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26/06/02 – MODIFICACIÓN DE PLANILLADO EN MINISTERIO DE INDUSTRIA, ENERGÍA Y MINERÍA

VISTO: la gestión iniciada por el Ministerio de Industria, Energía y Minería, por la que solicita se efectúen las correcciones de los errores y omisiones que se comprobaron en el planillado anexo a la Ley N° 17.296, de 21 de febrero de 2001.-

RESULTANDO: I) que se constató que se cometió error en el Planillado de Estructuras de Cargos y Contratos de Función Pública anexo a la Ley de Presupuesto (Tomo V) , en el Inciso 08 "Ministerio de Industria Energía y Minería" , Unidad Ejecutora 004 "Dirección Nacional de la Propiedad Industrial" , en cuanto a la denominación del cargo del Director de la mencionada Unidad.-

II) que la modificación que se gestiona no implica cambios en los costos presupuestales reflejados en el Planillado de Gastos de Funcionamiento (Tomo III) .-

CONSIDERANDO: I) que es necesario efectuar la corrección del referido error.-

ATENTO: a lo informado por la Oficina de Planeamiento y Presupuesto y la Contaduría General de la Nación ya lo dispuesto por el artículo 5° de la Ley N° 17.296, de 21 de febrero de 2001,-

EL PRESIDENTE DE LA REPUBLICA

DECRETA:

ARTICULO 1°,- Modifícase, en el Planillado de Estructuras de Cargos y Contratos de función Pública anexo a la Ley de Presupuesto (Tomo V) , en el Inciso 08 "Ministerio de Industria , Energía y Minería" , Unidad Ejecutora 004 "Dirección Nacional de la Propiedad Industrial" , para los ejercicios 2001 a 2004, de acuerdo al siguiente detalle: Donde dice:

"Inciso 08 Unidad Ejecutora 004 Programa 004 Proyecto 000 Nat, 814 (artículo 7° Ley 16.320) Director del Centro Nacional de la Propiedad Industrial. -" Debe decir:

"Inciso 08 Unidad Ejecutora 004 Programa 004 Proyecto 000 Nat. 814 (artículo 7 Ley 16.320) Director Técnico de la Propiedad Industrial.-"

 ARTICULO 2°.- Dese cuenta a la Asamblea General.-

ARTICULO 3°.-Comuníquese, publíquese, etc.-