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       04/07/02    
       
      03/07/02
      – MODIFICACIÓN DEL PLANILLADO ANEXO DEL MINISTERIO DEL INTERIOR 
      VISTO:
      la gestión iniciada por el Ministerio del Interior, solicitando efectuar
      las correcciones de los errores y omisiones que se comprobaron en la Ley
      de Presupuesto N° 17.296, de 21 de febrero de 2001.- 
      
       
      RESULTANDO:
      I) que por Resoluciones del Poder Ejecutivo de fechas 31 de octubre de
      1984, 3 de setiembre de 1986, 26 de mayo de 1992, 13 de octubre de 1992,
      1° de junio de 1993, 18 de agosto de 1993, 29 de julio de 1998 y 31 de
      diciembre de 1998, se adjudicaron un total de 11.216 Unidades Reajustables
      anuales para abonar las Primas por Quebranto de Caja a los funcionarios
      que manejan fondos en ese Inciso.- 
      
       
      II)
      que se constató que erróneamente se había proyectado y registrado, para
      los ejercicios 2002 a 2004, en el Inciso 04 "Ministerio del
      Interior" Financiación 1.1, Objeto del Gasto 045.005
      "Quebrantos de Caja" , una cifra aproximada a 11.000 Unidades
      Reajustables a valores del 31/12/99, que no alcanza para dar
      cumplimiento a las mencionadas Resoluciones.- 
      
       
      CONSIDERANDO:
      I) que es necesario efectuar las correcciones de los referidos errores y
      omisiones.- 
      
       
      II) que corresponde
      modificar los créditos asignados para que se refleje en ellos la
      distribución de Unidades Reajustables dispuesta por las Resoluciones del
      Poder Ejecutivo citadas en el Resultando I); 
      
       
      ATENTO: a lo
      informado por la Oficina de Planeamiento y Presupuesto y la Contaduría
      General de la Nación ya lo dispuesto por el artículo 5° de la Ley N°
      17.296, de 21 de febrero de 2001.- 
      
       
      EL PRESIDENTE DE LA
      REPÚBLICA 
      DECRETA:
      
       
      ARTÍCULO 1°.- Modificase,
      en el planillado anexo a la Ley N° 17.296, de 21 de febrero de 2001, en
      el Inciso 04 "Ministerio del Interior" , Financiación 1.1
      "Rentas Generales" los créditos asignados para los años 2002 a
      2004, según el siguiente detalle: 
      
       
       
      
       
      
       
      
       
       
       
      
       
      ARTÍCULO 2°.-
      Dése cuenta a la Asamblea General.- 
      
       
      ARTÍCULO 3°.-
      Comuníquese, publíquese, etc.- 
      
      
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