06/05/03
07/05/03
– SE APRUEBA EL MANUAL AMBIENTAL DEL SECTOR VIAL
VISTO:
el
Convenio suscrito con fecha 2
de octubre de 2002, entre
el Ministerio de Transporte
y Obras Públicas y
el Ministerio de Vivienda,
Ordenamiento Territorial y Medio
Ambiente
RESULTANDO:
que
a través del citado documento la Secretaría de
Estado nombrada en segunda
instancia acepta y aprueba
los términos contenidos en el Manual Ambiental aplicado al Sector Vial,
elaborado por la Dirección Nacional de Vialidad
del Ministerio de Transporte
y Obras Públicas, el que
consta de cuatro Anexos,
que forman parte de dicho
instrumento
CONSIDERANDO:
I) Que
dicho Convenio, como el Manual de
referencia, tienen como
fundamento los artículos 6° de "la Ley N°16.466 de 19 de enero de 1994 y 2°
del Decreto N°435/994 de
21 de setiembre de 1994, que
establecen las actividades, construcciones u obras públicas o .privadas
que quedan sometidas a la realización previa de un estudio
de impacto ambiental y
las que requerirán la
Autorización Ambiental Previa
II)
Que
teniendo en cuenta que el Manual Ambiental aplicable al
Sector Vial incorporado al acuerdo suscrito entre las referidas
Secretarías de Estado, dado su carácter general y abstracto de sus
disposiciones debe ser puesto en vigencia por Decreto
ATENTO:
a
lo establecido por el artículo 18
de la Ley N°16.466 de 19 de
enero de 1994
EL
PRESIDENTE DE LA REPÚBLICA
DECRETA:
Artículo
1°.- Apruébase
el Manual Ambiental del Sector Vial, elaborado por la Dirección Nacional
de Vialidad, el que consta de cuatro Anexos que se consideran parte
integrante del presente Decreto y
que se hayan incorporados al
Convenio suscrito con fecha 2 de
octubre de 2002, entre el
Ministerio de Transporte y Obras
Públicas y el Ministerio
de Vivienda, Ordenamiento
Territorial y Medio
Ambiente
Art.
2°.-
Comuníquese,
publíquese y
pase a la citada Dirección
Nacional, a sus efectos.-
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