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       12/02/03 
      31/12/02 –
      APROBRACIÓN DE REESTRUCTURA ORGANIZATIVA 
      DE LA DIRECCIÓN NACIONAL DE AVIACIÓN CIVIL E INFRAESTRUCTURA
      AERONÁUTICA 
      
      VISTO: lo dispuesto en
      los artículos 7 y 106 de la Ley 17.296 de 21 de febrero de 2001 y en los
      artículos 707 y siguientes de la Ley 16.736 de 5 de enero de 1996 y su
      Decreto reglamentario 186/996 de 16 de mayo de 1996.
      
       
      RESULTANDO: I) que el
      artículo 106 de la Ley 17.296 estableció la fusión de las Unidades
      Ejecutoras 030 "Dirección Nacional de Aviación Civil e
      Infraestructura Aeronáutica ", 031 "Dirección General de
      Aviación Civil y 032 "Dirección General de Infraestructura
      Aeronáutica”, en la Unidad Ejecutora 041 del Programa 005
      "Administración y Control Aviatorio y Aeroportuario” del Inciso 03
      "Ministerio de Defensa Nacional".
      
       
      II) que los artículos 707 y siguientes de la
      Ley 16.736 citada refieren a la reformulación de las estructuras
      organizativas de los Incisos 02 al 14 del Presupuesto Nacional, siendo
      aplicables a los demás Incisos comprendidos en el mismo.
      
       
      III) que el Decreto 186/996 referido fija las
      normas técnicas y de procedimiento a que debe ajustarse la mencionada
      reformulación de las estructuras organizativas.
      
       
      IV) que de conformidad' con dicho procedimiento, el Ministerio de Defensa
      Nacional, ha presentado para su consideración por parte del Comité Ejecutivo
      para la Reforma del Estado, los proyectos de reformulación
      de la estructura organizativa y de puestos de trabajo de la Unidad
      Ejecutora 041 del Programa 005 "Administración y Control Aviatorio y
      Aeroportuario".
      
       
      CONSIDERANDO: I) que el
      proceso de reformulación de las estructuras organizativas de los Incisos,
      orientado en el sentido de la definición de los cometidos sustantivos de
      la Administración, tiene por objeto el logro de una mayor eficacia del
      Estado en su acción normativa, reguladora y de control y de una mayor
      eficiencia en la prestación de los servicios.
      
       
      II) que a tales efectos, en la tarea de
      reformulación se parte de una redefinición de los objetivos
      estratégicos, procurando adaptar la modalidad tradicional de la
      Administración, hacia una más gerencial centrada en los resultados de la
      gestión pública, cuyo fin último es la satisfacción de las necesidades
      de los ciudadanos.
      
       
      III) que el proyecto presentado por el Inciso
      03 "Ministerio de Defensa Nacional " para la Unidad Ejecutora
      041 referida, tiende a adecuar la dimensión y estructura de la
      Organización y establece la estructura de puestos de trabajo resultante
      de la fusión de las Unidades Ejecutoras referida en el artículo 106 de
      la Ley 17.296 citada.
      
       
      IV) que el proyecto fue analizado por el Comité Ejecutivo para la
      Reforma del Estado, el cual entendió que cumple con los objetivos de
      racionalización perseeuidos, en tanto las adecuaciones o transformaciones
      que incluye resultan consistentes con los cometidos sustantivos asignados a la Unidad Ejecutora 041 que se trata, en cuanto recoge los
      criterios determinados en la Ley y su reglamentación.
      
       
      V) que de acuerdo con lo informado por el
      Comité Ejecutivo para la Reforma del Estado, corresponde que el Poder
      Ejecutivo proceda a la aprobación del proyecto de reformulación de la
      estructura organizativa que se trata.
      
       
      ATENTO: a lo
      precedentemente expuesto.
      
       
      EL
      PRESIDENTE DE LA REPÚBLICA
      
       
      DECRETA:
      
       
      ARTÍCULO 1ro.-
      Apruébase el proyecto adjunto de reformulación de la estructura
      organizativa de la Unidad Ejecutora 041, que se denomina "Dirección
      Nacional de Aviación Civil e Infraestructura Aeronáutica", del
      Inciso 03 "Ministerio "de Defensa Nacional" el que se
      considera parte integrante del presente Decreto.
      
       
      ARTÍCULO 2do.- Apruébase
      la estructura de cargos y contratos de función pública de la Unidad
      Ejecutora 041 "Dirección Nacional de Aviación Civil e
      Infraestructura Aeronáutica", de acuerdo con el planillado adjunto
      que se considera parte integrante de este Decreto ARTÍCULO 3ro.- La
      estructura de cargos y contratos de función pública a que refiere el
      artículo precedente y la correspondiente regularización tendrán
      vigencia a partir del 1ro. de enero de 2001.
      
       
      ARTÍCULO 4to.- La
      compensación mensual asignada a los funcionarios de la Unidad Ejecutora,
      generada por aplicación de
      lo dispuesto en el inciso 4º. del artículo 106 de la Ley 17.296 de 21 de
      febrero de 2001, se incrementará en los porcentajes que el Poder
      Ejecutivo determine para sueldos.
      
       
      El 50% (cincuenta por ciento) del crédito
      correspondiente al objeto del gasto 042.090, mantendrá su naturaleza y se
      destinará a retribuir la mayor responsabilidad y especialización de
      aquellos funcionarios que se desempeñen en las áreas establecidas en los
      Decretos 226/97 y 380/98 de fechas 2 de julio de 1997 y 23 de diciembre de
      1998 respectivamente. El restante 50% (cincuenta por ciento), de acuerdo a
      lo dispuesto por el artículo 106 de la Ley 17.296, se integrará al monto
      fijo percibido por cada funcionario a la fecha de fusión de las Unidades
      Ejecutoras.
      
       
      ARTÍCULO 5to.- La
      Contaduría General de la Nación ajustará los créditos presupuestarios
      del Grupo O "Retribuciones de Servicios Personales”, necesarios
      para la implantación de la presente reformulación.
      
       
      De conformidad con lo dispuesto en el
      artículo 713 de la Ley 16.736 de 5 de enero de 1996, las reasignaciones
      presupuestarias no podrán significar incremento en el total de las
      asignaciones presupuestales del Programa cuyas Unidades Ejecutoras se
      fusionan ni en sus dotaciones de personal.
      
       
      ARTÍCULO 6to.- Facúltase
      al Jerarca del Inciso para que, previo informe favorable del Comité
      Ejecutivo para la Reforma del Estado, efectúe las acciones concretas que
      resulten imprescindibles para cumplir con la efectiva implantación del
      proyecto que se aprueba, las que se comunicarán por el Poder Ejecutivo a
      la Asamblea General.
      
       
      ARTÍCULO 7to.- Dése
      cuenta a la Asamblea General, comuníquese, publíquese y archívese.
      
       
      REFORMULAClÓN DE LA
      ESTRUCTURA ORGANlZATIVA 
      Inciso 03 .Ministerio de Defensa Nacional 
      
       
      Unidad Ejecutora 041 - Dirección Nacional de
      Aviación Civil e Infraestructura Aeronáutica 
      
       
      Capítulo I: Objetivos
      Estratégicos 
      La Dirección Nacional de Aviación Civil e
      Infraestructura Aeronáutica, es responsable de ejecutar la política
      aeronáutica civil de la República, de acuerdo a la Legislación Nacional
      y las recomendaciones emanadas de los Organismos Internacionales y de
      proporcionar" en todo el territorío y espacio aéreo nacional un
      sistema de infraestructura aeroportuaria y 
      
      navegación aérea, en condiciones de seguridad, regularidad y eficiencia,
      priorizando la excelencia en los servicios brindados a los usuarios. 
      
       
      Garantiza la prestación de los servicios de
      conformidad con las normativas y exigencias internacionales en la materia
      y la seguridad, regularidad y eficiencia de las operaciones aeronáuticas,
      incorporando la tecnología adecuada para alcanzar en dicha prestación
      niveles de calidad que permitan competir exitosamente a nivel regional e
      internacional. 
      
       
      Capitulo II: Cometidos 
      1. Cometidos Sustantivos 
      
       
      Ejecutar la política aeronáutica nacional
      civil. 
      
       
      Asesorar al Poder Ejecutivo en asuntos de
      política aeronáutica y aeroportuaria. .
      
       
      Regular y controlar la seguridad operacional
      de la actividad aeronáutica- 
      
       
      Representar al Estado en materia aeronáutica
      civil en el ámbito internacional y suscribir los instrumentos inherentes
      a tal fin. 
      
       
      Administrar y operar instalaciones de
      aeropuertos y aeródromos manteniendo actualizados los registros
      aeronáuticos del caso. 
      
       
      Proporcionar los servicios de tránsito
      aéreo. 
      
       
      Suministrar las comunicaciones y ayudas para
      la navegación aérea.
      
       
      Proporcionar servicios de información
      aeronáutica (AIS). 
      
       
      Entender en todos los asuntos relacionados
      con la construcción y mantenimiento de la infraestructura aeronáutica y
      servicios de tierra conexos. 
      
       
      Certificar a las empresas aéreas, talleres
      aeronáuticos y escuelas de vuelo para que cumplan con las exigencias
      nacionales e internacionales en la materia. 
      
       
      Prevenir e investigar accidentes. Juzgar las
      transgresiones a las normas aeronáuticas- Adiestrar y actualizar al
      personal de la Unidad Ejecutora y a terceros que lo requieran, en las
      diferentes disciplinas aeronáuticas. 
      
       
      2. Cometidos de Apoyo a los Sustantivos 
      
       
      * Administrar los recursos materiales y
      financieros para el cumplimiento de los cometidos sustantivos. 
      
       
      * Actualizar en forma permanente la
      infraestructura informática al servicio de la navegación aérea y
      operativa aeroportuaria, que permita utilizar al máximo los avances
      tecnológicos e impulsar la reingeniería de procesos y la implantación
      de sistemas computacionales de última generación. 
      
       
      * Administrar los recursos humanos y
      potenciar su desarrollo para una eficiente gestión coadyuvando al cambio
      de cultura organizacional. 
      
       
      Capítulo III:
      Estructura Organizativa 
      1. Organización 
      
       
      La Dirección Nacional de Aviación Civil e
      Infraestructura Aeronáutica (DINACIA) es una Unidad. Ejecutora del
      Ministerio de Defensa .Nacional y su estructura se refleja en la ”Organlzación
      Para el Cumplrmlento de Cometidos” adjunta. 
      
       
      El cargo de Director Nacional es un destino
      militar dentro de la Fuerza Aérea y deberá ser desempeñado por un
      Brigadier General designado por Resolución del Poder Ejecutivo. 
      
       
      Los cargos de Director General de
      Infraestructura Aeronáutica, Director General de Aviación Civil y
      Director de Secretaría son destinos Militares dentro de la Fuerza Aérea.
      Serán ocupados por Sres. Oficiales Superiores designados por Resolución
      del Poder Ejecutivo y tendrán dependencia directa del Director Nacional. 
      
       
      Los cargos de Director de las Direcciones:
      Seguridad Operacional, Transporte Aéreo Comercial, Administración y
      Finanzas, Aeropuertos, Infraestructura Aeroportuaria, Circulación Aérea
      y Electrónica, son destinos militares dentro de la Fuerza Aérea y sus
      titulares son designados por Resolución del Poder Ejecutivo. 
      
       
      2. Descripción de Ias funciones asignadas
      a la Dirección Nacional y a las unidades directamente dependientes 
      
       
      Dirección Nacional 
      
       
      La Dirección Nacional se integra con: el
      Director Nacional de Aviación Civil e Infraestructura Aeronáutica y en
      dependencia directa del mismo el Director General de Infraestructura
      Aeronáutica y el Director General de Aviación Civil. Brinda apoyo en la
      gestión administrativa el Director de Secretaría. 
      
       
      Director Nacional 
      
       
      * Desarrollar los planes y programas
      requeridos para implantar las políticas definidas gerenciando su
      ejecución. 
      
       
      * Asistir al Ministro en aspectos
      relacionados con los cometidos asignados a la Unidad Ejecutora. 
      
       
      * Representar a nivel nacional e
      internacional a la Director Nacional de Aviación Civil e Infraestructura
      Aeronáutica. 
      
       
      * Convocar a la Junta de Infracciones. 
      
       
      Director General de Infraestructura
      Aeronáutica 
      
       
      Es responsable del cumplimiento de las
      funciones asignadas a las Direcciones en las que 
      
       
      tiene competencia: Aeropuertos,
      Infraestructura Aeroportuaria, Circulación Aérea y Electrónica. 
      
       
      Director General de Aviación Civil 
      
       
      Es responsable del cumplimiento de las
      funciones asignadas a las Direcciones en las que tiene competencia:
      Seguridad Operacional y Transporte Aéreo. 
      
       
      Director de Secretaría 
      
       
      Es .responsable de la coordinación de las
      actividades entre las Direcciones del Organismo, de asistir al Director
      Nacional en temas de diligenciamiento administrativo y coordinación de
      las relaciones públicas de la Dirección Nacional de Aviación Civil e
      Infraestructura Aeronáutica. 
      
       
      Esta Unidad será responsable de los
      siguientes productos: 
      
       
      Política aeronáutica y aeroportuaria
      nacional ejecutada de acuerdo a las normas aplicables. 
      
       
      Convenios en materia aeronáutica y espacial
      otorgados y suscritos a nivel internacional. 
      
       
      Asesoramiento al Poder Ejecutivo en asuntos
      de política aeronáutica y aeroportuaria. 
      
       
      Seguridad de la actividad aeronáutica. 
      
       
      Asesoría 
      
       
      Se iniegra con las siguientes áreas cuya
      función es el asesoramiento al Director Nacional de Aviación Civil e
      Infraestructura Aeronáutica. 
      
       
      Letrada 
      
       
      Asesorar en las áreas del Derecho Interno e
      Internacional Público y Privado y especificamente en Derecho
      Aeronáutico, del Espacio y de la Integración, y en relaciones
      internacionales. 
      
       
      Asumir la representación y patrocinar a la
      Dirección Nacional de Aviación Civil e Infraestructura Aeronáutica en
      situaciones litigiosas. 
      
       
      Instrumentar proyectos de Tratados, Leyes,
      Reglamentos y Resoluciones. 
      
       
      Asesorar en materia de seguridad operacional
      y de la aviación, de investigación de accidentes e incidentes de
      aviación, conforme a las normas aplicables en la materia. 
      
       
      Integrar la Junta de Infracciones. 
      
       
      Notarial 
      
       
      Realizar el asesoramiento notarial y en la
      especialidad de Derecho Aeronáutico y Espacial. 
      
       
      Instrumentar los contratos, acuerdos y
      convenios nacionales e internacionales a ser suscritos por la Dirección
      Nacional de Aviación Civil e Infraestructura Aeronáutica. 
      
       
      Mantener actualizados los siguientes
      Registros: Catastro Aeronáutico, Unificado de Contrataciones, Poderes,
      Empresas de Transporte Aéreo y Bienes Muebles Aeronáuticos. 
      
       
      Efectuar el seguimiento de concesiones. 
      
       
      Preparar proyectos de Reglamentaciones y
      Resoluciones. 
      
       
      Intervenir en los procesos de adquisición de
      bienes y servicios.
      
       
      Autorizar escrituras públicas y realizar las
      demás actuaciones notariales que le son inherentes. 
      
       
      Económico Financiera 
      
       
      Asesorar en materia económica y financiera,
      de economía del transporte aéreo y economía aeroportuaria. 
      
       
      Estudiar y evaluar los efectos de la
      política económica en el transporte aéreo comercial 
      y en materia aeroportuaria. 
      
       
      Asesorar en materia financiera para el
      cumplimiento del plan anual de recaudación y ejecución de los programas
      de planificación por actividad..
      
       
      Normas Técnico Aeronáuticas 
      
       
      Asesorar a la Dirección Nacional en la
      elaboración de reglamentaciones, circulares, directivas de
      aeronavegabilidad y demás documentos que dicte la DINACIA, en las
      diferentes áreas reguladas por los Anexos al Convenio sobre Aviación
      Civil Internacional. (Convenio de Chicago de 1944) 
      
       
      Organización de la Aviación Civil
      Internacional (OACI)
      
       
      Asesorar en materia de relaciones con la
      Organización de la Aviación Civil Internacional, la Comisión
      Latinoamericana de Aviación Civil y otros organismos internacionales. 
      
       
      Difundir a todas las reparticiones
      dependientes de la autoridad aeronáutica y demás interesados las normas,
      recomendaciones y otros documentos emanados de organismos internacionales.
      
      
       
      Centro de Investigación y Difusión
      Aeronáutica y Espacial (CIDA-E)
      
       
      Estudiar e investigar diferentes aspectos de
      la problemática aeronáutica y espacial.
      
       
      Organizar cursos y seminarios. 
      
       
      Mantener comunicación con centros similares
      extranjeros. 
      
       
      Preparar publicaciones sobre temas
      jurídicos, técnicos y científicos vinculados con las actividades
      aeronáuticas y espaciales. 
      
       
      Seguridad en la Aviación (AVSEC) 
      
       
      Asesorar en la planificación, coordinación
      y promoción de las actividades de seguridad para la protección de la
      aviación civil contra actos de interferencia ilicita dentro de su
      jurisdicción. 
      
       
      Asesorar en lo relacionado con la
      supervisión continuada de la seguridad operacional. 
      
       
      Auditar el cumplimiento por parte de las
      dependencias de la DINACIA y de los particulares involucrados de las
      normas y procedimientos en materia de seguridad de la aviación civil. 
      
       
      Esta Unidad será responsable del siguiente
      producto: 
      
       
      Asesoramiento a la Dirección Nacional en las
      áreas: Letrada, Notarial, Económico- Financiera, Normas
      Técnico-Aeronáuticas, OACI, CIDA-E y Seguridad en la Aviación (AVSEC). 
      
       
      Oficina de Prevención e Investigación de
      Accidentes de Aviación (OIPAIA) 
      
       
      Esta Asesoria tiene plena independencia
      técnica en el ejercicio de las siguientes funciones: 
      
       
      Efectuar la investigación de accidentes e
      incidentes de aviación de acuerdo a las normas nacionales e
      internacionales aplicables. 
      
       
      Asesorar a la DINACIA en materia de
      prevención de accidentes e incidentes de aviación 
      
       
      Esta Unidad será responsable del siguiente
      producto: 
      
       
      Determinación de las causas de los
      accidentes e incidentes de aviación y recomendaciones para la prevención
      de accidentes 
      
       
      Oficina de Planeamiento 
      
       
      Proponer la planificación global de la
      unidad ejecutora siguiendo los lineamientos establecidos por la Dirección
      Nacional en materia de recursos y destino de los mismos. 
      
       
      Efectuar la evaluación económica a nivel de
      factibilidad de los proyectos de inversión. Coordinar los procedimientos
      de comercialización aeroportuaria. 
      
       
      Realizar auditorias y controles sobre otras
      áreas de la Dirección, concesionarios y empresas aéreas nacionales e
      ihternacionales, aconsejando las acciones correctivas necesarias ante
      desviaciones constatadas. 
      
       
      Esta Unidad será responsable del siguiente
      producto: 
      
       
      Planes de ejecución de políticas y
      presupuesto. 
      
       
      Informes de auditoria realizados y
      dictámenes de comercialización aeroportuaria emitidos. 
      
       
      Junta de Infracciones 
      
       
      Se reúne a requerimiento del Director
      Nacional de Aviación Civil e Infraestructura Aeronáutica, integrándose
      con personal de otras unidades organizativas que actúan sin perjuicio de
      sus funciones en las mismas, con el propósito de: 
      
       
      Realizar las investigaciones e instrucciones
      que la Dirección Nacional disponga en ocasión de la presunta comisión
      de infracciones aeronáuticas administrativas. 
      
       
      Asesorar a la Dirección Nacional en cuanto a
      las sanciones a aplicar por la comisión de las referidas infracciones y
      las eventuales medidas correctivas. 
      
       
      Esta Unidad será responsable del siguiente
      producto: 
      
       
      Determinación de la existencia o
      inexistencia de infracciones administrativas aeronáuticas. 
      
       
      Dirección de Seguridad Operacional 
      
       
      Mantener el funcionamiento de las actividades
      operacionales de la aeronáutica civil uruguaya en forma segura y
      eficiente enmarcadas en las normas y regulaciones aeronáuticas nacionales
      e internacionales aplicables, 
      
       
      Asegurar el funcionamiento de la navegación
      aérea de acuerdo a las normas y procedimientos nacionales e
      internacionales. 
      
       
      Preparar el Plan Nacional de Navegación
      Aérea y mantenerlo actualizado. .- 
      
       
      Esta Unidad será responsable del siguiente
      producto: 
      
       
      Operación segura de las aeronaves y
      aeropuertos, Dirección de Transporte Aerocomercial 
      
       
      Asegurar que los servicios aerocomerciales
      nacionales e internacionales se realicen de acuerdo a las normas vigentes
      ya las directivas emanadas de los organismos superiores. 
      
       
      Asesorar en las medidas a adoptar en materia
      de servicios aerocomerciales. .
      
       
      Dictaminar sobre la situación económico
      financiera de las empresas de transporte aéreo y efectuar el control de
      las tarifas y estadísticas. 
      
       
      Controlar el cumplimiento operativo por parte
      de las empresas de transporte aéreo de las autorizaciones y concesiones
      de que sean titulares y recepcionar las peticiones de los usuarios. 
      
       
      Esta Unidad será responsable de los
      siguientes productos: 
      
       
      Operaciones de las empresas aerocomerciales
      efectuadas en función de las concesiones y autorizaciones otorgadas. 
      
       
      Estadlsticas de transporte de pasajeros y
      carga. 
      
       
      División Registro Nacional de Aeronaves 
      
       
      Realizar la inscripción de los instrumentos
      jurídicos que preceptúan las normas legales y reglamentarias. 
      
       
      Expedir los certificados de matricula brindar
      información registral. 
      
       
      Este Registro se integra con las siguientes
      secciones registrales: Matrícula, Contratos de utilización, Seguros,
      Empresas nacionales de transporte aéreo, aeroagrícolas y aerotaxis,
      Aeroclubes y Administrativa. Esta última Sección inscribirá los
      instrumentos referidos en los literales a) a i) del artículo 11 del
      Decreto N° 21/99 de 26 de enero de 1999. 
      
       
      Esta Unidad será responsable de los
      siguientes productos: 
      
       
      Expedición de documentos inscriptos 
      
       
      Certificados de matrícula e información a
      terceros. 
      
       
      División Instituto de Adiestramiento
      Aeronáutico 
      
       
      Brindar enseñanza para la obtención de
      documentos de idoneidad aeronáutica y dictar cursos y seminarios
      relacionados con la actividad aeronáutica. 
      
       
      Esta Unidad será responsable del siguiente
      producto:
      
       
      Títulos y certificados expedidos. 
      
       
      Dirección de Administración y Finanzas 
      
       
      Aplicar sistemas de contabilidad de los
      ingresos y egresos, flujo documental y teneduría de libros en general,
      que permita en todo momento un control efectivo de la administración de
      fondos del Organismo. . 
      
       
      Control de la ejecución del presupuesto,
      análisis de sus desviaciones y recomendacíón de medidas correctivas. 
      
       
      Administración y actualización de los
      sistemas sobre recursos humanos y legajos del personal, coordinación de
      los procesos de evaluación del desempeño de los funcionarios y gestión
      de la adquisición de equipos y suministros requeridos por el Organismo. 
      
       
      Esta Unidad será responsable del siguiente
      producto: 
      
       
      Correcta administración de los recursos
      económicos, financieros y humanos.
      
       
      Dirección de Aeropuertos 
      
       
      Realizar la operación de los aeropuertos y
      aeródromos a los efectos de lograr un funcionamiento seguro, regular,
      eficiente y de conformidad con las normas de facilitación, procurando
      maximizar los servicios brindados a los usuarios. 
      
       
      Esta Unidad será responsable del siguiente
      producto: 
      
       
      Demanda satisfecha en
      cuanto a eficiencia y seguridad de usuarios (pasajeros y empresas de
      aeronavegación) y operadores aéreos en general. 
      Dirección de Infraestructura Aeroportuaria 
      
       
      Planificar, diseñar y controlar la
      ejecución de todos los proyectos de construcciones y programas de
      mantenimiento de aeropuertos referidos a pistas, plataformas, terminales
      aéreas, calles de rodaje, edificios, locales y estructuras en general
      pertenecientes a la Unidad Ejecutora. 
      
       
      Esta Unidad será responsable del siguiente
      producto: 
      
       
      Mantenimiento óptimo de la infraestructura
      aeroportuaria. 
      
       
      Dirección de Circulación Aérea 
      
       
      Suministrar los servicios de control de
      aeródromo, de aproximación, de área, de información de vuelo y de
      alerta al tránsito aéreo en el espacio aéreo jurisdiccional. 
      
       
      Planificar la utilización del espacio aéreo
      y la operación de sistemas de aeronavegación y establecer los
      requerimientos de instalaciones a esos fines- 
      
       
      Proveer programas. normas y procedimientos
      para la utilización y desarrollo de las comunicaciones aeronáuticas. 
      
       
      Esta Unidad será responsable del siguiente
      producto:
      
       
      Servicio de gestión del tránsito aéreo
      brindado.
      
       
      Dirección de Electrónica 
      
       
      Realizar la colocación, el mantenimiento
      preventivo y correctivo y la habilitación de instalaciones de todos los
      sistemas de radio ayudas a la navegación y radares de tránsito aéreo,
      de conformidad con las normas internacionales. 
      
       
      Proveer apoyo en materia de electrónica para
      la colocación, mantenimiento y habilitación de instalaciones de todos
      los sistemas de comunicaciones. 
      
       
      Mantener, informar y actualizar los distintos
      sistemas de comunicaciones aeronáuticas establecidos por la OACI. 
      
       
      Esta Unidad será responsable del siguiente
      producto: 
      
       
      Comunicaciones, radio ayudas a la navegación
      y radares. instalados, funcionando correctamente y recibiendo el
      mantenimiento electrónico requerido. 
      
       
      Capítulo IV: Estructura
      de Puestos de Trabajo 
      Naturaleza
      del vinculo funcional de las direcciones de Asesorias y de las Divisiones
      directamente dependientes del Director Nacional de Aviación Civil e
      Infraestructura Aeronáutica. 
      
       
      Asesoría: cargos presupuestados y contratos
      de función pública según corresponda. Oficina de Planeamiento: destino
      militar dentro de la Fuerza Aérea, o cargos presupuestados o contratos de
      función pública, según corresponda y hasta 2 funciones de Alta
      Especialización de acuerdo a las necesidades especificas de la Unidad
      Ejecutora. Oficina de Investigación y Prevención de Accidentes e
      Incidentes de aviación: destino militar dentro de la Fuerza Aérea. 
      
       
      División Registro Nacional de Aeronaves:
      cargos presupuestados o contratos de función pública. según
      corresponda. 
      
       
      División Instituto de Adiestramiento
      Aeronáutico: destino militar dentro de la Fuerza Aérea 
      
       
      Las funciones de alta especialización.
      exigen un perfil de especialización probada a través de resultados
      positivos y concretos alcanzados en el área especIfica y una experiencia
      de desempeño en la misma no inferior a 5 años. 
      
       
      Capitulo
      V -Plan de Implantación 
      
       
      Análisis de funcionamiento de la
      organización  e instrumentación de ajustes que requiera: a partir de la
      aprobación de la estructura organizativa y de cargos y contratos de
      función pública, y hasta el 31 de diciembre de 2001. 
      
       
      Definición de las funciones de Alta especialización y designación de
      sus titulares de acuerdo con el Decreto N° 303/996 de 31 de contratación
      de los titulares de funciones de Alta Especialización, comenzarán en
      plazos a definir en función de las necesidades específicas de la
      gestión. 
      
      
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