21/08/02
20/08/02
– INCORPORACIÓN AL REGLAMENTO BROMTOLÓGICO NACIONAL
VISTO:
el Reglamento Bromatológico Nacional aprobado por el Decreto No. 315/994
de 5 de julio de 1994;
CONSIDERANDO:
que la Comisión Técnica Asesora en Materia de Alimentos eleva propuesta
de incorporación en la Lista Positiva de Aditivos Alimentarlos del
Capítulo 26 -Bebidas Alcohólicas Fermentadas los aditivos: Metalbisufito
de Sodio y Metalbisufito de Potasio a ser usados en cerveza:
ATENTO:
a lo precedentemente expuesto;
EL PRESIDENTE DE LA
REPÚBLICA
DECRETA:
Artículo
1°.- Incorpórase al Reglamento Bromatológico Nacional (Decreto
No.315/994 de 5 de julio de 1994), en la Lista Positiva de Aditivos
Alimentarios del Capítulo 26 -Bebidas Alcohólicas Fermentadas, los
aditivos: Metalbisufito de Sodio (No. Codex 223) y Metalbisufito de
Potasio (No. Codex 224) a ser usados en cerveza a
una concentración máxima de 20 mg/kg. (expresado como SO2)
Artículo
2º.- Comuníquese. Publíquese.-
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