17/07/02
17/07/02
– CONVENIO CON INTENDENCIA DE COLONIA Y EL CLÚB PLAZA COLONIA
VISTO:
estos
antecedentes relacionados con el Convenio celebrado -ad referéndum- el 12
de marzo de 2002, entre
el Ministerio de Transporte
de Obras Públicas, la Intendencia Municipal de Colonia y el Club Plaza
Colonia
RESULTANDO:
I)
que dicho Convenio tiene por objeto la construcción de gradas con
capacidad para 2200
personas, alambrado olímpico y
adecuación de terraza para
televisión sobre cabinas (obras en etapa de finalización) en el Campus
Municipal, propiedad de la Intendencia de Colonia; construcción de
gradas con capacidad para 2000 personas y 250 metros de
tejido olímpico con columnas, en el Parque Cincuentenario “Juan G.
Prandi", propiedad del Club Plaza Colonia, contribuyendo el Ministerio de
Transporte y Obras con la
suma de $450.000.- en
efectivo
ii)
Que dichas instituciones, por su parte contribuyen con la suma de
$900.000.- discriminada según
detalle indicado en el Convenio
III)
que la División Contabilidad y
Finanzas del Ministerio de
Transporte y Obras
Públicas, ha efectuado la intervención previa que le compete, sin
formular objeciones
IV)
que el Convenio de referencia fue aprobado en todas sus partes
por Resolución del Poder Ejecutivo de
fecha 15/5/2002
V)
que el Contador Central Delegado, al tomar intervención al respecto,
manifiesta que dicho Convenio le ha sido remitido sin dar cumplimiento a
lo establecido en el Art.211,
literal b) de la
Constitución de la
República
CONSIDERANDO:
I)
la necesidad de
adecuar, en la forma pactada en
el Convenio, los escenarios deportivos de Colonia
a las exigencias del
fútbol profesional, cumpliendo con los requisitos de la Asociación Uruguaya de Fútbol
para partidos de Primera
División Profesional; así como también resulta pertinente subsanar la
omisión padecida mediante la reiteración del gasto en la forma de estilo
ATENTO:
A
lo establecido por el Art. 211,
literal b) de la
Constitución de la
República y a lo
dispuesto por el Art.97 del Decreto N°194/997 de 10 de
junio de 1997 "TOCAF 1996".
-
EL
PRESIDENTE DE
LA REPÚBLICA
RESUELVE:
1°.
- Insístese en
el gasto resultante del Convenio
tripartito celebrado el 12 de marzo
de 2002, entre el
Ministerio de Transporte y
Obras Públicas, la Intendencia Municipal de Colonia y el
Club Plaza Colonia, para la construcción de gradas con capacidad para 2200
personas, alambrado olímpico y
adecuación de terraza para
televisión sobre cabinas (obras en etapa de finalización) en el Campus
Municipal, propiedad de la Intendencia de Colonia; construcción
de gradas con capacidad para 2000
personas y 250 metros
de tejido olímpico
con columnas, en el Parque Cincuentenario
"Juan. G. Prandi "
, propiedad del Club Plaza Colonia,
por la suma de $450.000.
-(pesos uruguayos cuatrocientos
cincuenta mil), como contribución del citado Ministerio
a las obras de que se trata, la que se atenderá con cargo a la Ley
N°16.736 del 5
de enero de 1996, Inciso
10, Programa 001, Proyecto 702,
Financiaci6n 1.4, Ejercicio
2002, existiendo créditos
disponibles de acuerdo con el Artículo 1° del
Decreto N° 24/999 de fecha
3 de febrero de
1999, afectación N°243, y con
el decreto 90/000 de 3
de marzo de 2000
2°.
- Autorízase el pago, por el
Ministerio de Transporte y
Obras Públicas, de la suma de $450.000.- (pesos
uruguayos cuatrocientos cincuenta mil), en 2 (dos) cuotas de $225.000. -(pesos
uruguayos doscientos veinticinco
mil) cada una, a favor del Banco de la República Oriental del Uruguay
(Sucursal Colonia) para ser depositada en la cuenta perteneciente al Club
Plaza Colonia, la que se atenderá con cargo a los recursos que por la
presente Resolución se autorizan
3°.-
Comuníquese y previa intervención por parte de la Divisi6n Contabilidad
y Finanzas del Ministerio de Transporte
y Obras Públicas y el Contador Central Delegado, vuelva al Departamento
de Convenios a sus efectos.
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