28/08/02

27/08/02 – EXCEPTÚASE EL CUMPLIMIENTO DEL ART. 42 DEL DECRETO 245/993

VISTO: la situación planteada por el Programa 001 "Administración Central del Ministerio de Defensa Nacional", en los Cuerpos regulados por el Reglamento de Calificación y Ascenso del Personal Superior y Subalterno del Ministerio de Defensa Nacional, aprobado por el Decreto 245/993 de fecha 1ro. de junio de 1993, en relación a la provisión de vacantes durante el año militar.

RESULTANDO: que el precitado Decreto establece en su artículo 42do. como y cuando se efectiviza el acceso a la jerarquía de Oficial MDN, especificando que el Ascenso al grado de Alférez (MDN) se realizará en la fecha de producirse la vacante, a diferencia de las demás jerarquías superiores, en las que debe hacerse efectivo con fecha 1ro. de febrero.

CONSIDERANDO: I) que se hace necesario compatibilizar los requisitos fijados para la provisión de vacantes dispuestas en las disposiciones legales vigentes y acorde a las necesidades de la Secretaría de Estado citada.-

II) que existen actualmente vacantes en las jerarquías del Escalafón de Personal Superior y en los diferentes Cuerpos, no siendo posible al día de la fecha realizar la correspondiente carrera de ascensos por aplicación del artículo 42do. del Decreto 245/993 mencionado.-

III) que tales promociones resultan convenientes a los intereses de la Administración siendo de motivación para los cuadros de Personal Superior y Personal Subalterno de esta Secretaría de Estado, permitiendo que se considere fundamentalmente al personal que ha demostrado ser competente y posee la experiencia necesaria para el desempeño de la gestión.-

ATENTO: a lo precedentemente expuesto.-

EL PRESIDENTE DE LA REPÚBLICA

DECRETA:

 ARTÍCULO 1ro.- Exceptúase al personal del Programa 001 "Administración Central del Ministerio de Defensa Nacional", en los Cuerpos regulados por el Decreto 245/993, de fecha 1ro. de junio de 1993, del cumplimiento del requisito previsto en el artículo 42do. del Decreto 245/993 citado, a efectos de ocupar las vacantes existentes o que se produjeren en los Escalafones de dicho Organismo, durante el presente año 2002.-

ARTÍCULO 2do.- Comuníquese, publíquese y archívese.