| 
       9/05/02    
      
       
      09/05/02-AMPLIACIÓN
      DE CONTRATO AEROPUERTO DE SALTO
      
       
      VISTO:
      estos antecedentes
      relacionados con la ampliación de las obras denominadas: "Aeropuerto
      Internacional de Salto (Nueva Hespérides), Refuerzo asfáltico de pista,
      calle de rodaje y plataforma" 
      
       
      RESULTANDO:
      I) Que dichas obras se
      encuentran a cargo de la firma RAMON C. ALVAREZ S.A. según Resoluciones
      del Poder Ejecutivo de 22 de setiembre de 1999 (adjudicación de la
      Licitación Pública Nacional N°88/98 de la Dirección Nacional de
      Vialidad del Ministerio de Transporte y Obras Públicas a la firma
      HERNANDEZ y GONZALEZ S.A.) y concordante de 24 de mayo de 2000
      (aprobación de la cesión de contrato operado a favor de la primera de
      las empresas nombradas) 
      
       
      II)
      Que en la presente instancia la Dirección General de Infraestructura
      Aeronáutica dependiente del Ministerio de Defensa Nacional propicia la
      extensión de las obras a fin de atender trabajos de regularización de
      franja de pista, construcción de calle de rodaje y plataforma para
      Aviación general, calle, plataforma y base de hangar Aeroclub, calle de
      acceso y estacionamiento vehicular, extremo al que la firma contratista
      prestó conformidad según surge de obrados 
      
       
      III)
      Que por consiguiente, correspondería disponer la ampliación del Contrato
      por un monto de $2:971.223,71 cuya inversión más los Mayores Costos
      resultantes procede autorizar, la que se discrimina de la siguiente
      manera: $2:376.562,34 para
      Contrato; $324.550,13 para Leyes Sociales y $270.111,24 para Imprevistos
      (10%), destacándose asimismo que correspondería autorizar una prórroga
      de 3 (tres) meses en la ejecución efectiva de las obras 
      
       
      IV)
      Que la División Contabilidad y Finanzas del Ministerio de Transporte
      y Obras Públicas informa, que la erogación correspondiente se atenderá
      con los fondos disponibles en la Cuenta N°3030/4, vertidos oportunamente
      por la Dirección General de Infraestructura Aeronáutica, constando en
      autos la intervención previa del Tribunal de Cuentas de la República
      (Oficina Central -Carpeta N°181.295) 
      
       
      ATENTO:
      a lo establecido por el
      "T.O.C.A.F. 1996" aprobado por el Decreto N°194/997 de 10 de
      junio de 1997 y Decretos N°90/000 de 3 de marzo de 2000 y N°295/000 de
      11 de octubre de 2000 
      
       
      EL
      PRESIDENTE DE LA REPÚBLICA
      
       
      RESUELVE:
      
       
      1°.- Amplíase en la
      suma de $2:971.223,71 (pesos uruguayos: dos millones novecientos setenta y
      un mil doscientos veintitrés con setenta y un centésimos), para
      Contrato, I.V.A. y Leyes Sociales, las obras denominadas: "Aeropuerto
      Internacional de Salto (Nueva Hespérides), Refuerzo asfáltico de pista,
      calle de rodaje y plataforma" , adjudicadas conforme a las
      Resoluciones del Poder Ejecutivo de 22 de setiembre de 1999 y 24 de mayo
      de. 2000, a los efectos de la regularización de franja de pista,
      construcción de calle de rodaje y plataforma para Aviación general,
      calle, plataforma y base de hangar Aeroclub, calle de acceso y
      estacionamiento vehicular 
      2°.-
      Prorrógase la ejecución efectiva de las obras de que se trata,. por el
      plazo de 3 (tres) meses 
      
       
      3°.-
      Autorízase la inversión, de la suma de $2:971.223,71 (pesos
      uruguayos: dos millones novecientos setenta y un mil doscientos
      veintitrés con setenta y un centésimos), la que se atenderá con cargo a
      los recursos vertidos oportunamente por la Dirección General de
      Infraestructura Aeronáutica del Ministerio de Defensa Nacional y cuya
      disponibilidad se informa en autos
      
       
      4°.-
      Establécese que la notificación a la firma contratista de la presente
      Resolución constituirá a todos los efectos legales, el Contrato de Obra
      Pública complementario al que refieren las disposiciones del Pliego y
      normas legales y reglamentarias vigentes, siendo las obligaciones y
      derechos del citado contratista, las que surgen del Pliego, su oferta y
      las normas jurídicas aplicables 
      
       
      5°.-
      Establécese asimismo, que la empresa contratista deberá realizar el
      correspondiente depósito o garantía de fiel cumplimiento de Contrato,
      equivalente al 5% del monto ampliado, a través de los documentos de
      estilo en el Departamento Notarial del Ministerio de Transporte y Obras
      Públicas, para lo que dispondrá de un plazo de 10 (diez) días hábiles
      a partir del siguiente al de. la notificación de este acto
      administrativo. La falta de cumplimiento del requisito precitado en el
      plazo indicado configurará incumplimiento contractual y podrá dar lugar
      a las sanciones pertinentes
      
       
      6°.-
      Comuníquese y previo conocimiento del Contador Central delegado por el
      Tribunal de Cuentas de la República en el Ministerio de Transporte
      y Obras Públicas y la División Contabilidad y Finanzas, siga a la
      Dirección Nacional de Vialidad para notificación de la contratista,
      puesta en conocimiento del citado Departamento Notarial de la fecha de
      dicha actuación y demás efectos.-  
      
      
      |