06/05/03    

07/05/03 – SE APRUEBA EL MANUAL AMBIENTAL DEL SECTOR VIAL

VISTO: el Convenio suscrito con fecha 2 de octubre de 2002, entre el Ministerio de Transporte y Obras Públicas y el Ministerio de Vivienda, Ordenamiento Territorial y Medio Ambiente

RESULTANDO: que a través del citado documento la Secretaría de Estado nombrada en segunda instancia acepta y aprueba los términos contenidos en el Manual Ambiental aplicado al Sector Vial, elaborado por la Dirección Nacional de Vialidad del Ministerio de Transporte y Obras Públicas, el que consta de cuatro Anexos, que forman parte de dicho instrumento

CONSIDERANDO: I) Que dicho Convenio, como el Manual de referencia, tienen como fundamento los artículos de "la Ley N°16.466 de 19 de enero de 1994 y del Decreto N°435/994 de 21 de setiembre de 1994, que establecen las actividades, construcciones u obras públicas o .privadas que quedan sometidas a la realización previa de un estudio de impacto ambiental y las que requerirán la Autorización Ambiental Previa

II) Que teniendo en cuenta que el Manual Ambiental aplicable al Sector Vial incorporado al acuerdo suscrito entre las referidas Secretarías de Estado, dado su carácter general y abstracto de sus disposiciones debe ser puesto en vigencia por Decreto

ATENTO: a lo establecido por el artículo 18 de la Ley N°16.466 de 19 de enero de 1994

EL PRESIDENTE DE LA REPÚBLICA

DECRETA:

Artículo 1°.- Apruébase el Manual Ambiental del Sector Vial, elaborado por la Dirección Nacional de Vialidad, el que consta de cuatro Anexos que se consideran parte integrante del presente Decreto y que se hayan incorporados al Convenio suscrito con fecha 2 de octubre de 2002, entre el Ministerio de Transporte y Obras Públicas y el Ministerio de Vivienda, Ordenamiento Territorial y Medio Ambiente

Art. 2°.- Comuníquese, publíquese y pase a la citada Dirección Nacional, a sus efectos.-