05/11/02
04/12/02 –
CREACIÓN DE LA COMISIÓN NACIONAL DE PROMOCIÓN DE SALUD
VISTO: estos
antecedentes relacionados con el Plan Nacional de Promoción de Salud;
RESULTANDO:
I) que en nuestro país se han venido desarrollando actividades
conjuntas entre el Sistema Educativo y el Ministerio de Salud Pública,
con la finalidad de implementar en forma eficaz mecanismos de
articulación que atiendan con equidad la realidad socio-sanitaria
nacional; II) que a través de la estrategia de Atención Primaria de
Salud se instrumentaron acciones de Promoción y Educación en Salud en
todos los niveles educativos;
CONSIDERANDO:
I) que esta realidad está avalada por la presencia de diversos
proyectos, planes y programas implementados intersectorialmente, que
contribuyen al fomento y adopción de estilos de vida más saludables y
promueven el desarrollo integral de los educandos, sus familias y
comunidades de referencia;
II) que
la promoción de salud en el ámbito educativo es una prioridad
impostergable y el derecho a la salud y la educación de la infancia y
juventud es responsabilidad de todos los sectores y es la inversión que
cada sociedad debe hacer para generar a través de la capacidad creadora y
productiva de los jóvenes un futuro social y humano sostenible en el
marco de una sociedad democrática que promueva la equidad;
III) que
el implementar una iniciativa continua y auto sostenible de Promoción de
Salud en el ámbito educativo permitirá detectar situaciones de riesgo y
actuar preventivamente y ofrecer alternativas a niños y jóvenes de
manera oportuna, evitando que continúe adoptándose e incrementándose en
la infancia, adolescencia y juventud, conductas de riesgo para la salud
tales como el hábito de fumar, el consumo de bebidas alcohólicas, el
abuso de sustancias adictivas, las enfermedades de transmisión sexual y
el embarazo precoz;
IV) que
en virtud de las razones mencionadas anteriormente, se estima pertinente
crear una Comisión con la finalidad de elaborar un Plan de Promoción de
Salud que impulse un accionar intersectorial viable, sistematizado.
dinámico, flexible y participativo, que signifique, además, un
aprendizaje mutuo en los nuevos roles que seguramente la Salud y la
Educación deban desarrollar en el transcurso del presente Siglo XXI;
ATENTO: a
lo expuesto;
EL
PRESIDENTE DE LA REPÚBLICA
DECRETA:
Artículo 1°.- Créase la Comisión
Nacional de Promoción de Salud, la que estará integrada por tres (3)
representantes del Ministerio de Salud Pública y tres (3) del Consejo
Directivo Central (CODICEN). La referida Comisión deberá construir el
necesario consenso entre el sector educativo y el sector salud
que permita diseñar un Plan amplio de Promoción de Salud en. el ámbito
educativo coordinando y fortaleciendo la promoción y educación en salud
en todos los niveles educativos
Artículo
2°.- La Comisión que
se crea tendrá por cometidos:
-
Diseñar un Plan Nacional de Promoción de Salud, facilitar su
implementación, evaluar y supervisar los procesos y resultados de dicho
Plan
-
Coordinar y articular las acciones de las diferentes
Subcomisiones y Comisiones Departamentales con el fin de optimizar los
recursos existentes, apuntando a la sistematización de procesos,
estrategias y prácticas
-
Elaborar en forma semestral un informe sobre la marcha del
Plan, que será elevado a las autoridades correspondientes del Ministerio
de Salud Pública y del CODICEN
-
Gestionar apoyos de otros Organismos Nacionales y/o
Internacionales para optimizar el cumplimiento de sus cometidos
-
El régimen de funcionamiento será establecido por la
propia Comisión, intercambiando los lugares
de reunión entre el Ministerio de Salud Pública y el CODICEN, utilizando los recursos existentes
Artículo 3°.- Desígnase para
integrar la Comisión que se crea por el articulo 1°, del presente
Decreto, a las personas que se mencionan a continuación:
Por el Ministerio de Salud Pública:
Dra. RAQUEL ROSA, Directora de la División
Salud de la Población
Mag. MARIO GONZÁLEZ, Educación para la
Salud
Dr. GUSTAVO QUESADA, Atención Primaria de
Salud
Por el CODICEN:
Mtra. Insp. GRAZIELLA CHIRIBAO, Gerencia de
Programas Especiales.
Mtra. Especialista. GRACIELA FABEYRO,
Gerencia de Programas Especiales.
Lic. CARMEN ÁLVAREZ, Área de la Salud
Artículo 4°.- I) De los objetivos
generales:
-
Contribuir en la
formación de generaciones que dispongan del conocimiento, las habilidades
y destrezas necesarias para promover y cuidar su salud, la de su familia y
comunidad, así como crear y mantener ambientes de estudio, trabajo y
convivencia aprendizajes
necesarios para vivir en realidades en permanente cambio
-
Construir alianzas
con otros sectores de la sociedad para abordar un enfoque de salud
integral, con el fin de promover en la población estilos de vida
saludables que faciliten la integración e inclusión social
II) De los Objetivos Específicos:
-
Crear una red de
Instituciones Educativas Saludables, que incluya los niveles de Educación
Primaria, Media y Formación Docente a Nivel Departamental y Nacional, con
el fin de implementar el Plan Nacional de Promoción de Salud.
-
Impulsar estrategias
de capacitación y actualización docente continua, en el marco de la
Promoción y Educación para la Salud, que contemplen la situación
demoepidemiológica actual y fortalezcan al colectivo docente en su rol,
para motivar la generación de acciones promocionales integrales y/o
específicas ante necesidades emergentes.
-
Capacitación de
Personal de Salud y agentes comunitarios en el marco de la Promoción de
Salud y Educación para la Salud, con la finalidad de promover en las
comunidades Hábitos y Estilo de Vida Saludables.
-
Coordinar e impulsar
acciones con otros sectores y Agencias de Cooperación Técnica para
diseñar e implementar Investigaciones sobre Hábitos, Estilos de Vida,
etc., cuyos resultados actúen como insumo para la toma de decisiones
Artículo 5°.- De la Organización:
Estructura y Funcionamiento:
A Nivel Nacional
Primera Etapa
Teniendo en cuenta la magnitud de esta
propuesta, es necesario instrumentar una primera etapa de trabajo, creando
una estructura que viabilice la participación, consulta y acuerdo de los
diferentes Organismos educativos involucrados Para enfrentar el desafío
es pertinente formar cinco (5) Subcomisiones. Cada Subcomisión estará
integrada por cuatro (4) miembros, dos designados por el Ministerio de
Salud Pública, uno designado por la Gerencia de Programas del CODICEN y
uno designado por cada uno de los siguientes Organismos del mencionado
Consejo Directivo:
-
Consejo de Educación
Primaria
-
Consejo de Educación
Secundaria
-
Consejo de Educación
Técnico-Profesional
-
Dirección de Formación y Perfeccionamiento Docente
-
Secretaría de Capacitación y perfeccionamiento Docente
Dichas Subcomisiones tendrán como cometido
definir un Plan tentativo de acción específico para los Organismos
mencionados del Sistema Educativo (Administración Nacional de Educación
Pública-CODICEN) El régimen de funcionamiento será establecido por la
propia Comisión, intercambiando los lugares de reunión entre el CODICEN
y M.S.P., utilizando los recursos ya existentes A partir de su
instalación contarán con un plazo de cuatro (4) meses para cumplir el
cometido antes enunciado
Estas Subcomisiones presentarán a la
Comisión Nacional sus propuestas, quién las analizará y elaborará un
documento final recogiendo la singularidad de cada propuesta y articulando
los elementos comunes en un Plan Nacional que será elevado para su
consideración a las autoridades correspondientes
Segunda Etapa
Una vez aprobado
el Plan Nacional, la Comisión Nacional junto a las Subcomisiones
definirán un cronograma tentativo
con las acciones y tiempos a cumplir A partir de esta instancia se
considera oportuno crear Comisiones Departamentales, constituidas por los
siguientes miembros:
-
Un Representante de
las Unidades Locales de Salud del Ministerio de Salud Pública
-
Un Representante de
cada uno de los Organismos del CODICEN
-
Un Representante de
la Gerencia de Programas Especiales.
Cada
Comisión Departamental definirá su régimen de trabajo de acuerdo a cada
realidad local
El cometido inicial de cada una de estas
Comisiones será diseñar un Programa Departamental contextualizado local
y regionalmente, enmarcado en el Plan Nacional de Promoción de Salud
aprobado
Una vez aprobado el Programa Departamental
por las autoridades correspondientes, tendrán como cometido la
implementación y seguimiento de las acciones establecidas en dicho
Programa en coordinación con la Comisión Nacional y las correspondientes
Subcomisiones
Las Comisiones
Departamentales enviarán informes trimestrales de lo actuado a la
Comisión Nacional y a las Subcomisiones correspondientes.
Artículo
6º.- Comuníquese.
Publíquese.-
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