21/08/02      

20/08/02 – INCORPORACIÓN AL REGLAMENTO BROMTOLÓGICO NACIONAL

VISTO: el Reglamento Bromatológico Nacional aprobado por el Decreto No. 315/994 de 5 de julio de 1994;

CONSIDERANDO: que la Comisión Técnica Asesora en Materia de Alimentos eleva propuesta de incorporación en la Lista Positiva de Aditivos Alimentarlos del Capítulo 26 -Bebidas Alcohólicas Fermentadas los aditivos: Metalbisufito de Sodio y Metalbisufito de Potasio a ser usados en cerveza:

ATENTO: a lo precedentemente expuesto;

EL PRESIDENTE DE LA REPÚBLICA

DECRETA:

Artículo 1°.- Incorpórase al Reglamento Bromatológico Nacional (Decreto No.315/994 de 5 de julio de 1994), en la Lista Positiva de Aditivos Alimentarios del Capítulo 26 -Bebidas Alcohólicas Fermentadas, los aditivos: Metalbisufito de Sodio (No. Codex 223) y Metalbisufito de Potasio (No. Codex 224) a ser usados en cerveza a una concentración máxima de 20 mg/kg. (expresado como SO2)

Artículo 2º.- Comuníquese. Publíquese.-