17/07/02      

17/07/02 – CONVENIO CON INTENDENCIA DE COLONIA Y EL CLÚB PLAZA COLONIA

VISTO: estos antecedentes relacionados con el Convenio celebrado -ad referéndum- el 12 de marzo de 2002, entre el Ministerio de Transporte de Obras Públicas, la Intendencia Municipal de Colonia y el Club Plaza Colonia

RESULTANDO: I) que dicho Convenio tiene por objeto la construcción de gradas con capacidad para 2200 personas, alambrado olímpico y adecuación de terraza para televisión sobre cabinas (obras en etapa de finalización) en el Campus Municipal, propiedad de la Intendencia de Colonia; construcción de gradas con capacidad para 2000 personas y 250 metros de tejido olímpico con columnas, en el Parque Cincuentenario “Juan G. Prandi", propiedad del Club Plaza Colonia, contribuyendo el Ministerio de Transporte y Obras con la suma de $450.000.- en efectivo

ii) Que dichas instituciones, por su parte contribuyen con la suma de $900.000.- discriminada según detalle indicado en el Convenio

III) que la División Contabilidad y Finanzas del Ministerio de Transporte y Obras Públicas, ha efectuado la intervención previa que le compete, sin formular objeciones

IV) que el Convenio de referencia fue aprobado en todas sus partes por Resolución del Poder Ejecutivo de fecha 15/5/2002

V) que el Contador Central Delegado, al tomar intervención al respecto, manifiesta que dicho Convenio le ha sido remitido sin dar cumplimiento a lo establecido en el Art.211, literal b) de la Constitución de la República

CONSIDERANDO: I) la necesidad de adecuar, en la forma pactada en el Convenio, los escenarios deportivos de Colonia a las exigencias del fútbol profesional, cumpliendo con los requisitos de la Asociación Uruguaya de Fútbol para partidos de Primera División Profesional; así como también resulta pertinente subsanar la omisión padecida mediante la reiteración del gasto en la forma de estilo

ATENTO: A lo establecido por el Art. 211, literal b) de la Constitución de la República y a lo dispuesto por el Art.97 del Decreto N°194/997 de 10 de junio de 1997 "TOCAF 1996". -

EL PRESIDENTE DE LA REPÚBLICA

RESUELVE:

1°. - Insístese en el gasto resultante del Convenio tripartito celebrado el 12 de marzo de 2002, entre el Ministerio de Transporte y Obras Públicas, la Intendencia Municipal de Colonia y el Club Plaza Colonia, para la construcción de gradas con capacidad para 2200 personas, alambrado olímpico y adecuación de terraza para televisión sobre cabinas (obras en etapa de finalización) en el Campus Municipal, propiedad de la Intendencia de Colonia; construcción de gradas con capacidad para 2000 personas y 250 metros de tejido olímpico            con columnas, en el Parque Cincuentenario "Juan. G. Prandi " , propiedad del Club Plaza Colonia, por la suma de $450.000. -(pesos uruguayos cuatrocientos cincuenta mil), como contribución del citado Ministerio a las obras de que se trata, la que se atenderá con cargo a la Ley N°16.736 del 5 de enero de 1996, Inciso 10, Programa 001, Proyecto 702, Financiaci6n 1.4, Ejercicio 2002, existiendo créditos disponibles de acuerdo con el Artículo del Decreto N° 24/999 de fecha 3 de febrero de 1999, afectación N°243, y con el decreto 90/000 de 3 de marzo de 2000

2°. - Autorízase el pago, por el Ministerio de Transporte y Obras Públicas, de la suma de $450.000.- (pesos uruguayos cuatrocientos cincuenta mil), en 2 (dos) cuotas de $225.000. -(pesos uruguayos doscientos veinticinco mil) cada una, a favor del Banco de la República Oriental del Uruguay (Sucursal Colonia) para ser depositada en la cuenta perteneciente al Club Plaza Colonia, la que se atenderá con cargo a los recursos que por la presente Resolución se autorizan

3°.- Comuníquese y previa intervención por parte de la Divisi6n Contabilidad y Finanzas del Ministerio de  Transporte y Obras Públicas y el Contador Central Delegado, vuelva al Departamento de Convenios a sus efectos.