20/06/02

18/06/02 – MODIFICACIÓN DE PLANILLADO EN EL MINISTERIO DE DEPORTE Y JUVENTUD

VISTO: la gestión iniciada por el Ministerio de Deporte y Juventud, por la que solicita se efectúen las correcciones de los errores y omisiones que se comprobaron en el planillado anexo a la Ley N° 17.296, de 21 de febrero de 2001.-

RESULTANDO: I) que el articulo 527° de la Ley N° 17.296, de 21 de febrero de 2001, asigna determinadas partidas a la Administración Nacional de Educación Pública, para los ejercicios 2001 a 2004, destinadas a compensaciones por alimentación sin aportes, para los funcionarios docentes y no docentes.-

II) que el articulo 344° de la Ley N° 16.170, de 28 de diciembre de 1990 equipara las remuneraciones de los funcionarios docentes de la ex-Comisión Nacional de Educación Física a las de la Administración Nacional de Educación

Pública.- 

III) que se constató que en la elaboración del Proyecto de Ley de Presupuesto Nacional se omitió la presupuestación para los ejercicios 2001 a 2004, en el Inciso 15 "Ministerio de Deporte y Juventud" , Programa 001 "Formulación, Ejecución Supervisión y Evaluación de Planes en Materia de Deportes y Juventud, e Instrumentación de la Política en la Materia" Financiación 1.1, de las partidas destinadas a compensaciones por alimentación sin aportes de los funcionarios docentes de la ex-Comisión Nacional de Educación Física.-

CONSIDERANDO: I) que es necesario efectuar las correcciones de los referidos errores y omisiones.-

II) que corresponde regularizar en el planillado, el Objeto 047.033 "Por Equiparación Escalafonaria Sin Aportes", para hacer frente a las referidas compensaciones.-

ATENTO: a lo informado por la Oficina de Planeamiento y Presupuesto y la Contaduría General de la Nación ya lo dispuesto por el artículo 5° de la Ley N° 17.296, de 21 de febrero de 2001.-

EL PRESIDENTE DE LA REPUBLICA

D E C R E T A:

ARTICULO 1°.- Increméntase, en el planillado anexo a la Ley de Presupuesto N° 17.296, de 21 de febrero de 2001, el crédito asignado para los años 2001 a 2004, en el Inciso 15 "Ministerio de Deporte y Juventud" , Programa 001 "Formulación, Ejecución, Supervisión y Evaluación de Planes en Materia de Deportes y Juventud, e Instrumentación de la Política en la Materia", Financiación 1.1, según el siguiente detalle:

                                                                                                              (a valores 1° de enero 2000)

 OBJETO                                                     2001                                       2002-2004

047.003                                         4:266.979,00                                    5:704.762,00

ARTICULO 2°.- Dese cuenta a la Asamblea General.-

ARTICULO 3°.- Comuníquese, publíquese, etc.-