10/09/02
10/09/02
– SE AMPLÍA EL PLAZO OTORGADO POR EL ARTÍCULO 6° DEL DECRETO 460/2001
DE 27/11/2001
VISTO:
el
Decreto No.460/2001 de 27 de noviembre de 2001, que aprobó la
reformulación de la estructura organizativa de las Unidades Ejecutoras
del Ministerio de Salud Pública;
RESULTANDO:
que
por el artículo 6° del mismo se creó un Grupo de Trabajo para la
adecuación de la mencionada estructura organizativa, otorgándole un
plazo máximo de 180 (ciento ochenta) días;
CONSIDERANDO:
I)
que dicho plazo ha sido insuficiente en razón de la alta complejidad de
la tarea asignada;
II)
que es necesario ampliar el mismo por el termino de 90 (noventa) días;
ATENTO:
a
lo expuesto;
EL PRESIDENTE DE LA
REPÚBLICA
DECRETA:
Artículo
1°.- Ampliase en 90 (noventa) días el plazo otorgado por el
artículo 6°, del Decreto No.460/2001 de 27 de noviembre de 2001, a los
efectos de la adecuación de la estructura de puestos de trabajo para el
cumplimiento de los nuevos cometidos que se determinen para las Unidades
Ejecutoras del Inciso 12 - Ministerio de Salud Pública
Artículo
2°.- Dése cuenta a la Asamblea General y oportunamente comuníquese,
publíquese, etc.-
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