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       25/04/03    
      
       
      25/04/03
      – SE CREA COMISIÓN  PARA
      COORDINAR POLÍTICAS Y ACCIONES DESTINADAS A PROTEGER A LA POBLACIÓN MÁS
      VULNERABLE
      
       
      VISTO:
      que es objetivo prioritario del Gobierno la protección social de la
      población más vulnerable. 
      
       
      RESULTANDO:
      que existen numerosos Programas destinados a cubrir necesidades sociales,
      que vienen siendo ejecutados por el INDA, ANEP, INAME, Banco de Previsión
      Social, PIAI, Centros CAIF, INJU y organismos del Estado. 
      CONSIDERANDO:
      I) que es un objetivo
      trabajar en la mejora de la gestión en la implementación y ejecución de
      las referidas políticas sociales, por medio de la coordinación de las
      mismas y entre las reparticiones competentes. 
      
       
      II)
      que, en el mismo sentido, ya se ha coordinado la adquisición de
      medicamentos e insumos, especialidades médicas y alimentos, lo que a
      través de la reducción de sus costos permitirá mejorar en calidad y
      cantidad las prestaciones. 
      
       
      III)
      que se procurará a través de esta coordinación asegurar el cumplimiento
      efectivo de las prestaciones que el Estado tiene a disposición para la
      población vulnerable y, al mismo, evitar la superposición
      de esfuerzos.  
      
       
      ATENTO:
      a lo expuesto, 
      
       
      EL
      PRESIDENTE DE LA REPÚBLICA 
      DECRETA
      
       
      ARTÍCULO
      1°.- Créase una
      Comisión con el objetivo de coordinar el diseño de políticas y las
      acciones destinadas a proteger a la población más vulnerable. La
      referida Comisión estará integrada por un delegado de cada uno de los
      organismos referidos en el resultando y de los Ministerios que refrendan
      este decreto y será presidida por un Coordinador designado por el Sr.
      Presidente de la República. 
      
       
      ARTÍCULO
      2°.- La Comisión
      podrá requerir directamente información y realizar propuestas y
      comentarios a todos los Organismos y reparticiones. Asimismo, elaborará
      semestralmente un informe destinado a los órganos y organismos que tienen
      representación en la misma. 
      
       
      ARTÍCULO
      3°.- Comuníquese,
      publíquese, etc. 
       
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