27/06/02
26/06/02
– MODIFICACIÓN DE PLANILLADO EN MINISTERIO DE INDUSTRIA, ENERGÍA Y
MINERÍA
VISTO:
la gestión iniciada
por el Ministerio de Industria, Energía y Minería, por la que solicita
se efectúen las correcciones de los errores y omisiones que se
comprobaron en el planillado anexo a la Ley N° 17.296, de 21 de
febrero de 2001.-
RESULTANDO:
I) que se constató
que se cometió error en el Planillado de Estructuras de Cargos y
Contratos de Función Pública anexo a la Ley de Presupuesto (Tomo V) , en
el Inciso 08 "Ministerio de Industria Energía y Minería" ,
Unidad Ejecutora 004 "Dirección Nacional de la Propiedad
Industrial" , en cuanto a la denominación del cargo del Director de
la mencionada Unidad.-
II) que la modificación
que se gestiona no implica cambios en los costos presupuestales reflejados
en el Planillado de Gastos de Funcionamiento (Tomo III) .-
CONSIDERANDO:
I) que es necesario
efectuar la corrección del referido error.-
ATENTO: a lo
informado por la Oficina de Planeamiento y Presupuesto y la Contaduría
General de la Nación ya lo dispuesto por el artículo 5° de la Ley N°
17.296, de 21 de febrero de 2001,-
EL PRESIDENTE DE LA
REPUBLICA
DECRETA:
ARTICULO 1°,-
Modifícase, en el Planillado de Estructuras de Cargos y Contratos de
función Pública anexo a la Ley de Presupuesto (Tomo V) , en el Inciso 08
"Ministerio de Industria , Energía y Minería" , Unidad
Ejecutora 004 "Dirección Nacional de la Propiedad Industrial" ,
para los ejercicios 2001 a 2004, de acuerdo al siguiente detalle: Donde
dice:
"Inciso 08 Unidad
Ejecutora 004 Programa 004 Proyecto 000 Nat, 814 (artículo 7° Ley
16.320) Director del Centro Nacional de la Propiedad Industrial. -"
Debe decir:
"Inciso 08 Unidad
Ejecutora 004 Programa 004 Proyecto 000 Nat. 814 (artículo 7 Ley 16.320)
Director Técnico de la Propiedad Industrial.-"
ARTICULO 2°.-
Dese cuenta a la Asamblea General.-
ARTICULO 3°.-Comuníquese,
publíquese, etc.-
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