialidad de Anestesiología en la Unidad Ejecutora 068-
      Administración de los Servicios de Salud del Estado; 
      
       
      CONSIDERANDO: I) que el Tribunal que. entendió en dicho Concurso
      determinó de acuerdo con el resultado obtenido, los Técnicos Médicos
      que ocuparán los referidos cargos; 
      
       
      II) que de acuerdo a las normas reglamentarias vigentes
      al respecto, la Residencia Médica deberá desempeñarse por un periodo de
      tres años, sujeto el primero, al resultado del Concurso respectivo y los
      dos sucesivos a la reelección anual a propuesta de la Comisión Técnica
      de Residencias Médicas Hospitalarias; 
      
       
      III) que la Comisión de referencia dispuso comenzar el
      desempeño de los cargos concursados a partir del 1° de abril de 2002
      hasta el 31 de marzo del 2005; 
      
       
      IV) lo informado por la Gerencia de Recursos Humanos de
      la Administración de los Servicios de Salud del Estado , 
      
       
      ATENTO: a lo establecido por el Decreto-Ley N° 15.372 de 4 de
      abril de 1983 y el artículo 429 de la Ley N° 16.170 de 28 de diciembre
      de 1990; 
      
       
      EL PRESIDENTE DE LA
      REPÚBLICA
      RESUELVE:
      
       
      1°.- Desígnanse a partir del 1° de abril de 2002, en
      el Inciso 12- Ministerio de Salud Pública- para ocupar por Concurso de
      Pruebas 4 (cuatro) cargos de Médicos Residentes en la Especialidad de
      Anestesiología en la Unidad Ejecutora 06.8 - Administración de los
      Servicios de Salud del Estado (Programa 005- Esc. A- Gdo. 08), a las
      personas que se detallan a continuación: 
      
       
      1)    
      MARIA FERNANDA GUREINDO MARRONI (C.I. 3.799.921-2) (C.C. AUA 20656)
      -Correlativo 801849 
      
       
      2)    
      NIMIA SUSANA LAMEROSQUINI ALTUNA (C.I. 4.014.226-4) (C.C. DAA
      60264) -Correlativo 801850 
      
       
      3)    
      ROSANNA BEATRIZ LANZARO GARCIA (C.I. 2.958.108-1) (C.C. RED 19201)
      -Correlativo 801851 
      
       
      4)    
      MARIA NOEL LOPEZ RIZZO (C.I. 2.897.646-1) (C.C. BMA 29752)
      -Correlativo 801852 
      
       
      2°.- Dispónese
      que el régimen horario a cumplir por dichos técnicos será entre 40 y 48
      horas semanales de labor 
      
       
      3°.-
      Póngase en conocimiento de la Oficina Nacional del Servicio Civil y la
      Contaduría General de la Nación.- 
      
       
       
      VISTO: estos antecedentes relacionados con el Concurso de Pruebas
      realizado para proveer un cargo de Médico Residente en la Especialidad de
      Ginecología y Obstetricia, en la Unidad Ejecutora 068- Administración de
      los Servicios de Salud del Estado, para ser desempeñado en el Centro
      Departamental de Salud Pública de Paysandú:  
      CONSIDERANDO: I) que el Tribunal que entendió en
      dicho Concurso determinó de acuerdo con el resultado obtenido, el
      Técnico Médico capacitado para ocupar dicho cargo; II) que de acuerdo a
      las normas reglamentarias vigentes al respecto, la Residencia Médica
      deberá desempeñarse por un período de tres años, sujeto el primero, al
      resultado del Concurso respectivo y los dos sucesivos a la reelección
      anual a propuesta de la Comisión Técnica de Residencias Médicas
      Hospitalarias; 
      
       
      III) que la Comisión de referencia dispuso comenzar el
      desempeño de los cargos concursados a partir del 1° de abril de 2002
      hasta el 31 de marzo del 2005; IV) lo informado por la Gerencia de
      Recursos Humanos de la Administración de los Servicios de Salud del Estado , 
      
       
      ATENTO:
      a lo establecido por el
      Decreto-Ley N° 15.372 de 4 de abril de 1983 y el artículo 429 de la Ley
      N° 16.170 de 28 de diciembre de 1990; 
      
       
      EL PRESIDENTE DE LA
      REPÚBLICA
      RESUELVE
      
       
      1°,- Desígnase a partir del 1° de abril de 2002, en
      el Inciso 12- Ministerio de Salud Pública- para ocupar por Concurso de
      Pruebas un cargo de Médico Residente en la Especialidad de Ginecología y
      Obstetricia en la Unidad Ejecutora 068 - AdministraciÓn de los Servicios
      de Salud del Estado (Programa 005 -Esc. A -Gdo. 08 -Correlativo 801858),
      el que será desempeñado en el Centro Departamental de Salud Pública de
      Paysandú, a la doctora MIRIAN MABEL LAMAS URBIETA (C.I. 1.968.259-0)
      (C.C. BNA 46342) 
      
       
      2°.- Dispónese que el régimen horario a cumplir por
      dicha técnica será entre 40 y 48 horas semanales de labor 
      
       
      3°.- Póngase en conocimiento de la Oficina Nacional
      del Servicio Civil y la Contaduría General de la Nación 
      
       
      4°.- Pase a sus efectos a la Administración de los
      Servicios de Salud del Estado 
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