01/11/02
31/10/02 – CIERRE DE OFICINAS DEL EXTERIOR
DEL ÁREA COMERCIO EXTERIOR
VISTO: la política
de racionalización y mejora de la eficiencia del gasto público llevada
adelante por el Poder Ejecutivo.-
RESULTANDO: que la
Dirección General de Comercio del Ministerio de Economía y Finanzas
mantiene en el exterior ocho Oficinas.-
CONSIDERANDO: I) que
es necesario, proceder al cierre de las Oficinas del Exterior, con fecha
límite al 31 de diciembre del corriente año, con la excepción de la
Oficina con sede en Ginebra, cuyo cierre por razones de servicio se
prorrogará hasta el 31 de julio de 2003.-
II) que sin perjuicio
de lo expuesto precedentemente, es conveniente mantener las funciones que
se venían cumpliendo a efectos de no afectar la adecuada representación
del Estado en el exterior, en materia de política comercial.
III) que el
Ministerio de Relaciones Exteriores se encuentra en condiciones de asumir
las referidas funciones.
ATENTO: a lo
expuesto;
EL
PRESIDENTE DE LA REPÚBLICA
D
E C R E T A:
Artículo 1°.-
Procédase al cierre de las Oficinas del Exterior del Area Comercio
Exterior de la Dirección General de Comercio del Ministerio de Economía
y Finanzas, con fecha límite al 31 de diciembre del corriente año, con
la excepción de la Oficina con sede en Ginebra, cuyo cierre por razones
de servicio se prorrogará hasta el 31 de julio de 2003.-
Artículo 2°.-
Cométese provisoriamente al Ministerio de Relaciones Exteriores el
cumplimiento de las funciones que se venían desempeñando por parte de
las referidas Oficinas del Exterior.-
Artículo 3°.-
Comuníquese, publíquese, etc.
|