27/11/02

21/11/02 – AUTORIZACIÓN PARA EMITIR BONOS DEL TESORO

VISTO: la conveniencia de emitir una nueva serie de títulos de Deuda Pública Nacional denominados "Bonos del Tesoro en Unidades Indexadas (UI) Serie 1", a diez años de plazo.-

RESULTANDO: que existe interés, de parte de las Administradoras de Fondos de Ahorro Previsional en adquirir los referidos títulos valores, canjeando sus activos consistentes en determinadas series de Bonos del Tesoro, Bonos Globales, Bonos de Ahorro Previsional y valores emitidos por Bancos suspendidos.-

CONSIDERANDO: I) que resulta conveniente y beneficioso para los intereses del Estado proceder a la realización del referido canje.-

II) que corresponde autorizar la emisión de los Bonos del Tesoro referidos en el Visto, a efectos de posibilitar la operativa antes indicada.-

III) lo dispuesto por la Ley N° 17.296, de 21 de febrero de 2001.-

ATENTO: a lo informado por el Banco Central del Uruguay en su carácter de Agente Financiero del Estado.-

EL PRESIDENTE DE LA REPÚBLICA

DECRETA:

ARTÍCULO 1°.- Autorízase al Banco Central del Uruguay, en su carácter de Agente Financiero del Estado a emitir hasta la suma de UI 3.876:436.174 (tres mil ochocientos setenta y seis millones cuatrocientas treinta y seis mil ciento setenta y cuatro unidades indexadas) , en títulos denominados "Bonos del Tesoro en Unidades Indexadas (UI) Serie 1" , a diez años de plazo. -

El Banco Central del Uruguay establecerá el valor de las láminas en que se dividirá la presente emisión. Dichos Bonos serán al portador y llevarán las firmas ~presas del Ministerio de Economía y Finanzas, del Contador General de la Nación y del Gerente General del Banco Central del Uruguay.-

Asimismo, se autoriza la emisión de Bonos del Tesoro mediante la acreditación de las sumas respectivas en las cuentas especiales que los agentes inversores tengan en el Banco Central del Uruguay.-

Cuando la emisión se efectúe en la modalidad prevista en el párrafo anterior, la misma será sustitutiva de los documentos al portador y el inversor recibirá únicamente la constancia o aviso del crédito respectivo.-

ARTÍCULO 2°.- Fíjase el 6 de noviembre de 2002 como fecha de emisión de la deuda pública citada en el artículo anterior.-

ARTICULO 3°.- El tipo de interés que devengarán los referidos títulos será de 7 % (siete por ciento) anual.-

Los servicios de renta se abonarán semestralmente a partir de la fecha de emisión.-

ARTÍCULO 4°.- La amortización de estos Bonos se realizará a partir del vencimiento del plazo.-

ARTÍCULO 5°.- El pago de los servicios de interés y amortización, se realizará a través del Banco Central del Uruguay, en su carácter de Agente Financiero del Estado.-

ARTÍCULO 6°.- Los Bonos que se emitan por este Decreto, serán canjeados por el Banco Central del Uruguay en forma directa, a las Administradoras de Fondos de Ahorro Previsionales, por los valores en poder de éstas de acuerdo al cuadro adjunto y que forma parte de este Decreto, y a las condiciones que se indican en el Convenio suscrito entre las mencionadas entidades el día 14 de noviembre de 2002 y que se convalida por este acto.-

ARTÍCULO 7°.- La tenencia de los Bonos cuya emisión se reglamenta, así como su renta y las utilidades generadas por diferencias cambiarias o de cotización, están exentas de todo gravamen impositivo, salvo en lo que refiere a la Renta de la Industria y el Comercio.-

ARTÍCULO 8°.- Mientras no estén impresas las láminas, el Banco Central del Uruguay podrá extender documentación representativa de los Bonos, que será canjeada oportunamente por los valores definitivos.-

ARTÍCULO 9°.- Los gastos de impresión de valores, transferencias, comisiones, propaganda y toda erogación necesaria para la administración de esta serie serán imputables a los recursos provenientes de la propia colocación de los Bonos.-

ARTÍCULO 10°.- Comuníquese, publíquese, etc.  

Detalle de instrumentos incluidos en la compra
de valores denominados en Unidades Indexadas

 

TOTAL EN $

Deuda en los Bancos Suspendidos

1.237.619.164

Obligaciones Negociables
Certificados de Depósitos

530.282.721
707.336.443

Deuda Pública

2.359.579.965

Bonos de Ahorro Previsional
Bonos Globales Registrales
Bonos del Tesoro
Letras de Tesorería

238.840.158
105.534.162
662.819.475
1.352.386.170

Efectivo

980.484.349

Total compra de deuda en UI expresado en $

4.577.683.478