28/08/02
27/08/02
– EXCEPTÚASE EL CUMPLIMIENTO DEL ART. 42 DEL DECRETO 245/993
VISTO:
la
situación planteada por el Programa 001 "Administración Central del
Ministerio de Defensa Nacional", en los Cuerpos regulados por el
Reglamento de Calificación y Ascenso del Personal Superior y Subalterno
del Ministerio de Defensa Nacional, aprobado por el Decreto 245/993 de
fecha 1ro. de junio de 1993, en relación a la provisión de vacantes
durante el año militar.
RESULTANDO:
que el precitado Decreto establece en su artículo 42do. como y cuando se
efectiviza el acceso a la jerarquía de Oficial MDN, especificando que el
Ascenso al grado de Alférez (MDN) se realizará en la fecha de producirse
la vacante, a diferencia de las demás jerarquías superiores, en las que
debe hacerse efectivo con fecha 1ro. de febrero.
CONSIDERANDO:
I) que se hace necesario compatibilizar los requisitos fijados para la
provisión de vacantes dispuestas en las disposiciones legales vigentes y
acorde a las necesidades de la Secretaría de Estado citada.-
II)
que existen actualmente vacantes en las jerarquías del Escalafón de
Personal Superior y en los diferentes Cuerpos, no siendo posible al día
de la fecha realizar la correspondiente carrera de ascensos por
aplicación del artículo 42do. del Decreto 245/993 mencionado.-
III)
que tales promociones resultan convenientes a los intereses de la
Administración siendo de motivación para los cuadros de Personal
Superior y Personal Subalterno de esta Secretaría de Estado, permitiendo
que se considere fundamentalmente al personal que ha demostrado ser
competente y posee la experiencia necesaria para el desempeño de la
gestión.-
ATENTO:
a lo precedentemente expuesto.-
EL
PRESIDENTE DE LA REPÚBLICA
DECRETA:
ARTÍCULO
1ro.- Exceptúase al personal del Programa 001 "Administración
Central del Ministerio de Defensa Nacional", en los Cuerpos regulados
por el Decreto 245/993, de fecha 1ro. de junio de 1993, del cumplimiento
del requisito previsto en el artículo 42do. del Decreto 245/993 citado, a
efectos de ocupar las vacantes existentes o que se produjeren en los
Escalafones de dicho Organismo, durante el presente año 2002.-
ARTÍCULO
2do.-
Comuníquese, publíquese y archívese.
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