24/10/02
23/10/02 – PROYECTO DE
ESTRUCTURA DE CONTRATOS DE FUNCIÓN PÚBLICA DE LA “DIRECCIÓN NACIONAL
DE TECNOLOGÍA NUCLEAR” DEL MIEM
Señor Presidente de la
Asamblea General:
El Poder Ejecutivo tiene el
honor de dirigirse a ese Cuerpo remitiendo para su aprobación el proyecto
de estructura de contratos de función pública de la Unidad Ejecutora 011
"Dirección Nacional de Tecnología Nuclear" del Programa 006
"Investigación para la Aplicación de la Energía Atómica" del
Inciso 08 "Ministerio de Industria, Energía y Minería", en
cumplimiento a lo dispuesto en el artículo 7º de la Ley Nº 17.296, de
21 de febrero de 2001.
Saluda
al Sr. Presidente con la mayor consideración.
VISTO:
el proyecto de estructura de contratos de función pública de la Unidad
Ejecutora 011 "Dirección Nacional de Tecnología Nuclear", del
Programa 006 "Investigación para la Aplicación de la Energía
Atómica", del Inciso 08 "Ministerio de Industria, Energía y
Minería".
RESULTANDO:
que la estructura de contratos de función pública de la citada Unidad
Ejecutora fue aprobada por Decreto Nº 337/999, de 20 de octubre de 1999.
CONSIDERANDO: I) que
dicha estructura ha sido objeto de algunas modificaciones imprescindibles
a fin de ajustarla a las actuales necesidades del servicio.
II)
que el artículo 8º del Decreto- Ley Nº, 14.985, de 28 de diciembre de
1979, faculta a las Unidades Ejecutoras a efectuar modificaciones una vez
por año mediante acto fundado del Poder Ejecutivo con el refrendo del
Ministerio de Economía y Finanzas.
III)
que la suma de las retribuciones correspondientes a las funciones
contratadas que se proyectan, no excede el monto de los créditos
respectivos.
IV)
que los contratos previstos conforman una estructura de funciones
adecuada para el cumplimiento de los cometidos de la Unidad Ejecutora de
que se trata.
V)
que el artículo 7º de la Ley Nº 17.296, de 21 de febrero de 2001,
establece que el Poder Ejecutivo remitirá a la Asamblea General a efectos
de su aprobación, los proyectos de estructura, organización o
reestructura de los Inciso 02 al 15 del Presupuesto Nacional. Pasados
cuarenta y cinco días sin pronunciamiento expreso, los mismos se
considerarán aprobados.
ATENTO:
a lo antes expuesto, a lo informado por la Contaduría General de la
Nación y a lo establecido en el artículo 8º del Decreto -Ley Nº
14.985, de 28 de diciembre de 1979 y 7º de la Ley Nº 17.296, de 21 de
febrero de 2001.
EL
PRESIDENTE DE LA REPÚBLICA
D
E C R E T A:
ARTÍCULO
1º.- Apruébase a
partir del 31 de diciembre de 2001, la estructura de contratos de función
pública de la Unidad Ejecutora 011 "Dirección Nacional de
Tecnología Nuclear", del Programa 006 "Investigación
para la Aplicación de la Energía Atómica", del Inciso 08
"Ministerio de Industria , Energía y Minería", que se detalla
a continuación:
Cantidad
Denominación
Serie
Esc.
Gdo.
1
Director de División
Profesional
A
16
1
Asesor Físico
A
16
1
Asesor l Médico
A
15
1
Asesor I Veterinario
A
15
1
Asesor I Químico
A
15
1
Asesor II Sicólogo
A
14
1
Asesor II Odontólogo
A
14
1
Asesor II Ing. Agrónomo
A
14
1
Asesor III Profesional
A
13
1
Asesor III Químico
A
13
1
Asesor III Lic. En Biblioteca
A
13
1
Técnico IV
Técnico
B
11
1
Técnico V Técnico
B
10
1
Director de División
Administrativo
C
14
1
Jefe de Departamento
Administrativo
C
11
1
Administrativo I
Administrativo
C
08
1
Administrativo II
Administrativo
C
07
2
Especialista IV Especialización
D
11
1
Especialista VI Especialización
D
09
1
Especialista VIII Especialización
D
07
1
Auxiliar
Servicios
F
07
2
Auxiliar
Portero
F
07
1
Asesor
Profesional
R
16
25
ARTÍCULO
2º.- Remítase a la
Asamblea General.
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