01/11/02

31/10/02 – CIERRE DE OFICINAS DEL EXTERIOR DEL ÁREA COMERCIO EXTERIOR

VISTO: la política de racionalización y mejora de la eficiencia del gasto público llevada adelante por el Poder Ejecutivo.-

RESULTANDO: que la Dirección General de Comercio del Ministerio de Economía y Finanzas mantiene en el exterior ocho Oficinas.-

CONSIDERANDO: I) que es necesario, proceder al cierre de las Oficinas del Exterior, con fecha límite al 31 de diciembre del corriente año, con la excepción de la Oficina con sede en Ginebra, cuyo cierre por razones de servicio se prorrogará hasta el 31 de julio de 2003.-

II) que sin perjuicio de lo expuesto precedentemente, es conveniente mantener las funciones que se venían cumpliendo a efectos de no afectar la adecuada representación del Estado en el exterior, en materia de política comercial.

III) que el Ministerio de Relaciones Exteriores se encuentra en condiciones de asumir las referidas funciones.

ATENTO: a lo expuesto;

EL PRESIDENTE DE LA REPÚBLICA

D E C R E T A:

Artículo 1°.- Procédase al cierre de las Oficinas del Exterior del Area Comercio Exterior de la Dirección General de Comercio del Ministerio de Economía y Finanzas, con fecha límite al 31 de diciembre del corriente año, con la excepción de la Oficina con sede en Ginebra, cuyo cierre por razones de servicio se prorrogará hasta el 31 de julio de 2003.-

Artículo 2°.- Cométese provisoriamente al Ministerio de Relaciones Exteriores el cumplimiento de las funciones que se venían desempeñando por parte de las referidas Oficinas del Exterior.-

Artículo 3°.- Comuníquese, publíquese, etc.