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       10/09/02 
      10/09/02
      – SE AMPLÍA EL PLAZO OTORGADO POR EL ARTÍCULO 6° DEL DECRETO 460/2001
      DE 27/11/2001
      
       
       
      VISTO:
      el
      Decreto No.460/2001 de 27 de noviembre de 2001, que aprobó la
      reformulación de la estructura organizativa de las Unidades Ejecutoras
      del Ministerio de Salud Pública; 
      
       
      RESULTANDO:
      que
      por el artículo 6° del mismo se creó un Grupo de Trabajo para la
      adecuación de la mencionada estructura organizativa, otorgándole un
      plazo máximo de 180 (ciento ochenta) días; 
      
       
      CONSIDERANDO:
      I)
      que dicho plazo ha sido insuficiente en razón de la alta complejidad de
      la tarea asignada; 
      
       
      II)
      que es necesario ampliar el mismo por el termino de 90 (noventa) días; 
      
       
      ATENTO:
      a
      lo expuesto; 
      
       
      EL PRESIDENTE DE LA
      REPÚBLICA
      DECRETA:
      
       
      Artículo
      1°.- Ampliase en 90 (noventa) días el plazo otorgado por el
      artículo 6°, del Decreto No.460/2001 de 27 de noviembre de 2001, a los
      efectos de la adecuación de la estructura de puestos de trabajo para el
      cumplimiento de los nuevos cometidos que se determinen para las Unidades
      Ejecutoras del Inciso 12 - Ministerio de Salud Pública 
      
       
      Artículo
      2°.- Dése cuenta a la Asamblea General y oportunamente comuníquese,
      publíquese, etc.-
      
      
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